La AFIP modifica el procedimiento de generación del Volante Electrónico de Pago (VEP).
Así lo establece la Resolución General 4577/2019 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La flamante norma establece que para cancelar obligaciones mediante transferencia electrónica de fondos se deberá:
1. Ingresar al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos" que se encuentra disponible en el sitio web de la AFIP, mediante la utilización de la Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 como mínimo, o a través del sitio web de los prestadores homologados por el fisco nacional.
2. Generar el volante electrónico de pago (VEP) por alguna de las siguientes opciones:
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2.1. "Nuevo VEP": en esta opción deberán especificarse las obligaciones a cancelar para lo cual se completarán los datos relativos a la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Clave Única de Identificación Laboral (CUIL), período, impuesto, concepto, subconcepto e importe, y cuando corresponda, otros datos identificatorios del pago.
2.2. "VEP desde Deuda": en esta opción el sistema desplegará el detalle de las distintas obligaciones adeudadas por cada uno de los períodos fiscales y para ello se deberá seleccionar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) con la que se desea operar.
2.3. "VEP desde Vencimientos": en esta opción el sistema informará el detalle de las distintas obligaciones próximas a vencer. A tal fin se deberá indicar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) con la que se desea operar.
2.4. "VEP desde Archivo": en esta opción se deberá seleccionar el archivo a utilizar, confeccionado de acuerdo al diseño de registro, validaciones y demás condiciones publicadas en el micrositio "Formas de Pago" del sitio "web" institucional.
En todos los casos, el volante electrónico de pago (VEP) generado estará identificado con un número unívoco y deberá ser cancelado íntegramente en un solo pago aunque contenga más de una obligación.
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3. Elegir la entidad de pago que se utilizará para cancelar el volante electrónico de pago (VEP) generado.
4. Acceder al sitio web de la entidad de pago elegida o del banco habilitado y efectuar el pago del volante electrónico de pago (VEP) generado.
No obstante la opción utilizada para generar el volante electrónico de pago (VEP), a efectos de incorporar nuevas obligaciones fiscales a cancelar, se podrá seleccionar "Agregar otro VEP", debiendo realizar nuevamente los pasos descriptos en los puntos anteriores, según corresponda.
El sistema generará un "VEP Consolidado" o "VEP Múltiple", de acuerdo con el caso, el cual contendrá asociadas las obligaciones incluidas.
Los contribuyentes y/o responsables deberán poseer una cuenta bancaria en pesos desde la que se autorizará el pago por débito en cuenta.
Para los "Impuestos-Conceptos" especialmente autorizados, la cancelación también se podrá realizar con tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago electrónico admitido por el Banco Central de la República Argentina y habilitado por la AFIP.
Asimismo, podrá generarse el volante electrónico de pago (VEP) en forma automática desde otros servicios con Clave Fiscal en los cuales se encuentre disponible dicha opción.