La materia tributaria continúa siendo punto de debate en el ecosistema. En este contexto, ARCA realizó una aclaración clave sobre impuestos y criptomonedas
11.02.2025 • 07:48hs • ECONOMÍA
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El importante comunicado de ARCA para quienes tienen Bitcoin en billeteras virtuales
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, hizo una aclaración clave sobre los impuestos que se aplican a las operaciones con criptomonedas en Argentina.
Es que, mientras el uso de billeteras virtuales cripto avanza a pasos agigantados en Argentina, y en los últimos años pasó de ser una tendencia a una normalidad gracias al surgimiento de exchanges, la habilitación de tokens como medio de pago e incluso tarjetas de crédito con cashback en Bitcoin para abonar servicios como el subte de CABA, la cuestión tributaria sigue siendo uno de los principales reclamos del ecosistema.
Cabe recordar que las operaciones con criptoactivos y monedas digitales, como las stablecoins, o dólar cripto, están gravadas por impuestos, siendo Ganancias y Bienes Personales las destacadas, con criterios de aplicación específicos.
Y esto, precisamente, fue reafirmado por ARCA, que ratificó este esquema impositivo en febrero, mientras avanza un año en el que, se anticipa, el Gobierno Nacional buscará impulsar una reforma tributaria que podría alcanzar a las cripto.
De esta manera, la compraventa e intercambio de criptoactivos por cuenta propia, incluidas las operaciones P2P, mantienen su esquema impositivo en el presente mes. Esto lleva a que muchos usuarios analicen cómo impactará a la hora de realizar este tipo de transacciones.
ARCA, ex AFIP: ¿qué impuestos aplica a las operaciones con criptomonedas en febrero?
Impuesto a las Ganancias
Personas físicas
Las personas residentes en Argentina no tributan por la tenencia de criptomonedas, sino por las ganancias derivadas de su venta. La tasa aplicable es del 15% sobre el beneficio, que se calcula deduciendo el costo de adquisición del precio de venta.
Empresas
Para las empresas residentes en Argentina, el tratamiento es más complejo y existen dos interpretaciones:
- Se grava únicamente si las criptomonedas son vendidas y generan una ganancia.
- Se requiere revaluar el activo al cierre del ejercicio fiscal. En este caso, se generarían rentas gravadas incluso por la mera tenencia.
Las ganancias derivadas de la venta de criptomonedas por empresas se gravan con tasas progresivas del 25% al 35%, dependiendo del sujeto. Si hay distribución de dividendos, se adiciona un 7%.
Impuesto sobre los Bienes Personales
Este gravamen aplica a la tenencia de criptomonedas al 31 de diciembre de cada año. Según ARCA, ex AFIP, las criptomonedas se consideran un activo financiero, modificando la interpretación previa que las clasificaba como bienes inmateriales.
Criterios de valuación:
- Si operan en mercados regulados: último valor de cotización.
- Si no operan en bolsas: costo de adquisición ajustado por intereses y diferencias de cambio.
Alícuotas:
- Para activos radicados en Argentina: entre 0,5% y 1,75%.
- Para activos en el exterior: alícuotas incrementadas de hasta 2,25%.