Los argentinos apuestan por estas herramientas de inversión para poner a trabajar su dinero, pero desconocen el aspecto tributario que cada uno tiene
10.01.2025 • 12:44hs • Finanzas personales
Finanzas personales
Qué impuestos tenés que pagar por tener CEDEAR y Obligaciones Negociables entre tus inversiones
Los Certificados de Depósitos Argentinos (CEDEAR) y las Obligaciones Negociables (ON) son dos de las alternativas de inversión más populares para los argentinos que buscan diversificar riesgos y proteger sus ahorros frente a la inflación y la devaluación. Pero, ¿qué impuestos deben considerar quienes optan por estas herramientas financieras?
A continuación, el tributarista Marcos Zocaro explica a iProUP el tratamiento impositivo de estas inversiones, que varía dependiendo del tipo de renta generada y el lugar donde se realicen las operaciones.
Impuesto a las Ganancias: claves para personas físicas
Existen tres tipos principales de ganancias:
- De capital: la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra de un activo.
- De interés: como los intereses generados por bonos públicos, ON o plazos fijos.
- De dividendos: distribuidos por las empresas a sus accionistas.
En el caso de los CEDEAR y las Obligaciones Negociables, el tratamiento es el siguiente: Si las operaciones se realizan en la bolsa local, las ganancias de capital están exentas del Impuesto a las Ganancias.
Esto aplica a la compra y venta de acciones, CEDEAR, ON y títulos públicos, sin importar la moneda.
Qué ocurre con los dividendos
- De empresas argentinas: la compañía retiene un 7% de los dividendos y lo ingresa a la AFIP/ARCA.
- De CEDEAR y empresas extranjeras: están gravados.
Qué ocurre con los intereses
- Los bonos y ON argentinos están exentos, sin importar la moneda.
- Los bonos del exterior tributan por escala progresiva (máximo 35%).
Las amortizaciones de capital de bonos y ON locales no pagan impuesto.
En cambio, las ganancias por compraventa de activos en bolsas extranjeras tributan un 15% sobre la diferencia entre el precio de venta y el de compra.
Impuesto a los Bienes Personales
Para 2024, el monto mínimo no imponible será de $292 millones de activos gravados al 31 de diciembre.
Sobre esta base, se aplica el siguiente tratamiento:
- CEDEAR: se consideran bienes del exterior y están gravados.
- ON: exentas si están denominadas en pesos.
- Títulos públicos argentinos: están exentos.
- Dinero en cuenta comitente: no está exento.
- Fondos Comunes de Inversión (FCI): depende de su composición; si al menos el 75% de los activos son exentos, el FCI estará exento.
Además, hay que tener en cuenta que los activos alcanzados incluyen no solo las inversiones, sino también bienes como efectivo, vehículos y otros bienes no exentos.
CEDEAR: características destacadas
Más allá de su impacto fiscal, los CEDEAR tienen atributos clave que los hacen atractivos para los inversores:
- Reducción del riesgo local al posicionarse en mercados internacionales.
- Protección frente a la devaluación al estar vinculados al dólar.
- Posibilidad de recibir dividendos en dólares.
- Acceso a mercados internacionales sin la necesidad de abrir cuentas en el extranjero.
En un contexto de inflación e incertidumbre económica, conocer el impacto fiscal de estas inversiones es fundamental para optimizar los rendimientos y evitar sorpresas impositivas.