La causa de Natalia Denegri sobre la imagen digital que empezará a ventilar hoy la Corte Suprema de Justicia tiene aristas extraordinarias. La primera de ella es que los jueces sentarán criterio sobre el "derecho al olvido", sin poder ver el material que se pide olvidar, porque Google sacó los videos cuestionados de YouTube.
Google presentó ante la Corte la causa sobre el derecho al olvido en la demanda de Natalia Denegri, por videos subidos a YouTube con peleas violentas en TV en la década de los 90, en el marco del caso Coppola. Y en la que la bigtech perdió en el fallo de la Cámara Civil.
Y la Corte tomó el caso como el leading case para fijar los límites entre el derecho individual a la propia imagen, y los derechos colectivos a la información e interés público, lo que engloba el derecho a la información, a la historia, a la memoria, a la verdad y conocimiento de la realidad, como afirmó Joanna Faliero, uno de los amicus curiae (amigos del tribunal) de la causa.
Las limitaciones que tendrá la Corte
La Corte convocó a una audiencia pública para escuchar opiniones sobre el caso Denegri, que se realizará en dos días, debido a la gran cantidad de amicus curiae (amigos del tribunal) que pidieron participar
Sin embargo, Google prefirió no arriesgarse y bajó los videos en los que aparecían escenas violentas con participación de Denegri. Por este motivo, tanto los amicus curiae, como los mismos ministros de la Corte podrían estar opinando sobre la teoría del derecho al olvido, no tanto sobre el caso.
"En este momento ni lo amicus ni los ministros de la Corte podrán ver los videos, porque ya no están esos contenidos en YouTube, que fue más allá de la desindexación que pedía el falló de Cámara y los eliminó", señala a iProUP la abogada de Denegri ante la Corte, la ex camarista Marta Mattera.
"Por este motivo considero que la cuestión es casi abstracta; sólo quedó un fragmento de un video en un pendrive del abogado defensor", recalca.
Quiénes hablarán en la primera audiencia
En total, 23 especialistas pidieron actuar como amicus curiae en la causa Denegri, pero la Corte aceptó que expusieran 12. Estos expertos hablarán este jueves. En tanto, Google, los abogados de Denegri y el procurador fiscal, que está en contra del derecho al olvido, lo harán el viernes.
Los amicus curiae que exponen en esta primera jornada son los siguientes:
A favor del derecho al olvido
- 1. María Rosa Muiños, defensora del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- 2. El constitucionalista Andrés Gil Domínguez y Raúl Martínez Fazzalari
- 3. Horacio Granero, director de la Especialización de Derecho de Alta Tecnología UBA
- 4. Ricardo Alberto Muñoz (h) – Colegio de Abogados de Río Cuarto
- 5. Francisco Javier Seminara, abogado especialista en derecho de las Nuevas Tecnologías
- 6. Guido Lorenzino, defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires
A favor de la libertad de expresión en las redes
- 1. Asociación por los Derechos Civiles (ADC)
- 2. Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
- 3. Asociación Civil de Estudios Constitucionales (ACEC)
- 4. Asociación Civil Usina de Justicia
- 5. Fundación LED Libertad de Expresión + Democracia.
- 6. Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA)
El caso concreto de Natalia Denegri
El fallo de la Sala H de la Cámara Civil obligó a Google a desindexar ciertas URL vinculadas en las que Denegri aparecía en escenas violentas con otras mujeres en la TV. Desindexar implica que ciertos videos no aparezcan al buscar "Natalia Denegri", "Natalia Ruth Denegri" o "Natalia Denegri caso Cóppola" en YouTube.
Denegri, que actualmente es empresaria en los Estados Unidos con labor solidaria de alta exposición, pretende que "no se continúe la violencia que sufrió en 1996 al ser dormida para plantarle droga en su casa, puesta en prisión y luego amenazada para participar en programas de TV con ciertos libretos", comentó Mattera.
Natalia Denegri fue famosa en los '90 por sus apariciones televisivas sobre el "Caso Cóppola"
Esa sucesión de violencias contra Denegri fue considerada probada por una cámara penal que puso presos por el caso el ex juez Bernasconi y varios policías, así como en una causa por daños y perjuicios contra el Estado por los mismos hechos.
El problema es que Samantha Farjat, que aparece en el mismo caso aunque con otras connotaciones, hora también pide derecho al olvido. La Corte Suprema enfrenta un conflicto entre el derecho individual y los de la sociedad.
Las opiniones expertas a favor del derecho al olvido
Andrés Gil Domínguez y Raúl Martínez Fazzalari
"El derecho al olvido digital forma parte de los contenidos del derecho a la intimidad previsto por el artículo 19 de la Constitución nacional".
"Si los medios de comunicación deben cumplir la Convención Interamericana contra la violencia de la mujer, ¿por qué las empresas de Internet y los contenidos digitales podrían permanecer al margen?".
"En el caso Denegri, lo que se pide implica una interferencia en el ámbito protegido por el derecho de expresión e información es de una intensidad leve".
María Rosa Muiños, defensora del Pueblo porteña
Critica a los buscadores de Internet porque generan "hiperaccesibilidad, falsa sensación de actualidad, persistencia en la información y viralización". Y agrega que se afecta el "derecho de información, porque no es posible conocier la lógica utilizada por las empresas para listar o deslistar".
"Resulta apropiado que quien modera información personal, y por lo tanto la ‘trata’ en términos legales, también sea responsable de las consecuencias que ello provoca y deba cumplir con el deber de deslistarla cuando corresponda".
Pide que se establezca "una modalidad rápida e indubitable para hacer ejercicio del derecho de supresión y por ende de la autodeterminación informativa en el entorno digital", como el formulario de derecho al olvido que existe en España.
Guido Lorenzino, defensor del Pueblo bonaerense
"Violencia de género virtual. Facilitar, a través de la indexación, la reproducción de contenidos vejatorios o denigrantes, es un tipo de violencia mediática contra las mujeres, ya que promueve la explotación de su imagen".
"El derecho al olvido, si bien no aparece en texto expreso de la ley, aparece como una manifestación del deber genérico de que se respete la dignidad de cualquier persona".
"El control efectivo de la concreta difusión de la imagen se pierde una vez que la misma entra en la web, por lo que los buscadores como Google juegan un rol clave".
Opiniones de amicus curiae contra la censura
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
"Las medidas de filtrado o bloqueo deben diseñarse y aplicarse de modo tal que impacten, exclusivamente, el contenido reputado ilegítimo, sin afectar otros contenidos".
"La sentencia no ponderó en función de las restricciones legítimas a la libertad de expresión, las características de figura pública y el asunto de interés público que ordenó desindexar. En este sentido, los jueces que intervinieron no consideraron el papel desempeñado por la actora en la vida pública que emergió precisamente asociada a aquellos asuntos de interés colectivo que ahora requiere desindexar de los buscadores de Internet".
Fundación LED - Libertad de Expresión + Democracia
"Desde el aspecto social del derecho a la libertad de expresión, la aplicación del llamado derecho al olvido, importaría un grave deterioro a la libre circulación de información y su impacto en la cultura, en la historia y presente de la comunidad".
"Hacer lugar al bloqueo, desindexación o eliminación de información pudiera tener sobre otros reclamos en los que, personalidades públicas, funcionarios públicos o mediáticos pretendan suprimir información que consideren que no se adecua a la imagen que deseen construir de sí mismos y de su pasado".
Asociación por los Derechos Civiles (ADC)
"Lo que a algunos puede parecer grotesco o de mal gusto, a otros puede parecerles lo contrario. Hay programas de TV y radio, música y películas que son consideradas por muchas personas como grotescas. Pero eso nunca puede ser un motivo para impedir el acceso a ellas. De lo contrario, estaríamos en una situación de censura muy grave."
Y en el caso concreto, "el examen de los hechos indica que no encuadra en ninguno de los supuestos excepcionales que permiten considerar como antijurídica la conducta de los 'motores de búsqueda', ya que la actora no ha negado la veracidad de la información difundida por la demandada".
Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA)
"La desindexación en los buscadores constituye una solución irrazonablemente restrictiva de la libertad de expresión y de prensa. Porque, como señala el referido Comisión Interamericana de Derechos Humanas, la libertad de expresión no se agota en el derecho a buscar y recibir información, sino que también incluye el de difundirla".
"Limitar la difusión en Internet mediante la desindexación de las noticias sería equivalente a decir que no se afecta la libertad de prensa si un diario es publicado sin trabas, aunque luego se restrinja su venta callejera o su distribución en determinada zona geográfica. En ambos casos, se limitan y restringen los carriles de difusión de información".