El Congreso promulgó la modificación de la Ley Antilavado, para adecuarse a la normativa del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) que visitó Argentina en marzo.
El texto es la primera regulación cripto:
- Define a los activos virtuales como representación de valor digital
- Establece un registro de proveedores de servicios basados en ellos (PSAV), bajo la órbita de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Pero la ONG Bitcoin Argentina, que agrupa a los principales referentes del sector en el país, no alcanza e impulsa un nuevo anteproyecto que propone un marco legal para el uso y comercio de activos digitales.
Nueva Ley Cripto: en qué consiste
La iniciativa surge a partir de que usuarios y entidades expresaron la necesidad de una regulación más definida. Por ejemplo, diferenciar los tipos de activos criptográficos:
- Tokens de utilidad: Ether o BNB sirve para abonar comisiones en las redes de Ethereum y Binance Chain, respectivamente
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Divisas estables: USDT, DAI, USDC o DoC buscan mantener un valor atado al dólar, por lo que son más asimilables al dinero convencional y fuera de la órbita de CNV
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Monedas Nativas: Ether y BNB que, al igual que Bitcoin, son las divisas base de sus blockchains, por lo que tienen diferentes propósitos y características
"El punto clave es determinar si deberíamos considerarlos similares a un activo financiero tradicional y, en caso negativo, qué tratamiento debería recibir. Sería necesario elaborar una ley base que contemple definiciones más precisas y concretas", resalta a iProUP Rosendo Gravanago, asesor legal en Derecho Informático, Criptoactivos y Blockchain.
El proyecto busca crear un entorno seguro y transparente para usuarios de criptomonedas y empresas del sector. Y establece como ley primera que toda persona tiene derecho a desarrollar, adquirir, poseer, tener, operar y enajenar criptoactivos sin restricciones.
Además del tipo de token, también distingue su mecanismo de gobierno:
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Descentralizados: no tienen una empresa u organismo detrás y son abiertos, como bitcoin o ethereum. Son considerados a efectos legales como moneda sin curso legal
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Centralizados: gestionados por organizaciones (USDT, USDC, por ejemplo) y considerados portadores de derechos contra los emisores que asumieron obligaciones en forma pública, hecho promesas o generado legítimas expectativas a sus suscriptores
"Respecto al grado de descentralización, deja el criterio interpretativo en sede judicial. La tendencia es clara debido a la larga espera de resoluciones de la SEC de Estados Unidos", detalla Gravanago.
Manuel Ferrari, miembro del Consejo Directivo de la ONG Bitcoin y coorganizador de DescentralizAR, comenta a iProUP que la distinción entre criptoactivos centralizados y descentralizados es fundamental porque afecta cómo se gestionan, cómo se confía en ellos y para qué se pueden utilizar.
"La descentralización tiende a ofrecer una mayor seguridad y confianza, esenciales para la estabilidad y aceptación general de una criptomoneda como forma de dinero o como reserva de valor", refuerza.
Asimismo, el anteproyecto de la ONG delega un sistema de licencias para activos centralizados, cuya autoridad de aplicación debe ser designada por el Poder Ejecutivo.
También incluye la creación de un registro nacional de operadores de criptomonedas, la implementación de medidas contra el lavado de dinero y la protección de los derechos de los consumidores, además de promover el desarrollo y la innovación local.
Nueva Ley Cripto: recepción
El proyecto de ONG Bitcoin Argentina se enfoca en la protección a usuarios cuentapropistas que pueden o no usar exchanges centralizados, en tanto que la Ley Antilavado privilegia el control en las empresas que operan a nombre de los individuos.
En este último caso, el registro se abrió en marzo y ya hay 45 firmas anotadas. Matías Bari, CEO de Satoshi Tango, señala a iProUP que "todo continúa de la misma forma en la que venía llevándose a cabo hasta el momento. Hasta ahora, no hubo modificaciones en la operatoria en ningún aspecto".
"Esto por ahora no representa una licencia ni tampoco sabemos si terminará siendo una, pero solamente se nos solicitó ese registro", señala. Roberto Silva, presidente de la CNV, no descarta que pueda haber diferentes permisos en un futuro.
Bari agrega que, actualmente, el registro exige presentar el estatuto de la firma, constancia del representante legal y CUIT, declaración jurada de que la empresa no opera en jurisdicciones no cooperantes y la indicación de la categoría de proveedor de servicios virtuales que ocupa opera.
"La regulación es algo que estábamos esperando todos los que trabajamos en este mercado. Considero que cuanto más claras sean las reglas sobre lo que hacemos, mejor, tanto para nosotros como también para los usuarios y el público general", concluye.