La Agencia Tributaria de Misiones (ATM) adoptó la adhesión al SIRCUPA, un sistema de supervisión de billeteras virtuales desarrollado por la Comisión Arbitral de Ingresos Brutos.
Como resultado, se implementó un impuesto a los Ingresos Brutos que se aplica a todos los contribuyentes que reciben pagos o transferencias digitales. La tasa del impuesto varía entre 1,2% y 4%, según el monto acreditado en la cuenta del contribuyente.
El Ministerio de Hacienda indicó que, debido a la falta de adhesión de la Agencia Tributaria de Misiones al Sistema de Control y Recaudación de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), las retenciones fiscales aplicadas son mínimas y limitadas.
"En noviembre de 2022 ATM se adhirió al SIRCUPA conforme términos de la Comisión Arbitral su Resolución General 09/22. Se implementó el sistema informático unificado de la misma desde diciembre de 2022 y desde ese momento se aplica el descuento determinado por la Comisión", aclararon desde la ATM a Primera Edición.
Y agregaron: "A partir de este mes de julio no existe ninguna modificación, se mantiene todo igual que en diciembre".
Según la Agencia Tributaria de Misiones, las tasas impositivas varían en función del riesgo fiscal, siendo de 1,2% para aquellos contribuyentes considerados de bajo riesgo, del 2,5% para los contribuyentes en general y del 4% para aquellos considerados de alto riesgo.
Se implementó un impuesto a los Ingresos Brutos que se aplica a todos los contribuyentes que reciben pagos o transferencias digitales.
Sin embargo, es el sistema establecido por la Comisión Arbitral el encargado de determinar el criterio para la clasificación.
De qué se trata el SIRCUPA
Se trata del sistema de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicado a las plataformas de billeteras digitales, establecido por la Resolución General 9/2022 de la Comisión Arbitral de Convenio Multilateral.
La resolución fue publicada en el Boletín Oficial el 16 de agosto de este año.
Esta medida impacta en aquellos individuos o empresas que se dediquen a la venta de bienes o servicios y reciban pagos a través de medios electrónicos, plataformas digitales, aplicaciones o dispositivos móviles.
Estas personas deben estar registradas en el Impuesto a los Ingresos Brutos de las provincias que se adherieron a la normativa. Asimismo, también se aplica a los contribuyentes que operen bajo el régimen de Convenio Multilateral y realicen transacciones con las jurisdicciones afectadas.
Para verificar si una empresa se encuentra alcanzada por esta medida, se deberá acceder al sitio web: https://sircreb.comarb.gob.ar/sircreb/contribuyente/.
El sistema SIRCUPA, es un sistema de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicado a las plataformas de billeteras digitales.
Allí se debe ingresar el número de CUIT y seleccionar el período que se desea consultar, por ejemplo: 202210 (correspondiente a octubre de 2022).
Las plataformas de billeteras virtuales como Mercado Pago, Ualá, Modo, Naranja X, entre otras, son responsables de recolectar el impuesto.
La tasa impositiva que aplican se establece mensualmente a través de un listado de contribuyentes que se publica en línea. Estas plataformas se encargan de calcular y retener el impuesto correspondiente de acuerdo con las alícuotas establecidas en dicho padrón.
Dentro de este registro se incluirán:
- número de CUIT
- nombre o razón social
- jurisdicción
- período
- código de redundancia
- letra que indicará la tasa de retención correspondiente aplicable a cada contribuyente
Se especifica en el sistema que el contribuyente no sufre una pérdida de los fondos retenidos, ya que dichos montos retenidos se considerarán como un pago anticipado para el período correspondiente al mes en que se realizó la retención.
Además, los extractos de cuenta emitidos por los agentes constituirán la única y suficiente evidencia de la retención realizada.
Plataformas como Naranja X, Mercado Pago, Ualá, Modo, entre otras, son remposables de recolectar el impuesto.
Como consecuencia de esta situación, a partir de mayo de 2022, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó que las plataformas de billeteras digitales están obligadas a reportar las transacciones de sus usuarios cuando superen la suma de $30.000.
Esta medida se implementó con el objetivo de equiparar el tratamiento regulatorio entre las cuentas bancarias tradicionales y las billeteras digitales, al buscar establecer un marco normativo uniforme para ambas modalidades de almacenamiento y movimiento de fondos.