Así lo dispuso el Banco Central, que amplió en un 50% el cupo de dólares que los trabajadores podrán ingresar anualmente al país sin liquidarlos al oficial
13.12.2024 • 09:24hs • Empleo 4.0
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Menos cepo: los freelancers que trabajan para el exterior podrán ingresar hasta u$s36.000 a partir de enero
El Banco Central flexibilizó el cepo cambiario y elevó de u$s24.000 a u$s36.000 el monto anual de dólares que los freelancers que trabajan para el exterior pueden ingresar al país sin necesidad de liquidarlos en el mercado oficial.
Esta decisión, anunciada el jueves 12 de diciembre mediante la Comunicación "A" 8153, representa un aumento del 50% en el monto permitido para los exportadores de servicios.
La medida entrará en vigencia el 1 de enero de 2025 y constituye la segunda actualización implementada durante la gestión de Javier Milei, luego de que en 2024 el límite pasara de u$s12.000 a u$s24.000 anuales.
Antes de llegar a esta instancia, más precisamente en octubre, el Banco Central introdujo otra medida demandada por el sector: la posibilidad de consolidar varios pagos pequeños en una única operación. Para ello, extendió de 5 a 20 días el plazo para ingresar divisas al país.
Esta decisión buscó mitigar los costos fijos asociados con las transferencias bancarias internacionales, que resultan especialmente onerosos para operaciones de montos reducidos. Al ampliar el plazo, los freelancers pueden agrupar múltiples pagos en una sola transferencia, disminuyendo significativamente el costo de ingreso de dólares al país.
Cuáles son las actividades que pueden ingresar dólares al país sin pasarlos a pesos
Según las disposiciones del Banco Central sobre operaciones de exterior y cambios, quienes exportan servicios en determinadas categorías están exentos de convertir sus ingresos en pesos en el mercado oficial. Entre estas actividades se encuentran:
- Mantenimiento y reparaciones
- Construcción
- Telecomunicaciones
- Informática y servicios de información
- Cargos por uso de la propiedad intelectual
- Investigación y desarrollo
- Servicios jurídicos, contables y gerenciales
- Publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública
- Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos
- Comercio y otros servicios empresariales
- Servicios audiovisuales y conexos
- Servicios personales, culturales y recreativos
- Otros servicios de salud
- Enseñanza educativa
Para realizar exportaciones de servicios, los profesionales deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Poseer una cuenta en dólares a su nombre para acreditar las divisas.
- Estar inscriptos en el monotributo y establecer un punto de venta específico para emitir facturas tipo "E".