ARCA, ex AFIP, vigila las operaciones y los movimientos entre cuentas bancarias. Qué tener en cuenta al hacer un pago o mandar plata de cara al 2025
17.12.2024 • 09:12hs • FINANZAS PERSONALES
FINANZAS PERSONALES
La clave para no pagar impuestos en las transferencias bancarias en 2025
Al hacer una transferencia bancaria, uno de los métodos más usados por los argentinos para administrar su plata, enviar dinero a amigos y familiares o pagar compras en el supermercado, hay algunas cuestiones que habrá que tener en cuenta en 2025 para evitar pagar impuestos.
Esto, con la mirada ya puesta en el que será el primer año de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que se creó en octubre de este año para reemplazar a la AFIP, la Administración Federal de Ingresos Públicos, aunque mantuvo sus obligaciones y también sus controles.
En este sentido, hay que remarcar que el motivo, la justificación o el concepto de una transferencia resulta clave, no solo para la organización del emisor y receptor de dicha operación, sino también para que el organismo tributario pueda determinar el destino u origen de los fondos y, en este sentido, evitar pagar de más.
Esto, a partir de que este detalle respalda la operación y es especialmente relevante en distintas situaciones.
Dependiendo del banco de donde se realice la transferencia, los conceptos que figurarán y que se deberán especificar para definirla pueden ser:
- Alquileres
- Aportes de capital
- Bienes registrables (habitualistas y no habitualistas)
- Cuotas
- Expensas
- Factura
- Haberes
- Honorarios
- Inmobiliaria (habitualista y no habitualista)
- Préstamos
- Seguros
- Suscripción a obligaciones negociables
- Varios
Sin embargo, es posible crear un apartado en el que es posible añadir una referencia de hasta 12 caracteres (aunque algunas entidades permiten referencias más largas).
Y aunque la mayoría de las transferencias son, efectivamente, gratuitas, hay algunas que están gravadas, dependiendo del origen de los fondos y la situación fiscal del receptor, y que lo seguirán estando, al menos de momento, salvo alguna modificación por parte de ARCA, en 2025.
Un ejemplo de esto son las transferencias sujetas al Impuesto sobre los Ingresos Brutos. En estos casos, el banco retiene un porcentaje, generalmente del 2,5%, y el resto debe pagarse a través de un Volante Electrónico de Pago (VEP), a menos que el contribuyente esté adherido al monotributo unificado.
Cabe resaltar que, por lo general, las obligaciones fiscales recaen en el destinatario de los fondos y que el remitente no tiene la obligación directa de pagar impuestos por la transferencia en sí.
Sin embargo, es fundamental remarcar que el propósito o la naturaleza de la transferencia puede influir en las implicaciones fiscales para el beneficiario. Por ejemplo, en determinadas jurisdicciones, las transferencias de dinero que se consideran ingresos pueden estar sujetas a impuestos sobre la renta.