La figura del creador de contenido podría estar en peligro. El advenimiento de lasnuevas formas creativas abre un universo en el que el derecho de autor tiene sus límites cada vez más difusos.
Y surge la duda: ¿hasta qué punto la creación deja de ser original y cómo se puede comenzar a interpretar los derechos de autor cuando interviene la inteligencia artificial (IA)? Para que sea protegida la obra intelectual, requiere que sea una creación integral, humanamente perceptible, completa y con cierto grado de originalidad.
"Por supuesto que no tiene un alcance absoluto, ni requiere que su inspiración se encuentre libre de toda influencia ajena", comenta a iProUP María Jose Rodríguez Macias, abogada especialista en propiedad intelectual y socia del estudio Brons & Sala.
La experta resalta que la obra debe ser el resultado de un trabajo o actividad intelectual creadora que lleve la marca de la personalidad, iniciativa y esfuerzo de la inteligencia y sensibilidad de su autor.
Así, plantea que esa impronta puede no ser personal sino el resultado de un proceso que elabora infinidad de creaciones sobre la base de antecedentes inspiradores y que no infringe los derechos de las obras previas que sirvieron de base en la medida que no las reproduce total o parcialmente.
Inteligencia artificial: ¿cuándo la obra es original?
"Hay algunas discusiones sobre propiedad intelectual muy interesantes en el mundo que aún no fueron claramente resueltas", relata Ezequiel Braun Pellegrini CEO de Brevity.
Por un lado, ¿puede una inteligencia artificial ser titular de una propiedad intelectual? Hay jurisprudencia interesante en EEUU y Reino Unido.
"Se dictaminó que una IA no puede ser titular de una invención, lo que coincide con la lógica de que no es un sujeto de derechos, y que sólo pueden ser inventores los humanos", menciona.
Por otro lado, se debate si el individuo que usó la IA en forma exclusiva es titular de su invención. En países como EEUU, por ejemplo, se dictaminó que no. Además, cuando se recopilan datos para entrenar algortimos pueden usarse obras protegidas, como literatura, arte, música, etcétera.
El uso de tales datos debe realizarse respetando las leyes de propiedad intelectual aplicables, lo que puede implicar obtener permisos o licencias para utilizarlas.
"Es posible que el uso de obras protegidas para entrenar una IA pueda estar amparado por excepciones como el uso justo (fair use) en Estados Unidos o el uso legítimo en otros países", remarca Rodríguez Macias.
En estos casos, se permite el uso sin autorización del titular de los derechos en determinadas circunstancias, por ejemplo, si tienen por finalidad educación o investigación.
Inteligencia artificial: antecedentes legales
La Unión Europea aprobó en diciembre la Ley de Inteligencia Artificial para garantizar la seguridad y el respeto de los derechos fundamentales, al tiempo que impulsa la innovación. Así, el bloque tuvo la primera normativa integral del mundo sobre la materia.
"El Parlamento Europeo informó que su prioridad es garantizar que los sistemas de IA utilizados en la UE sean seguros, transparentes, trazables, no discriminatorios y respetuosos con el ambiente", indican a iProUP desde el Observatorio Blockchain.
Estos avances hacen que la barrera entre creación original o meramente artificial se vuelva cada vez más difusa. Plataformas como ChatGPT, Dall-E, Stabillity.IA, Midjourney y Devianart permiten crear obras a partir de otras existentes.
El banco de imágenes Getty Images ya inició una demanda en febrero de 2023 contra Stability AI al acusarla de utilizar millones de fotos sin autorización para su plataforma Stable Diffusion.
La defensa de Stability AI argumentó la falta de jurisdicción legítima del tribunal de Delaware, solicitando la transferencia del caso al Distrito Norte de California, donde se presentó una acción colectiva contra las filiales estadounidense y británica de la empresa, Stability US y Stability UK, respectivamente, por hechos similares.
Inteligencia artificial: ¿quién cobra por las obras?
Los grandes modelos de lenguaje (LLM, por sus siglas en inglés), como GPT-3-5-turbo de OpenAI o Claude 3 de Anthropic pueden ayudar a generar un sinfín de contenido basado en lenguaje natural: desde componer canciones hasta resumir libros o generar análisis estadísticos, entre otras tareas.
Dall-E o Midjourney pueden generar imágenes desde mundos totalmente fantásticos a partir de ilustraciones por todos conocidas como el Taj Majal o el Bing Beng. Estos modelos no solo pueden generar una versión, sino múltiples para un mismo pedido. Un caso viral fue la creación de póster de películas al estilo Pixar pero las mascotas de los usuarios.
"Todos estos modelos funcionan a través de lo que se llama system prompt (SP), que no es más que una serie de instrucciones que se desarrollan para brindarles como entrada a los modelos para obtener la salida que imaginamos", indica a iProUP Juan Santiago, CEO de Santex.
El directivo aclara que existe todo un proceso creativo por parte de las personas para generar aquello que buscan y también iterativo, ya que muchas veces la primera versión no devolverá el resultado esperado.
Con respecto a la propiedad intelectual, señala que "la lógica indicaría que lo que hay que modificar quizás es la discusión de la autoría, que desaparece cuando el modelo económico cambia". Es decir, si se utiliza un artículo del New York Times, debería existir un modelo económico que lo retribuya por el uso.
"Hay gente que está generando materiales sobre contenido propietario de otros autores, sin hacerlos participar económicamente", resalta Santiago, quien recuerda que esto mismo sucedió en un principio con Spotify y las canciones, pero se resolvió de una manera muy distinta.
"No hizo una plataforma con canciones de distintos artistas y estableció una suscripción por escucharlas para quedarse solo ellos se quedaban con el dinero", menciona el ejecutivo, quien acota que se sentó a negociar con las discográficas para que pacten con los artistas.
Entonces, refuerza, "cuando se destrabó eso, no hubo más discusión de autoría", detalla Santiago, quien remarca que debe remunerarse la idea de una obra antes que el hecho fáctico de su elaboración.