En Argentina, el Congreso Nacional aprobó la ley de firma digital Nº 25.506 en 2001, por la cual "se reconoce el empleo de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en las condiciones que establece la ley".
En la actualidad, y más aún en contextos como el actual, esta modalidad se aplica en contratos de cualquier tipo, recibos de sueldo, documentación laboral en general, comercial, bancaria, administrativa, judicial y educativa, y cada vez son más los ámbitos que la requieren ante la imposibilidad de encontrarse cara a cara.
El rubro inmobiliario es uno de los más afectados por el aislamiento y en el que se vislumbra un nuevo paradigma en cuanto a los modos de operar. En este sentido, encuentra en la firma digital un aliado importante para seguir funcionando.
"Llevamos cientos de contratos digitales firmados en el interior y en CABA; es mucho más expeditivo y es lo que viene", sostiene Ezequiel Cymeryng, Gerente Comercial de GarantíaYa, empresa que ofrece garantías de alquiler, y explica que "al ser los garantes se requiere que un apoderado de la empresa firme el contrato".
La firma digital es una gran herramienta para el sector inmobiliario.
Lo más relevante en circunstancias como las actuales es que el trámite de la garantía se puede realizar 100% online gracias a la firma digital, algo que la empresa dispone hace más de un año y medio.
Desde que comenzó la cuarentena, GarantíaYa capacitó a más de 1.600 inmobiliarias en forma gratuita para que conozcan los beneficios de utilizar la herramienta.
"El sector se está dando cuenta de que el impacto de la pandemia hubiera sido mucho menor de haber tenido ya implementados recursos como la firma digital, mejor calidad de fotos y videos de las propiedades, buenos portales web y redes sociales preparadas", señala Cymeryng.
Firma digital
Aspectos legales y de seguridad
Desde el punto de vista legal tiene el mismo status que la firma de puño y letra; posee altos estándares de seguridad y es un documento que tiene validez sólo digitalmente. Se presume que toda firma digital pertenece al titular del certificado digital que permite la verificación de dicha firma.
Diferencia entre la firma electrónica y la digital
La firma electrónica no requiere ningún registro y no tiene presunción de autoría, lo que la ubica un paso más adelante de la firma de puño y letra, pero un paso atrás de la firma digital.
Beneficios principales
Su mayor beneficio es la rapidez, ya que se pueden firmar contratos desde cualquier lugar del mundo y la reducción de costos porque no hay que certificar contrato mediante escribano.
Cómo se gestiona
Se lleva a cabo solicitando un turno en www.argentina.gob.ar con la misma dinámica que requiere tramitar un DNI y se obtiene en 30 minutos, sin ningún costo.
Su mayor beneficio es la rapidez, ya que se pueden firmar contratos desde cualquier lugar del mundo.
Aplicación en contratos de alquiler
En los contratos de alquiler, hoy GarantíaYa tiene la posibilidad de firmar con la validez jurídica que requiere un propietario, y se da la posibilidad de que las partes opten por la firma tradicional o la digital, sin ser excluyente la una de la otra.
El documento es válido digitalmente, no hay que archivarlo en una carpeta física lo que resulta beneficioso desde el cuidado del medioambiente. Se puede copiar el archivo las veces que sea necesario y todas las versiones son válidas, siempre se tendrá el documento original ya que la validez legal la da la plataforma digital; se puede imprimir, pero no tiene validez legal.
"Así como un escribano certifica físicamente la firma de puño y letra, la plataforma del Gobierno impacta la firma en el documento, y da la posibilidad de que uno pueda validar quien lo firmó en segundos", explica Cymeryng.
Perspectivas
"Estamos en una transición y seguramente muchas personas aún sean reticentes a esta tendencia. Sin embargo, la posibilidad de poder firmar un contrato sin tener que trasladarse se va a apreciar cada vez más en estos tiempos, sobre todo entre las personas mayores", concluye Cymeryng.