La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar sobre los gastos y movimientos de sus clientes en la plataforma Mercado Pago.
A partir del 1 de mayo pasado, se establecieron nuevas escalas para alinearse con el aumento de precios y mejorar la capacidad de control y optimización de la información por parte del organismo recaudador.
Según lo comunicado por la AFIP, esta medida tiene como objetivo agilizar la operatoria de las entidades y administradoras financieras, mientras que el organismo podrá recibir información de manera automática y permanente, facilitando la fiscalización y el seguimiento de las transacciones.
A partir de la mencionada fecha, los montos mínimos de transacciones que deben ser informados a la AFIP son los siguientes:
- Monto total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales, saldos de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales: Este monto se incrementa de $90.000 a $200.000.
Es decir, cualquier usuario cuyos ingresos y egresos totales mensuales en las cuentas mencionadas sean iguales o superiores a $200.000 deberá ser reportado por su entidad financiera.
- Consumos en tarjeta de débito acumulados por mes: El monto mínimo se eleva de $30.000 a $120.000.
Esto implica que cualquier usuario cuyas compras con tarjeta de débito superen los $120.000 en un mes será reportado a la AFIP.
- Transferencias virtuales o bancarias: En este caso, el monto mínimo que se debe informar pasa de $200.000 a $400.000 por operación.
Esto implica que transferencias realizadas o recibidas por la plataforma Mercado Pago que alcancen o superen los $400.000 deberán ser reportadas al organismo recaudador.
Los usuarios de Mercado Pago deben tener en cuenta estos puntos para no sobrepasar los límites impuestos por la AFIP
Mercado Pago: a partir de qué montos la AFIP vigilará tus cuentas en agosto
Si alguno de los importes previstos es superado, la obligación de informar se extiende también a los otros conceptos.
Esto significa que si un usuario supera cualquiera de los montos mencionados, su entidad financiera deberá informar no solo esa transacción específica, sino también la totalidad de las operaciones realizadas en la cuenta.
Asimismo, las billeteras virtuales o plataformas financieras digitales en general, incluyendo a Mercado Pago, están obligadas a informar movimientos con montos específicos:
- Ingresos y/o egresos totales en el período a informar: Se incrementa de $30.000 a $120.000.
- Saldos al último día hábil del período mensual informado, iguales o superiores a $200.000: Anteriormente eran $90.000.
- Transferencias virtuales o bancarias: Se eleva de $200.000 a $400.000 por operación.
Este sistema de control se aplica para asegurar la concordancia entre los ingresos declarados por los contribuyentes y las transacciones efectivamente realizadas.
La AFIP utiliza esta información para fiscalizar la actividad de los usuarios y evitar inconsistencias en las declaraciones impositivas.
Es relevante destacar que la normativa también establece que la AFIP recopilará la evolución de bienes de cada usuario en el país durante los últimos cuatro años, así como los saldos bancarios y la compra anual de moneda extranjera, incluyendo el dólar.
A partir de la fiscalización de las cuentas de Mercado Pago, la AFIP puede detectar inconsistencias en las declaraciones impositivas
La actualización de los montos y la cantidad de transacciones vigiladas por la AFIP en la plataforma Mercado Pago busca mejorar la -fiscalización y el control tributario en un contexto de aumento de precios e incentivar la concordancia entre los ingresos declarados y las operaciones efectivamente realizadas por los contribuyentes.
Usuarios de la plataforma deben estar atentos a estas nuevas disposiciones para cumplir con sus obligaciones tributarias y evitar sanciones por parte del organismo recaudador.
Qué ocurre si AFIP encuentra inconsistencias en las declaraciones impositivas en agosto
Paso 1: Fiscalización de la actividad en Mercado Pago. Cuando la AFIP decide fiscalizar la actividad mensual de un contribuyente en Mercado Pago, lo hace con el objetivo de verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
La AFIP tiene la facultad de acceder a la información de los cobros realizados a través de medios de pago electrónicos, como Mercado Pago, y aplicar retenciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias, según corresponda, sobre dichos cobros.
Paso 2: Exclusión de retenciones para monotributistas y microempresas. Los monotributistas y las microempresas están excluidos de las retenciones de IVA y Ganancias sobre sus cobros realizados a través de Mercado Pago.
Paso 3: Retenciones para responsables inscriptos. Si un contribuyente es responsable inscripto, se le aplicarán las retenciones correspondientes según el medio de pago utilizado:
- Para cobros realizados con tarjeta de crédito, se retendrá el 1% de IVA y el 1% de Ganancias para empresas en general, y el 3% de IVA y el 1% de Ganancias para estaciones de servicio o agentes de retención de IVA.
- Para cobros realizados con otros medios de pago, se retendrá el 0,5% de IVA y el 0,5% de Ganancias.
Paso 4: Retenciones para no inscriptos en AFIP. En el caso de que un contribuyente aún no esté inscripto en AFIP y supere el límite de cobros con Mercado Pago libres de retenciones, se le aplicarán retenciones mayores.
Esto implica una retención del 10,5% de IVA y 2% de Ganancias en cada cobro que reciba, hasta que cambie su condición fiscal y se inscriba en AFIP.
Paso 5: Regularización para evitar sanciones. Si la AFIP encuentra inconsistencias en las declaraciones impositivas del contribuyente o detecta que este no cumple con sus obligaciones fiscales, se podrían aplicar sanciones.
Sin embargo, para evitar sanciones y retenciones mayores, el contribuyente puede regularizar su situación inscribiéndose en AFIP si aún no lo hizo.
La inscripción en AFIP permitirá que se le apliquen las alícuotas correspondientes a su situación fiscal real y reducirá el riesgo de ser objeto de mayores controles y retenciones.
Paso 6: Posibilidad de tomar retenciones como saldo a cuenta. Si el contribuyente está inscripto en AFIP, podrá tomar las retenciones realizadas por Mercado Pago como saldo a cuenta para el pago de sus impuestos.
Esto permitirá que las retenciones no tengan un impacto negativo en su situación financiera, ya que se considerarán como un adelanto del pago de impuestos.