El Sirtac anunció la nueva medida en adhesión a los cambios establecidos en la resolución 11/2024 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral
17.12.2024 • 18:10hs • Regulaciones 4.0
Regulaciones 4.0
El Gobierno cambia el sistema de propinas electrónicas para todas estas provincias
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral resolvió que las 19 provincias adheridas al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (Sirtac) deberán excluir las propinas, recompensas o gratificaciones canalizadas por medios electrónicos de la base de cálculo del Impuesto a los Ingresos Brutos.
Las modificaciones se realizaron en adhesión a la medida tomada hace cuatro meses por el Gobierno.
El Sirtac es un sistema creado en 2019 que busca unificar y simplificar las retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en operaciones de comercio electrónico pagadas con medios digitales.
La medida formaliza, desde el punto de vista administrativo, la extensión de las propinas del cobro de tributos en el sector provincial.
La obligación de ofrecer propina electrónica en los comercios rige desde el 14 de noviembre de 2024. Sin embargo, el Gobierno suma nuevas regulaciones para mejorar su implementación.
Las 19 provincias que forman parte del Sirtac y deberán realizar realizar esta modificación son:
- Buenos Aires
- Catamarca
- Chaco
- Chubut
- Córdoba
- Entre Ríos
- Formosa
- Jujuy
- La Rioja
- Mendoza
- Misiones
- Neuquén
- Río Negro
- Salta
- San Juan
- San Luis
- Santa Cruz
- Santiago del Estero
- Tierra del Fuego
Nuevas medidas regulatorias del gobierno de Javier Milei
La adhesión se formalizó a través de la resolución 11/2024 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977, que coordina el cobro y la gestión del impuesto entre las provincias.
Puntualmente, las modificaciones se detallan en el punto 8 del artículo 2° del Anexo 1 de la Resolución general CA2/2019.
La medida precisa que la base de retención será el monto total pagado, exceptuando propinas, recompensas o gratificaciones que el consumidor pague por productos o servicios, siempre que estas se canalicen por medios de pago incluidos en este régimen y estén claramente identificadas y desglosadas.
Además, los cambios se establecieron conforme a los lineamientos del DNU 731/2024, por el que el Gobierno habilitó el pago de propinas por medio de tarjetas de crédito o débito.
Este decreto aplica a comercios y/o establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines, expendedores de combustible, entregas a domicilio y demás actividades en cuyas relaciones de consumo sea costumbre otorgar o recibir propinas".
Por su parte, las regiones que cuentan con regímenes distintos son Buenos Aires, Corrientes, La Pampa, Santa Fe y Tucumán y se pueden adherir a la medida nacional de forma individual.