Los trabajadores privados desde este enero están alcanzados por un Impuesto a las Ganancias cedular a los mayores ingresos. Para quienes cobran en dólares, tiene un piso de u$s2.900. Además, el mínimo para la alícuota máxima de 35% es de la mitad de esa cifra.
En el caso de profesionales 4.0 o los ejecutivos que cobran en cuentas del exterior o tienen empleadores que les pagan en divisa extranjera, la AFIP aclaró varios pasos para la retención por parte de la empresa. El tributo se llama cedular porque la alícuota se aplica sobre el mínimo, sin admitir otras deducciones.
"Este Impuesto Cedular a los Mayores Ingresos resulta de aplicación a partir del período fiscal 2024, tomando los haberes percibidos en este mes de enero, pero la AFIP no se había expedido respecto del régimen de retención aplicable, lo cual generó gran expectativa en las empresas", advierte a iProUP Andrés Tellado, de KPMG Argentina.
Ganancias a los mayores ingresos: qué sueldos están alcanzados
La AFIP difundió en el espacio de Preguntas y Respuestas Frecuentes de su web cómo deben determinar la retención del Impuesto a las Ganancias los empleadores que paguen sueldos a partir del 1 de enero de 2024".
"En función a esta publicación, no van a tener retención los empleados que cobren en enero 2024 hasta $2.340.000, que sería el equivalente a los 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM) vigentes desde diciembre 2023, último valor conocido", indica Tellado.
El experto aclara que el nuevo gravamen, "que entró en vigor el 1 de enero, luego de que el Gobierno no lo derogara como había anunciado, tiene un mínimo no imponible anual de 180 SMVM, lo que resulta equivalente a 15 SMVM mensuales", aclara el experto.
"La deducción de este mínimo no imponible operará hasta la suma acumulada del mes que se liquida. Es decir, un sueldo bruto de hasta $2.340.000 que se pague en enero no sufrirá retención de impuesto, lo cual equivale a aproximadamente u$s2.900 al tipo de cambio oficial", afirma Tellado.
Ganancias a los mayores ingresos: quiénes están alcanzados
Tellado remarca: "La Ley 27.725, que creó el Impuesto Cedular sobre los Mayores Ingresos, redujo bastante el universo de empleados que quedarían alcanzados por el tributo".
A su vez, Florencia Fernández Sabella, del estudio Laiún, Fernández Sabella & Smudt, publica a través de Tributum.news, la siguiente aclaración de AFIP sobre quiénes tendrán retenciones de Ganancias sobre los mayores ingresos en su recibo de sueldo:
1. Sujetos incluidos en el Ganancias a los mayores ingresos: empleados en relación de dependencia, funcionarios (cargos públicos), jubilados y pensionados
2. Están excluidos y siguen pagando Ganancias con el sistema anterior, o sea, con un bajo mínimo no imponible y deducciones que se incluyen en el SIRADIG:
- Directores societarios, síndicos y cargos equivalentes de administradores, consejos y cooperativas
- Poder Judicial
- Senadores y diputados
El impuesto afecta a quienes cobran $2,34 millones
Impuesto a las Ganancias: quiénes retienen los sueldos en dólares
Entre los temas que aclara la AFIP, se destaca qué pasa cuando una empresa abona salarios a través de una filial en el exterior, a la que le gira los dólares para que los deposite en una cuenta del ejecutivo también en el extranjero. Tellado precisa que la entidad aclara que deberán actuar como agentes de retención los siguientes empleadores:
- Sujetos que abonen por cuenta propia los salarios, ya sea en forma directa o a través de terceros.
- Quienes paguen los sueldos por cuenta de terceros, cuando estos últimos fueran personas humanas o jurídicas domiciliadas o radicadas en el exterior
Este lineamiento proviene de una norma de 2017 que ha venido regulando desde hace ya varios años el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias sobre los salarios".
"Es decir, se ratifica que los empleadores deben actuar como agentes de retención del Impuesto Cedular aun cuando el sueldo lo esté abonando una empresa del exterior, como ocurre en algunos casos de ejecutivos o posiciones clave de las empresas", subraya Tellado.
"En esos casos, la remuneración que se registra en pesos –al tipo de cambio oficial– en la liquidación de sueldos de Argentina, a efectos de cumplir con la normativa laboral y previsional", comenta Tellado.
Recuerda que "para practicar la retención Ganancias, se debe asegurar dicha suma en pesos argentinos, dado que el tributo sólo puede ingresarse a la AFIP en moneda local".
"Lo más usual es que se abone en el exterior el importe neto de la liquidación de Ganancias, o bien una porción del mismo, quedando como pagado en Argentina el mínimo de pesos necesario para ingresar los aportes previsionales y el impuesto", afirma.
Las empresas son quienes retienen el impuesto a los mayores ingresos
"El importe a retener por mes se determinará aplicando sobre los mayores ingresos, netos de las deducciones admitidas, sumados al mes que se liquida y con la escala acumulada a dicho mes", remarca.
Impuesto a las Ganancias: qué pasa con el pluriempleo
"La AFIP también aclaró cómo debe procederse en el caso de pluriempleo, indicando que cuando los empleados perciban sueldos de varios empleadores, deberá actuar como agente de retención aquel que abone las de mayor importe", considera Tellado, quien añade que se deberá considerar:
- Al inicio de una nueva relación laboral: las rentas que abonen cada uno de los pagadores
- Al inicio de cada año fiscal: las sumas abonadas por los respectivos pagadores en el año fiscal anterior
Fernández Sabella aclara: "Esto aplica cuando los beneficiarios perciban de varios sujetos las rentas correspondientes a un mismo régimen: cedular o general, caso en que sólo deberá actuar como agente de retención aquel que abone las de mayor importe".
"Al ser consideradas 'exportadoras', las tecnológicas se vieron obligadas a cumplir con regulaciones que requieren la liquidación de sus divisas al cambio oficial", indica a iProUP el tributarista Gustavo Policella, pero alerta que actualmente pueden quedarse con los dólares que ingresan al país.
La situación previa llevó a muchas empresas a armar filiales en Uruguay, España y Estados Unidos, para dejar los dólares por ventas en esos países en cuentas en el exterior.
"Por otro lado, estas empresas enfrentaron la presión de sus empleados, quienes se han visto impedidos de recibir sus salarios en dólares debido a las restricciones laborales que limitan el pago en esa moneda al 20% del salario", subraya.
Las empresas creen que el sinceramiento del dólar les permitirá retener al talento
El experto considera que "la alta rotación de profesionales 4,0 en los últimos tiempos ha planteado riesgos para la retención de talento bajo estas condiciones".
"Ahora, el tipo de cambio oficial experimentó un aumento, reduciendo notablemente la brecha respecto a otras cotizaciones. Además, el contravalor de la exportación de las prestaciones de servicios y mercaderías, deberá ingresarse al país en divisas o negociarse en un 80% a través del Mercado Libre de Cambios (MLC)", precisa Policella.
En este sentido, resalta que "el 20% restante se deberá concretar mediante operaciones de contado con liquidación, (CCL) .Con un dólar oficial de $800 y un CCL cercano a $1.050, el tipo de cambio exportador rondaría los $840".
"La posibilidad que se otorga a las empresas exportadoras de quedarse con las divisas o negociarlas a un valor mayor, les permite retribuir a sus empleados de mejor modo", apunta, a lo que suma que el gobierno de Javier Milei puede "eliminar el límite de 20% para el pago de salarios en dólares".
"Estos ajustes brindan una perspectiva optimista, con compañías que podrían recuperar estabilidad y los empleados disfrutar de mayor seguridad laboral en el sector IT de Argentina", concluye Policella.