El Gobierno avanzó en la regulación de empresas fintech que operan con Bitcoin y otras criptomonedas, al reglamentar el registro en la Comisión Nacional de Valores (CNV) y las pautas a cumplir para la prevención de lavado de dinero, y además de establecer un umbral para que los pequeños operadores puedan seguir operando.
Cuáles fueron las normas que reglamentaron a los exchange
"La CNV y la Unidad de Información Financiera (UIF) publicaron este lunes en Boletín Oficial la Resolución 994/2024 y 49/2024 en las que fijaron criterios para crear el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) y requisitos para la identificación y mitigación de riesgos de lavado", dice a iProUP la Cámara Argentina Fintech.
Desde la entidad agregan que "ambas resoluciones responden a la reforma de la Ley 25.246 de 'Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento para el Terrorismo', sancionada por el Congreso el 15 de marzo, en respuesta a cambios requeridos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)".
"Deberán inscribirse en el registro las personas humanas o empresas residentes en Argentina, o bien que no sean residentes, pero operen en Argentina y que realicen entre sus actividades: el intercambio de activos virtuales con monedas convencionales o de activos virtuales entre sí; su transferencia, custodia o administración; la provisión de servicios financieros vinculados a los activos virtuales", señala.
Cómo afecta esta normativa a los usuarios de Bitcoin
Las nuevas reglas para las operaciones con Bitcoin y otras criptomonedas afectan de distintas maneras a cada parte de la compraventa de los activos digitales.
"No hay consecuencias prácticas para nuestros usuarios: podrán seguir operando de igual manera que hoy. Nosotros, como empresa, por un lado, vamos a registrarnos en la CNV y, por otro, pondremos a disposición de la UIF los mecanismos para la prevención del fraude y del lavado de activos", afirma a iProUP Carlos Peralta, líder de Políticas Públicas de Bitso Argentina.
"Argentina dio un paso importante, ya que reconoce la importancia de la industria cripto, sienta las bases de un marco regulatorio que crea seguridad jurídica y se pone a la vanguardia de promover un sector innovador, que genera inversiones, empleo de calidad e inclusión financiera", añade.
Qué pasará con los pequeños operadores y P2P
Juan Pablo Friedenberg, Director de Asuntos Públicos en Lemon, afirma a iProUP: "En esta primera etapa, la regulación sobre Proveedores de Servicios de Activos Virtuales solo incluye a quienes se dedican como negocio, es decir en forma profesional y habitual, a la emisión, custodia, intercambio, compraventa" de estos instrumentos.
"La inscripción ante un registro frente a la CNV será solo para personas humanas o jurídicas que operen más de 35.000 UVA, que representan unos $27 millones por mes. Esto permitirá a las startups dar los primeros pasos sin asumir costos burocráticos asociados al registro, y exceptuar a la mayoría de personas humanas", dice la Cámara Fintech.
Además, Fridenberg remarca que "es destacable que existan umbrales por debajo de los cuales no se impongan exigencias desmedidas a pequeños operadores y startups".
"Los reguladores tienen claro que la regulación debe ser inteligente y gradual, ya que un marco que distorsione, asfixie, o encarezca mucho la actividad de PSAV registrados en el país impactará sobre el crecimiento del volumen de operaciones y fomentará el traslado de esas operaciones a otros ámbitos, desregulados o transfronterizos", asegura.
Qué falta para impulsar al mundo cripto en Argentina
"Esta ley debe complementarse con un capítulo tributario que vaya de la mano con la regulación, fomentando el crecimiento del ecosistema cripto y del empleo que genera, y que resulte equitativo con el tratamiento y beneficios impositivos que se le brinda a otros sectores regulados", advierte Fridenberg.
Los pequeños operadores o startups que operen menos de 35.000 UVA ($27 millones) al mes están exceptuados
"Desde hace más de un año que equipos técnicos de la Cámara trabajan en mesas de trabajo con la CNV y la UIF sosteniendo que, dada la naturaleza de los activos virtuales, un exceso de regulación implicará la paradoja de una mayor informalidad y tendencia a operar hacia exchanges extranjeros/desregulados", subraya la Cámara Fintech.
De lo contrario, "quedarían frustrados los objetivos pregonados por la normativa,afectando gravemente a la industria y a los usuarios de las más de 10 millones de cuentas de activos virtuales que usan para pagar, ahorrar e invertir su dinero", advierte.
"Por eso la Cámara está impulsando un nuevo marco tributario que ponga en igualdad de condiciones a los activos virtuales custodiados por PSAV registrados con otros activos financieros regulados por CNV, en tres impuestos nacionales: Ganancias, Bienes Personales e impuesto a los Débitos y Créditos", refuerza la Cámara.
Cómo afecta la competencia con exchange internacionales
"La creación de la figura del proveedor de servicios de activos virtuales genera un marco regulatorio por parte de la CNV, similar a lo que el BCRA efectuó con los proveedores de servicios de pago (PSP) poco tiempo después del auge de las billeteras virtuales", indica el abogado especializado en mercado de capitales y cripto Federico Tjor.
En este punto, resalta que "lo interesante es que establece la obligatoriedad de registración de sociedades extranjeras que presten servicios localmente, como sucede con los grandes jugadores del mercado, y prohíbe la inscripción de aquellos domiciliados en territorios no cooperantes o de alto riesgo según lo establece el GAFI", aclara.
Las exchanges deberán reportar a la UIF aquellas operaciones que consideren sospechosas de lavado o delitos financieros
Las personas humanas o jurídicas extranjeras deberán inscribirse cuando realicen una de las actividades propias de todo PSAV bajo cualquiera de las siguientes modalidades, enumera para iProUP MPB Partners:
- Utilicen cualquier dominio .ar para llevar a cabo sus actividades u operaciones
- Tengan acuerdos comerciales con terceros, subsidiarias o vinculadas para recibir localmente fondos o activos de residentes argentinos para la realización de actividades u operaciones (servicios de rampa)
- Tengan un claro direccionamiento a residentes en la República Argentina
- Efectúen publicidad claramente dirigida a usuarios del país
- Su volumen de negocios en Argentina exceda del 20% del total (sólo se considerarán las actividades por las que debe inscribirse en el Registro de PSAV)
Qué datos deberán aportar las empresas al registro
"Las exchanges deberán informar su denominación o razón social; CUIT, CDI o clave de identificación; estatuto social vigente; representante legal o apoderado; domicilio legal y domicilio donde se realiza la actividad: teléfono; correo electrónico; sitio web; identificación de su actividad principal y cual/es de las fijadas como criterio para ser PSAV realizan", apunta la Cámara Fintech, y comenta:
- Si bien el registro no implica licencia otorgada por parte de la CNV, los PSAV deberán indicar su condición y número de registro en sus redes sociales, su web y cualquier comunicación pública
- En términos de las obligaciones con la UIF, la normativa establece un enfoque de riesgo. Es decir, fija criterios para definir si una operación ejecutada o tentada por el cliente fuera utilizada para el LA/FT/FP (lavado, financiacimiento del terrorismo o proliferación de armas), muy similares a cualquier otro Sujeto Obligado y en base a los estándares del GAFI de operatoria de los PSAV
- La norma fija un plazo de 45 días para la inscripción en el registro de CNV y, una vez realizada, 30 días para registrarse como Sujetos Obligados ante UIF
Con esta reglamentación por parte de la CNV y la UIF, el Gobierno avanza en la regulación de los exchange de criptomonedas.