Una de las herramientas tecnológicas que mayor protagonismo cobró a partir de la pandemia fue la firma digital. Su mayor virtud es el impacto que puede llegar a tener tanto en lo social y económico.
La masificación de su uso ahorraría muchas horas de fila y reemplazaría reuniones enteras con un clic. Además, permitiría que todos podamos recibir un mejor y más eficaz servicio en muchos de los trámites que realizamos día a día.
La firma digital principalmente se utiliza para hacer declaraciones impositivas, notificaciones judiciales, operaciones bancarias, contratos a distancia y documentos de comercio exterior. Esto representa un avance trascendental, especialmente, para los abogados, contadores y escribanos que pueden agilizar este tipo de tareas burocráticas.
Este ahorro de tiempo se logra sin perder seguridad ni validez en el proceso. La firma digital permite identificar al firmante de manera fehaciente, asegurar que el contenido del documento no fue modificado luego de la firma, tener garantías de que se realizó bajo el control del firmante y demostrar el origen y la integridad del mensaje.
En la República Argentina, el Congreso de la Nación sancionó la ley N° 25.506 de firma digital, que establece que los documentos electrónicos firmados digitalmente tienen la misma validez jurídica que aquellos firmados de forma manuscrita. Para que sea válida, la firma digital puede ser certificada por entidades estatales, como la Autoridad Certificante de la Administración Pública y el Ministerio de Modernización, o por privados que cuentan con una licencia especial, como Box Custodia de Archivos, Digilogix, Encode y Lakaut.
Para validar que sea única, genuina y verificada, la firma digital utiliza una serie de operaciones matemáticas. Se sostiene sobre dos pilares fundamentales: un método que hace imposible la alteración de la firma y una infraestructura que permite certificar la identidad del firmante.
Las ventajas que ofrece no son exclusivas de los profesionales. Cualquier argentino puede tener su firma digital -que es gratis para las personas humanas- y utilizarla en los documentos que necesite presentar en cualquier tipo de actividad, ya sea frente a autoridades públicas o privadas.
Según la ley, toda firma digital pertenece al titular del certificado digital que permite su verificación, salvo que se pruebe lo contrario.
A su vez, la firma digital y la electrónica son diferentes. La firma electrónica es aquella utilizada por el firmante de un documento para identificarse. Por ejemplo, la firma de un email, un PDF de la firma ológrafa o la foto de una firma ológrafa. En este caso, el firmante debe probar su autenticidad. Esto se debe a que no utiliza cifrado, sino que es una representación de la manuscrita.
De todos modos, ni la firma manuscrita ni la digital tienen la misma fuerza jurídica que la certificada por escribano. Por eso, es importante destacar que también es posible certificar notarialmente una digital.
La firma digital es un gran avance que da cuenta del camino que se está recorriendo para innovar y agilizar la forma en la que se realizan trámites. Este tipo de desarrollos no son menores, ya que impactan en el día a día de las personas en su ámbito profesional, para la realización de actividades económicas y, en muchos casos, para facilitar el acceso a la Justicia.
*Por Ezequiel Braun Pellegrini, fundador y CEO de Brevity