Los freelancers y tenedores de Bitcoin, Ethereum y otras criptomonedas están evaluando el dejar pasar la oportunidad de ingresar al blanqueo de fondos que estableció el Gobierno, a raíz de la inseguridad normativa y de requisitos como conseguir la certificación de un escribano.
Blanqueo cripto: recibimiento de los freelancers
En Craneando, expertos en estrategia fiscal especializados en personas físicas exportadoras de servicios, operan con la estrategia fiscal para freelancers y empresas principalmente con negocios fuera del país y pagos efectuados en el exterior.
"Son realizados vía criptomonedas y suelen ser profesionales que operan con varias exchanges pero, en su gran mayoría, aun con un lunes negro y la posibilidad de incluir los activos en el blanqueo, tienen muy poco interés", aseguran rotundamente a iProUP desde Craneando, luego de haber recibido decenas de consultas.
Según el estudio, esto se explica por "la experiencia con otros procesos similares en el país. Y porque el marco regulatorio sobre cómo tributan las cripto no está totalmente claro del lado de la AFIP. Esto desalienta a que quieran incluirlas en el blanqueo".
A esto se suma la advertencia del contador Gabriel Gambacorta, del Gambacorta & Asoc., quien remarca a iProUP: "Los freelancers tienen que saber qué hacen de ahora en adelante: blanquear el stock y no pensar en el flujo, en lo que va a seguir pasando con sus ingresos, sería un error desde el análisis impositivo".
Blanqueo cripto: cómo funciona
Gaston Miani y Leonel Zanotto, de Tavarone, Rovelli, Salim & Miani, afirman a iProUP : "Los criptoactivos son bienes susceptibles de regularización: deben estar depositados o custodiados en un proveedor de servicios de activos virtuales (PSAV) registrado ante la Comisión Nacional de Valores (CNV) al 31/12/2023".
"De no cumplir esta condición, el decreto reglamentario posibilitó que sean transferidos a un PSAV antes de la finalización de la etapa 1 del blanqueo. Así, quienes tenían los criptoactivos en una billetera virtual o custodia de exchange del extranjero pueden ingresar al blanqueo", añaden.
"La condición para ello es que queden inmovilizados en el PSAV hasta la finalización de la etapa 1. Asimismo, el esquema será autodeterminativo y se podrá deducir de la base imponible la franquicia de los u$s100.000 prevista en este régimen", indican.
Además, "la AFIP precisó la documentación a presentar en la declaración jurada de blanqueo apuntando a dos cuestiones fundamentales", enumeran Miani y Zanotto:
- Acreditación de la titularidad de los bienes
- Demostración de la valuación de los bienes conforme las normas de la ley al 31/12/2023
Blanqueo cripto: documentación a presentar
Miani y Zanotto advierten: "En el caso de criptoactivos, se deberá adjuntar la constancia de que el sujeto adherente es titular de la cuenta registrada en el PSAV que ejerció la custodia de los bienes o de la billetera virtual en la que se encontraban depositados".
Además, puntualizan que se deberán adjuntar los documentos que identifiquen a:
- "Cada PSAV o billetera virtual, con el detalle de la clave pública asociada, incluso aquellas que sean descentralizadas"
- "La entidad depositaria, el depósito y tenencia a la fecha límite para la manifestación de adhesión de la etapa 1 (30/09/2024)"
"Toda la documentación deberá estar certificada por escribano público al momento de la presentación, excepto que los criptoactivos hayan estado depositados al 31/12/23 en un PSAV, lo cual se da en muy pocos casos, ya que muchos contribuyentes los conservan en billeteras frías o virtuales en el exterior", subrayan.
Blanqueo cripto: las claves para los freelancers
Y aclaran: "El Ejecutivo puede prorrogar las fechas para la manifestación de adhesión al blanqueo y el pago adelantado obligatorio hasta el 31 de julio de 2025. Pero considerando plazos que aseguren que, entre las fechas señaladas, medie una diferencia que no puede ser menor a 3 meses".
Blanqueo cripto: claves para freelancers
Carlos Peralta, ejecutivo de Bitso Argentina, recuerda que "por primera vez, se incluyó la opción de sumar criptomonedas al blanqueo, reconociendo que son elegidas por millones de argentinos para ahorrar e invertir. Este es un paso clave para integrarlos dentro de un marco regulatorio completo, inteligente, claro y confiable".
El decreto reglamentario del paquete fiscal admite que "los activos se considerarán del país en la medida en que se hubieren encontrado en custodia y/o administración de un PSAV que esté inscripto ante la CNV a la fecha de regularización (23 de diciembre 2023)".
Hoy están inscriptas unas 50 empresas, entre las que cuentan Lemon, Bitso, Buenbit, Ripio, Cocos Crypto, Decrypto y Satoshi Tango, entre otras.
"Respecto de la valuación, deberá considerarse su valor de mercado al 31 de diciembre de 2023 o el de adquisición, el que fuera mayor, convertido al tipo de cambio de regularización", fija el decreto, que también prevé el blanqueo cuando estén fuera de un PSAV.
En este caso, deben estar en entidades no habilitadas en Argentina o el exterior no radicadas en una jurisdicción o país identificado por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) como de Alto Riesgo (Lista Negra) o Bajo Monitoreo Intensificado (Lista Gris).
Solo se podrán ingresar criptomonedas al blanqueo si, antes de la fecha prevista para la manifestación de adhesión de la Etapa 1, son transferidas a una exchange habilitada por la CNV, en cuyo caso tendrán que mantenerse allí depositados también hasta ese plazo.
Juan Pablo Fridenberg, director de Asuntos Públicos en Lemon, precisa a iProUP los siguientes puntos clave:
- La regularización de hasta u$s100.000 de valor de los bienes no tributa. Superado ese monto, se aplica la alícuota correspondiente sobre el excedente
- El régimen importa la liberación de responsabilidad por infracciones y/o delitos tributarios, cambiarios y aduaneros que tuvieran origen en los activos regularizados
- También exime del pago de impuestos (IVA, Ganancias, etcétera) que oportunamente se hubieran omitido ingresar
"El decreto reglamentario exige transferir los activos virtuales exteriorizados a una exchange o PSAV registrado en la CNV. Esta exigencia es similar a la que se aplica al dinero en efectivo en estos regímenes, que debe depositarse en cuentas bancarias o comitentes especiales", afirma Fridenberg.
Aunque las exchanges cumplen con regímenes de información a la AFIP, "es el contribuyente quien decide declarar sus cripto y, si no lo había hecho, ahora puede hacerlo en el blanqueo, pero deben estar en una exchange inscripta como PSAV ante la CNV. Si ya están ahí, no tiene que moverlas antes", cierra Peralta, de Bitso.