La Ley de Teletrarabajo nació con la impronta de casi impedir la contratación de empleados remotos por parte de las empresas y fue atenuada por la reglamentación.
Pero ahora, el decreto de desregulación del presidente Javier Milei deroga los principales escollos para el crecimiento de esta modalidad laboral, al tiempo que establece que para freelancers que prestan servicios al exterior rige la legislación laboral extranjera.
Teletrabajo: las tres modificaciones clave del DNU de Milei
El teletrabajo se regirá en adelante por las siguientes normas, según precisa José Zabala, del estudio Adrogué, Marqués, Zabala & Asoc.:
1. Cuidado de personas
Las personas bajo teletrabajo tienen que coordinar con el empleador los horarios para poder compatibilizar el cuidado de las personas con el cumplimiento de sus tareas.
Se compensarán los períodos destinados al cuidado debidamente. No se podrá interrumpir la jornada cuando el empleador abone una compensación destinada al cuidado de personas.
2. Reversibilidad
Se exige un acuerdo con el empleador para revertir del home office a la presencialidad.
Se permite a la empresa la reversión a la modalidad presencial cuando las características de la actividad lo requieran.
3. Teletrabajo en el exterior
Se aplicará la ley del país donde esté prestando servicios el empleado, eliminando la posibilidad de aplicar la legislación argentina.
Teletrabajo: cómo cambian las normas sobre personal con tareas de cuidado
"Las principales modificaciones dispuestas por el Decreto 70/2023 respecto a la Ley de Teletrabajo se refieren a los siguientes ítems", indica a iProUP Carolina Piatti, Carolina Piatti, socia del estudio Allende & Ferrante:
- "El trabajador tendrá derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada
- "La compañía no podrá impedir el ejercicio de este derecho y cualquier acto del empleador que lesione este derecho se presumirá discriminatorio"
Al respecto, la Ley de Teletrabajo establecía la obligación del empleador de respetar la interrupción de jornada de los colaboradores que poseen a su cargo una persona menor de 13 años, personas con discapacidad o adultos mayores.
Mientras que el DNU prevé el trabajador posee derecho a coordinar con el empleador horarios que resulten compatibles con las tareas de cuidado y/o la interrupción de jornada.
Asimismo, se establece que el derecho del colaborador no subsiste en el caso de que el empleador abone alguna compensación legal, convencional o contractual relativa a los gastos por las tareas de cuidado.
El teletrabajador deberá acordar con el empleador el cambio de modalidad
Esto es algo que estaba prohibido, ya que el empleador no podía establecer incentivos tendientes a impedir el ejercicio del derecho de cuidado de personas.
Teletrabajo: qué fija sobre el retorno a la presencialidad
"Queda sin efecto el derecho exclusivo del trabajador de solicitar al empleador la reversibilidad del teletrabajo; es decir, de volver a prestar tareas en forma presencial, y se establece que las partes podrán pactar la reversibilidad por acuerdo, en la medida que en las instalaciones del empleador concurran las condiciones necesarias", explica Piatti.
Enrique Stile, del estudio Marval, O’Farrell & Mairal, señala a iProUP que el derecho a la reversibilidad para el trabajador era absoluto en la ley y la reglamentación sólo mejoró que "el derecho de la persona que teletrabaja y el cumplimiento de la obligación del empleador deberán ajustarse a los deberes de buena fe y evitar el abuso del derecho, debiendo respetar los criterios de colaboración, solidaridad y buena fe".
Lucas Tamagno, del estudio Allende & Brea, completa que "el decreto atenúa el derecho a la reversibilidad y establece que el empleado que quisiera volver al régimen presencial deberá comunicarlo a su empleador con la invocación de una motivación razonable y sobreviniente". Pero no era una solución completa.
Freelancers: qué establece el DNU
En el caso de prestaciones transnacionales, aplicará la ley del lugar de ejecución de las tareas por parte del teletrabajador, enfatiza Piatti.
En efecto, la experta remarca que el decreto prevé que el contrato estará regulado por la ley del lugar de ejecución de las tareas, es decir, hace expresa aplicación del principio de territorialidad previsto en la Ley de Contrato de Trabajo.
Muy pocas empresas se inscribieron en el Registro de Teletrabajo
"Hasta ahora, la normativa fija que se aplicará en todo lo relativo a la validez, derechos y obligaciones de las partes, sea que el contrato de trabajo se haya celebrado en el país o fuera de él, en cuanto se ejecute en su territorio", advierte.
Por lo tanto, remarca la experta, "si el trabajador, nacional o extranjero, teletrabaja en la Argentina como así también si presta servicios en el exterior para una sociedad local, se aplica el régimen de la Ley de Contrato de Trabajo".
Qué pasa con el Registro de Teletrabajo
"Se modifica el registro de Teletrabajo y ahora se crea uno nuevo que establecerá el Poder Ejecutivo. Será un método simple, electrónico y automático para que el empleador registre la prestación de tareas del teletrabajador bajo dicha modalidad, ya sea al ingreso o en oportunidad de incorporarse al régimen citado", puntualiza Piatti.
En este sentido, resalta que "en octubre de 2022 el Ministerio de Trabajo había dictado resolución que creó el Registro de Empresas que Desarrollan la Modalidad de Teletrabajo, estableciendo que en el Registro debían inscribirse las empresas que hubieran adoptado o aplicaran dicha la modalidad. Pese a su instrumentación, muchas firmas no se inscribieron y aún continúan sin hacerlo", relata.
Las empresas además debían anotar el software o plataforma para el homeoffce, así como la nómina de las personas que desarrollan la modalidad.
Stile puntualiza que "la nómina de las personas que desarrollan teletrabajo o están empleados en un régimen híbrido deberán informarse al Registro ante cada alta producida o de manera mensual".
El DNU mantiene la potestad de los sindicatos para verificar sistemas de control
Además, esta información deberá ser remitida por el Ministerio de Trabajo a la organización sindical pertinente.
Teletrabajo: qué puntos no mejora el DNU
Tamagno afirma que la reglamentación "le otorga a la parte sindical la posibilidad de formar comités mixtos con la empresa para la verificación de los sistemas de control a fin de garantizar que los mismos no afectan el derecho a la intimidad".
Por otra parte, no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión y aclara que la retribución de las horas extras no será considerada como beneficio.
Se excluye el teletrabajo cuando se lleve a cabo en oficinas de los clientes a quienes el empleador preste servicios de manera continuada o regular.
La norma también "ordena que las enfermedades causadas por el teletrabajo deberán ser consideradas enfermedades profesionales y los accidentes que ocurran en el lugar, jornada y en ocasión del teletrabajo se presumen accidentes de trabajo", concluye.