Firmas como OKX, Crypto.com y eToro ya obtuvieron la regulación, clave para mantener su presencia publicitaria en criptomonedas en el viejo continente
14.04.2025 • 17:36hs • Regulación
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Ley MiCA: anunciantes cripto deberán tener licencia para publicitar en Google
Google, el gigante de internet, anunció que, desde el 23 de abril aplicará un nuevo filtro regulatorio en la Unión Europea (UE), para los anuncios relacionados con criptomonedas.
Google filtrará publicidad cripto en Europa
La empresa tecnológica exigirá que las exchanges cripto y los monederos digitales cuenten con una licencia válida bajo la regulación MiCA (Mercados de Criptoactivos), una normativa recientemente adoptada por los 27 países miembros del bloque.
Para poder pautar en su plataforma, los anunciantes deberán obtener una certificación especial de Google, lo cual implicará demostrar que están registrados como Proveedores de Servicios de Criptoactivos (CASP) conforme a las exigencias del nuevo marco legal.
Además, se requerirá el cumplimiento de normativas adicionales que puedan regir en cada país de forma particular.
El objetivo de la medida es establecer un entorno más uniforme y seguro para los usuarios dentro del espacio publicitario digital, reemplazando el esquema actual que permite licencias nacionales fragmentadas. En ese sentido, la normativa MiCA representa un avance hacia la consolidación de reglas comunes para el ecosistema cripto europeo.
Sin embargo, Google contempla una fase de adaptación. Las plataformas que ya operan en países como Francia, Alemania o Finlandia bajo legislaciones locales seguirán pudiendo anunciarse de manera provisional, hasta que venza el período de transición de MiCA, previsto para mediados o fines de 2025.
Entre las exchanges que ya cuentan con licencia bajo MiCA figuran empresas reconocidas como:
- OKX
- Crypto.com
- Bitpanda
- Börse Stuttgart Digital
- eToro
Frente a posibles incumplimientos, la compañía aclaró que no tomará acciones drásticas de forma inmediata. En cambio, los anunciantes recibirán una advertencia con al menos siete días de anticipación antes de cualquier suspensión de cuenta.