La Administración Federal de Ingresos Públicos notifica a las billeteras virtuales que informen sobre las operaciones de sus usuarios
04.03.2024 • 19:00hs • Economía
Economía
Cuánto dinero puedo transferir en Mercado Pago sin declarar a la AFIP en marzo 2024
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció las normativas sobre la cantidad de dinero que se puede transferir a través de Mercado Pago sin necesidad de declarar en marzo de 2024.
La billetera virtual, usada por más de 40 millones de argentinos, es una de las aplicaciones más populares de la Argentina, gracias a su amplia gama de beneficios que brinda.
Por esta razón, el organismo tributario recibe un trato semejante al de los bancos, por lo que debe informar sobre los depósitos a plazo fijo, las acreditaciones, las extracciones y los saldos de las cuentas que superan determinados montos.
AFIP: cuánto dinero puedo transferir en Mercado Pago sin declarar
Según las regulaciones vigentes, los usuarios de Mercado Pago y otras billeteras pueden transferir o depositar hasta $400.000 sin la obligación de declararlo a la AFIP.
Al mismo tiempo, tienen la responsabilidad de reportar movimientos a partir de los siguientes montos específicos:
- Ingresos y/o egresos totales durante el período de informe: igual o superior a $120.000
- Saldos al último día hábil del mes informado, iguales o superiores a $200.000
En caso de exceder los montos fijados por AFIP, el contribuyente puede ser contactado para proporcionar documentación que respalde los fondos solicitados, como facturas, recibos de sueldo o certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.
AFIP permite transferencias no mayores a $400.000 sin declarar en Mercado Pago
AFIP: por qué fija montos a las operaciones con billeteras virtuales
La implementación de estos límites tiene como objetivo principal garantizar la transparencia y la adecuada tributación de las transacciones ejecutadas mediante plataformas digitales como Mercado Pago.
Es por eso que la AFIP emplea esta información con el fin de fiscalizar las actividades de los usuarios y prevenir discrepancias en las presentaciones de documentación financiera.
La normativa establece que el organismo tiene la potestad de recopilar los registros de posesiones de cada usuario en territorio nacional de los últimos cuatro años, así como los saldos bancarios y las compras anuales de moneda extranjera, principalmente el dólar.