ARCA, ex AFIP, pide los datos de los consumidores finales en compras con bancos y billeteras virtuales a partir de ciertos montos. Esto continúa en febrero
13.02.2025 • 08:21hs • FINANZAS PERSONALES
FINANZAS PERSONALES
ARCA te vigila al comprar con efectivo, tarjeta y QR: lo que hay que tener en cuenta en febrero
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanza, en febrero, con el control sobre los consumidores finales, quienes deben proporcionar sus datos personales si las compras que realizan superan ciertos montos, que varían según el medio de pago utilizado.
Cabe recordar que hace un mes, más precisamente el miércoles 15 de enero, la ex AFIP actualizó los montos a partir de los cuales, al pagar con efectivo o medios de pago digitales, como tarjetas y QR, es obligatorio que los datos personales estén detallados en el ticket o la factura de la operación.
Esta normativa aplica a todo tipo de operaciones de bienes y servicios, incluyendo compras en supermercados, centros comerciales y comercios de distintos rubros y tamaños.
ARCA, ex AFIP: los montos para identificar a los consumidores finales
Según estableció la ex AFIP, tras la última actualización (la próxima será en julio) basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, en febrero de 2025 los comprobantes iguales o superiores a $417.288 deberán incluir los datos de los compradores.
Este valor aplica a las operaciones realizadas mediante medios de pago electrónicos, como:
- Tarjeta de débito o crédito
- Tarjetas prepagas no bancarias
- Transferencias de pago
- Otros medios electrónicos habilitados por el Banco Central (BCRA)
Sin embargo, este límite se reduce a $208.644 cuando el pago se realice vía efectivo.
Si la compra supera ambos umbrales, los datos que ARCA exige en los comprobantes de pago son:
- Nombre y apellido
- Domicilio
- CUIT / CUIL / CDI o, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el caso de extranjeros, pasaporte o CI).
Quienes deseen realizar compras de mayor valor sin quedar 'bajo la lupa' de ARCA pueden considerar dividir las operaciones en montos menores a los límites establecidos.