El porcentaje de actualización que tendrán los límites de facturación del Monotributo a partir del 1 de enero próximo será de 33,55%, al sumar el índice de movilidad jubilatoria de septiembre y diciembre, y llevará a $5,6 millones el máximo para que los profesionales puedan seguir en el régimen simplificado.
Esa mejora será para casi todas las categorías de 72,44%, frente a una inflación que se estima ya en el 100%, por lo que más monotributistas pasarán al régimen general.
Las categorías A a la C tendrán 114,39% de actualización en 2022, si se suma la ley que mejoró el Monotributo a partir de julio y el índice de movilización previsional de septiembre y diciembre, que sumados dan 33,55%. De este modo, los monotributistas que están más abajo en la escala de ingresos no perderán con la inflación.
En tanto, la categoría D tendrá una actualización de 93,42% y el resto de las categorías hasta la K, se indexarán sólo por el 72,44%, por debajo del aumento del costo de vida.
El máximo de ingresos brutos para permanecer en el Monotributo, si se es profesional o prestador de servicios en general, será desde enero de $5.649.259,13 en la categoría H, y en el caso de venta de bienes, será de $8.039.330,30 en la categoría K.
En julio, una ley del Congreso había impuesto una mejora para que más pequeños contribuyentes pudieran permanecer dentro del Monotributo, que consistió una suba de los límites de ingresos brutos de las categorías de 60,53% en las categorías de la A a la C; de 44,82% para la categoría D, y de 29,12% para el resto de la escala.
Los nuevos topes de facturación tendrán que tenerse en cuenta en la recategorización que corresponderá a los monotributistas en enero próximo.
Monotributo: cada cuánto es la recategorización
La recategorización en el Monotributo es semestral y se realiza desde el día 1 hasta el 20 de los meses de enero y julio de cada año, respecto de cada semestre anterior (julio-diciembre y enero-junio, respectivamente).
Para completar la recategorización en el Monotributo, además de tener en cuenta la facturación también se considera el consumo de energía eléctrica, ingresos brutos, los alquileres devengados y la superficie destinada a la actividad según el cuadro completo con las categorías.
Cuando se haya modificado la categoría, es necesario acceder a la web de AFIP con la clave fiscal e ingresar a la sección del Monotributo.
Monotributo: cómo recategorizarse
Para iniciar la recategorización en el Monotributo se deben seguir los siguientes pasos:
Paso 1: el contribuyente debe ingresar al sitio web de AFIP o descargarse en su teléfono móvil la APP "Mi Monotributo"
Paso 2: ingresar su CUIT y clave fiscal, ingresar a la opción Monotributo (Adhesión y/o empadronamiento al Monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación).
Los distintos pasos de la recategorización llevan a que la AFIP indique la nueva categoría
Paso 3: se visualizarán los datos que AFIP tiene de ese usuario a título informativo.
Paso 4: ingresar en la opción "Recategorizarme".
Paso 5: luego pide que inserte el monto facturado los últimos doce meses. Es importante que coloquen la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido. Allí el sistema indicará si corresponde algún cambio en su categoría o no.
Monotributo: cómo verificar y cambiar la obra social del Monotributo
Una pregunta habitual que se formulan los monotributistas refiere a qué obra social tienen. Existen procedimientos que podés seguir para averiguar tu obra social en el Monotributo.
Puntualmente, al inscribirse en el régimen del Monotributo la persona puede optar por qué obra social quiere. Esto es muy importante ya que no podrá cambiar la opción elegida durante doce meses.
Pero no basta con el empadronamiento en el Monotributo de la AFIP para recibir el servicio de la obra social elegida, sino que además debe conseguir que esa obra social efectivamente lo afilie, indicó iProfesional.