Llega el 2025 y los usuarios quieren saber qué ocurrirá con los controles de la ex AFIP a sus billeteras virtuales, como Mercado Pago, Ualá y Naranja X
10.12.2024 • 08:24hs • FINANZAS PERSONALES
FINANZAS PERSONALES
¿Se vienen cambios?: qué pasará con los controles de ARCA a las billeteras virtuales en 2025
De cara al 2025, y en medio de cambios en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), como la salida de su titular Florencia Misrahi y la llegada de Juan Pazo, muchos usuarios están expectantes por saber qué pasará con los controles sobre las billeteras virtuales, una de las medidas heredadas de la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Cabe recordar que, en la actualidad, ARCA exige a las entidades financieras reportar saldos, montos de transferencias y otros datos de sus clientes cuando se cumplen ciertos parámetros establecidos.
Sin embargo, esto ocurre principalmente con los bancos, que, pese al fuerte crecimiento de las fintech, sobre todo en este 2024, siguen siendo el sector al que acuden la mayoría de los argentinos para administrar su dinero.
En este sentido, el interrogante, en medio de un panorama de cambios en el organismo tributario, es cuáles serán las billeteras virtuales que estarán, o no, "bajo la lupa" de ARCA el año que viene.
Billeteras virtuales: ¿cuáles no controlará ARCA, ex AFIP, en 2025?
Mas allá de la incógnita, lo cierto es que, a día de hoy, y a diferencia de lo que ocurre con PayPal, por estar radicada en Estados Unidos, y no contar on un convenio de intercambio de información con Argentina, todas las billeteras virtuales locales, registradas ante el Banco Central (BCRA), deben reportar información sobre sus usuarios a la ex AFIP.
La lista de billeteras virtuales a la que esto aplica está compuesta, entre otras, por:
- Mercado Pago
- Ualá
- MODO
- Cuenta DNI
- BNA+
- Brubank
- Personal Pay
- Naranja X
- Buepp
En este sentido, no hay excepciones. Desde 2019, las billeteras virtuales están obligadas a informarle a la hoy ARCA los movimientos y saldos de las cuentas de sus usuarios cuando superan ciertos montos, que en diciembre llega a los $400.000 para consumos o transferencias a terceros. Esto, a su vez, también aplica cuando el saldo al cierre del mes supera los $700.000.
Por otro lado, si el monto es igual o superior a $1.400.000, la billetera virtual deberá informar el tipo de transferencia (bancaria o virtual), el CBU o CVU utilizado, y el total transferido en pesos, según detalla el organismo en su sitio web oficial. De ser en dólares o criptomonedas, se realiza una conversión y se lleva adelante el mismo procedimiento.
Estos valores se actualizan cada seis meses sobre la base del coeficiente que resulta de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicado mes a mes por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Sin embargo, un hecho clave es que la próxima actualización se realizará en enero, tras la publicación del IPC de diciembre, y se aplicará en febrero.
Aunque, en un contexto de cambios, con un Gobierno Nacional que ha implementado desregulaciones principalmente en materia económica a lo largo de este año, cuyo aniversario se celebró este miércoles 10 de diciembre, estará por verse si estos controles se mantienen o, por el contrario, se flexibilizan en 2025.
Esto cobra relevancia ante el auge de las billeteras virtuales y los pagos digitales, como el QR, y una posible recuperación económica que podría generar mayores ingresos y, por ende, un incremento en las operaciones por encima de los niveles actuales.