El Gobierno decidió, mediante una resolución dictada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y publicada en el Boletín Oficial, beneficiar a las empresas alcanzadas por la ley de Economía del Conocimiento con la eliminación del pago de retenciones a la exportación.

De esta manera, se reglamentó la reducción a cero de la alícuota del 5% para las firmas exportadoras de servicios que están alcanzadas por la norma.

Así, la nueva resolución establece en 0% el derecho de exportación para prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, siempre que sean efectuadas por los inscriptos en el "Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento".

"Las modificaciones a la ley otorgaron un carácter más progresivo, equitativo, federal y solidario", explicaron desde la AFIP.

 

Cómo acceder al beneficio

Las empresas que quieran acceder a este beneficio, deben estar inscriptas en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento (Registro EDC).

Para las beneficiarias del Régimen de Promoción de la Industria del Software que hayan ratificado su voluntad de continuar con la adhesión al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, la alícuota cero será aplicable a las exportaciones realizadas a partir del 22 de diciembre de 2020, inclusive.

Además AFIP pondrá a disposición de las compañías las nuevas declaraciones juradas, contenidas en el formulario F.1318, para que los sujetos alcanzados presten conformidad.

Las cámaras empresarias del sector presentaron en febrero pasado un plan de trabajo que prevé generar en una década medio millón de puestos de trabajo y exportaciones del orden de los u$s10.000 millones anuales.

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