Los impuestos en Argentina vienen a ser una mochila que se va haciendo cada vez más pesada. Eso hace que muchos profesionales y familias estén analizando Uruguay como destino, por la baja imposición y la seguridad que propone ese país.
Más aún, con el proyecto de "vacaciones fiscales" por 10 años que evalúa el país oriental. Si se quiere que ese paso sea efectivo, es preciso "divorciarse" correctamente de la Argentina para evitar caer en la doble residencia fiscal.
"En los últimos días han aparecido muchos 'amigos del amigo que sabe' sobre los recientes cambios que flexibilizaron los requisitos para obtener la residencia fiscal y otros beneficios que están por dar a la luz, que plantean la facilidad extrema de 'cruzar el río tributario'", comenta a iProUP Gabriel Hermida, socio de Impuestos de Auren Argentina.
Valeria D'Alessandro, titular de D'AlessandroTax, asegura que desde el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) señalan que "en Argentina existen más de 160 impuestos vigentes, por lo que la última década podría considerarse como el período de la carga tributaria 'sin límites'". Y puntualiza que:
- Los tres niveles de gobierno (nacional, provincial y municipal) han aplicado importantes subas impositivas, ya sea de manera directa o indirecta
- La presión tributaria efectiva ha registrado un crecimiento sostenido, alcanzando niveles récord
- Un argentino que cumple adecuadamente con sus obligaciones paga de impuestos el 50% de lo que genera
Por el contrario, subraya la especialista, la nación oriental claramente se enmarca dentro del grupo de países que atraen a los contribuyentes con medidas de alivio tributario.
"Sin embargo, cualquier argentino interesado en 'casarse fiscalmente' con Uruguay deberá asegurarse muy bien de 'divorciarse fiscalmente' de Argentina de manera adecuada y genuina", advierte D'Alessandro.
En este sentido, Hermida remarca: "Resurgen nuevamente los interrogantes y consultas sobre la mudanza al país oriental como una estrategia que persigue, principalmente, la reducción de la carga impositiva". Y agrega que "se requiere un minucioso abordaje de ambos lados del río, para no caer entonces en el peor de los mundos: la doble residencia fiscal".
Según el experto, la Ley del Impuesto a las Ganancias de Argentina establece que las personas humanas pierden su residencia fiscal cuando se dan las siguientes condiciones:
- Adquieren su condición de residente permanente en un Estado extranjero
- Permanecen de forma continuada en el exterior durante un período de doce meses, con presencias temporales en Argentina que no superen los 90 días dentro de ese lapso
La pérdida de la condición de residente fiscal tiene efectos a partir del primer día del mes inmediato subsiguiente a aquel en el que ocurre la condición que permite perderla. "De esta forma, hacen falta 14 meses para empezar a dejar de pagar impuestos en Argentina y, además, la condición requiere ser acreditada ante la AFIP", precisa Hermida.
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D'Alessandro agrega: "Debe ser informada y acreditada ante el organismo recaudador argentino y solicitarse la baja de inscripción ante los gravámenes que correspondan. Sin embargo, la acreditación ante AFIP no constituye un hecho condicionante de la pérdida de residencia y de la conversión de exresidente a beneficiario del exterior".
De esta forma, aun si el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont luego se expidiera positivamente acerca de la pérdida de residencia, ese reconocimiento tendría efectos meramente declarativos.
D'Alessandro remarca que "luego subsistirán las amplias facultades de inspección y verificación por parte de AFIP a ser ejercidas en el marco del período de prescripción aplicable a cada caso y como sucede con cualquier otra actividad de los contribuyentes".
"Por ello, a la hora de plantearse una mudanza internacional, motivada inicialmente por intereses fiscales, resulta trascendente que se ponga especial atención sobre las consecuencias que esta decisión implica en ámbitos que exceden al fiscal, como el personal y económico, ya que su elección implica que dicha mudanza debe ser real, concreta y efectiva", puntualiza Hermida.
El experto remarca que los efectos para las personas que pierdan su condición de residentes argentinos comienzan en el Impuesto a las Ganancias desde el día en que adquieren el carácter de "Beneficiarios del Exterior" respecto de sus rentas de fuente argentina.
La pérdida de la condición de residente fiscal en los términos de la Ley del Impuesto a las Ganancias también impactará en Bienes Personales. En tanto, los no residentes sólo deben tributar el gravamen por sus pertenencias en Argentina, a través de la figura del Responsable Sustituto, y no sobre lo que posean en el exterior.
El divorcio de Argentina, punto por punto
Perder la condición de residente fiscal de Argentina implica convalidar algunas cuestiones. Si bien no hay una guía legal al respecto, en la práctica las fiscalizaciones de la AFIP ofrecieron pautas que los abogados aconsejan seguir a sus clientes.
Jonás Bergstein, del Estudio Bergstein de Montevideo, indica a iProUP las medidas a adoptar para cruzar el río tributario con destino Uruguay sin que la AFIP siga tratando de cobrar impuestos a la persona en la Argentina:
- No mantener una "vivienda permanente" en Argentina. En caso de que mantenga una propiedad en ambos países, acreditar que el cónyuge e hijos menores tienen también residencia en el extranjero, ya que el núcleo familiar configura sus "intereses vitales personales"
- Si es que aún no se llevó a cabo la mudanza personal, es importante probar que se enviaron los bienes del hogar. El concepto es que el traslado debe ser efectivo, genuino, no meramente formal o "cosmético"
- Desprenderse de activos, como el auto
- Renunciar a la medicina prepaga en Argentina
- Contratar escuelas y demás servicios en Uruguay
- Cerrar cuentas bancarias en Argentina
- Dar de baja la tarjeta de crédito y no tener consumos en Argentina
- Dar de baja el celular argentino
- Hacer el trámite para cobrar la jubilación en Uruguay
- Renunciar a afiliaciones a clubes, partidos políticos, membresías en fundaciones o asociaciones con o sin fin de lucro: caridad, deportivas, artísticas, culturales, etc.
- Renunciar a directorios de empresas unipersonales que se tengan en el país
- Cuidar las visitas al país. Registrar en forma metódica las fechas de entrada y salida a la Argentina por año calendario y controlar que coincidan con los registros de la página de Internet de Migraciones
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Lo que dicen las leyes
La Ley del Impuesto a las Ganancias dispone del "Test de Doble Residencia Fiscal" para definir si la persona será considerada residente fiscal argentina, aun cuando también sea reconocida así en Uruguay.
Según Hermida y D'Alessandro, las condiciones para que la persona será considerada residente fiscal argentina, en orden secuencial, son las siguientes:
- Si mantiene su vivienda permanente en la Argentina
- Si posee viviendas permanentes en ambos países, cuando su centro de intereses vitales se ubique en el territorio nacional
- Si no pudiera determinarse su centro de intereses vitales cuando habite en forma habitual en Argentina. Es decir, permanece más tiempo dentro del año calendario en el país que en el exterior
- En caso de que permaneciera igual tiempo en ambos países, si es de nacionalidad argentina
D'Alessandro advierte: "es muy importante tener presente que estas reglas se aplican de manera secuencial siempre y cuando se hayan 'descartado' opciones previstas en cada inciso precedente".
"La AFIP definió 'centro de intereses vitales' como el lugar en el cual la persona mantiene sus relaciones personales y económicas más estrechas, debiendo ser consideradas en forma conjunta. Aunque si estuvieran en diferentes Estados, prevalecerá la económica", indica Hermida.
Según los expertos, estos mismos parámetros, se encuentran también plasmados en el Convenio para evitar la Doble Imposición entre Argentina y Uruguay, con el agregado de un punto que propone a ambos países la resolución de mutuo acuerdo en el caso en que una persona fuera nacional de ambos Estados o de ninguno de ellos.
"La doble o múltiple residencia, y por ende la doble o múltiple imposición, resulta un fracaso en cualquier planificación patrimonial y debe ser evitada bajo todo concepto", concluye D'Alessandro.