El presidente Javier Milei rubricó el decreto 608 publicado en el Boletín Oficial. Todos los detalles sobre los cambios que se deben tener en cuenta
12.07.2024 • 15:15hs • Paquete Fiscal
Paquete Fiscal
El Gobierno reglamentó el blanqueo de capitales y modificaciones en Bienes Personales: qué se debe tener en cuenta
Luego de la promulgación de la reforma fiscal, el Gobierno reglamentó una parte de la ley 27.743 mediante el decreto 608 publicado este viernes 12 de julio en el Boletín Oficial. La misma abarca los cambios en Bienes Personales, el blanqueo de capitales y la moratoria para regularizar deudas.
Específicamente, el decreto 608 establece la creación de:
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un Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social
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la implementación de un Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior
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y la de un Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP)
Este decreto, que fue firmado por el presidente Javier Milei, también por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, indica que:
"En virtud de los cambios legislativos operados, resulta necesario adecuar la reglamentación de ciertas normas que han sido modificadas, así como también brindar precisiones sobre las medidas instauradas, a efectos de lograr una correcta aplicación de las nuevas disposiciones".
Cambios en los Bienes Personales: qué dice la reglamentación de la ley Fiscal
A través del decreto 608, se estableció un nuevo mínimo no imponible de Bienes Personales de $100 millones. No obstante, en el caso de la vivienda única y familiar (o casa habitación), esa suma aumentaría hasta la cifra de los $350 millones.
Además, se dispuso la creación del Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (Reibp), un esquema voluntario de pago anticipado. De esta forma, se podrá pagar el tributo con antelación para los períodos 2024-2027, con una alícuota de 0,45% anual.
El Gobierno reglamentó parte del Paquete Fiscal
Los que utilicen este régimen tendrán estabilidad fiscal hasta 2038. Además, quienes adhieran al blanqueo de capitales podrán aplicar al Reibp, con una alícuota unificada de 0,6%. Por su parte, las alícuotas a pagar serán iguales para los bienes radicados en la Argentina o el exterior.
Blanqueo de capitales: de qué se trata y hasta cuando está vigente
En cuanto a la creación del Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior, mencionada anteriormente, podrán adherir los sujetos residentes fiscales en el país al 31 de diciembre de 2023 y las personas humanas no residentes que hubieran sido residentes fiscales en el país antes de esa fecha, según detallaron.
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Se podrán blanquear hasta u$s100.000 no declarados sin pagar multas. Los montos mayores también podrán acceder al beneficio, pero deberán ingresar el dinero al sistema financiero antes del 31 de diciembre de 2025
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Los montos que superen los u$s100.00, y no ingresen el dinero antes del 31 de diciembre, pagarán alícuotas progresivas del 5%, 10% y 15%, (esto dependerá del momento en que se adhiera al régimen)
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Los bienes dentro de la Argentina, se podrán blanquear dinero en efectivo (pesos o dólares), inmuebles, acciones, cuotas y participación en sociedades, derechos de beneficiarios de fideicomisos o cuotapartes de fondos comunes de inversión; títulos, valores, acciones, bonos, entre otros, que coticen en bolsas o mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores; créditos; derechos y bienes intangibles
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Para bienes en el exterior, se podrán declarar dinero en efectivo o depositado en cuentas bancarias, inmuebles; acciones, cuotas y derecho de participación en sociedades, corporaciones, entes o vehículos y los derechos de beneficiarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios; títulos, valores, acciones, bonos, entre otros, que coticen en bolsas o mercados del exterior
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No podrán ingresar personas no residentes en la Argentina ni se podrán incorporar bienes a nombres de terceros.
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No podrán acceder quienes hayan ejercido cargos públicos en los últimos diez años, ni sus cónyuges, padres, hijos o hermanos
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No podrán acceder los principales contratistas del Estado
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No se podrán blanquear criptomonedas
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Quienes participen de este blanqueo no podrán inscribirse a blanqueos similares hasta el 31 de diciembre de 2038
Moratoria: qué es el régimen de regulación de obligaciones tributarias
Para finalizar, el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, tiene distintos beneficios dependiendo del tipo de deuda a regularizar y el medio de pago elegido.
Con esta moratoria se podrán regularizar deudas vencidas al 31 de marzo de 2024, en hasta 60 cuotas y con una tasa de interés de financiación fijada por el Banco Nación por trimestre hasta el 31 de diciembre de 2025.
Después de esto, se actualizará de forma semestral. El tiempo que hay para adherirse es de 150 días. Además, los honorarios de los asesores fiscales se reducen en un 50% para las deudas que se encuentren en proceso de discusión.
Al mismo tiempo, los contribuyentes que se adhieran al régimen no podrán reponer beneficios fiscales que hayan perdido.