Después de la actualización de los montos vigentes del Régimen de Simplificado para Pequeños Contribuyentes durante el mes de enero, el Gobierno prepara una nueva escala para presentar en el Congreso de la Nación.
Estos cambios impactarían en la próxima recategorización al monotributo en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). En el caso de que haya una nueva escala, los contribuyentes que cuenten con 6 meses de actividad o más deberán ver sus números para realizar posibles modificaciones en el siguiente período de recategorización para saber si mantienen la categoría en la que se encuentran o deben cambiarla.
Razones para revisar si toca recategorizarse o no
Una duda lógica entre los contribuyentes que nunca realizaron el trámite o no cuentan con el asesoramiento de un contador es en qué casos es necesario hacerlo. Quienes presenten cambios en los ingresos, alquileres, superficie del local o energía consumida deberán revisar su situación.
"También se evalúa si durante el último año tus ingresos brutos superaron el tope máximo de tu categoría actual o, por el contrario, quedaron por debajo del mínimo, debes recategorizarte", explica a iProUP la contadora Liliana Culjak.
Los períodos de recategorización suelen darse en enero y julio, generalmente del 1 al 20 de cada mes. En esa etapa es que debe evaluarse la actividad de los últimos 12 meses.
"Una buena forma de no tener sorpresas desagradables es revisar periódicamente las nuevas escalas de facturación del Monotributo para asegurarte de que tu categoría actual se ajusta a tu realidad", aconseja el contador Lucas Strasorier.
El profesional menciona a iProUP algo que no por obvio es menos importante: "Lo ideal es no esperar a último momento para recategorizarse. Hacerlo con tiempo suele evitar dolores de cabeza y pérdida de tiempo y plata".
En el 2024, el Gobierno permitió realizar el trámite hasta el 5 de febrero. Se desconoce si ocurrirá lo mismo en la próxima ventana, correspondiente a julio.
El paso a paso para cambiar de categoría es el siguiente:
- Ingresar a la página web oficial de la AFIP.
- Acceder a la sección Monotributo con CUIL/CUIT/CDI y con la Clave Fiscal.
- Seleccionar la opción Recategorización.
- El sistema va a mostrar la categoría vigente y los topes máximos.
- Seleccionar el ítem de Continuar recategorización.
- Informar la facturación total de los últimos doce meses.
- Ingresar la información correspondiente a la actividad personal, según lo requiera el sistema, para recurrir a la nueva categoría.
- De forma automática, el sistema mostrará la categoría correspondiente.
- Revisar los montos y la información.
- Seleccionar en Confirmar Categoría.
Recategorización de oficio
La recategorización de oficio es una herramienta que utiliza la AFIP para verificar que los monotributistas se encuentren en la categoría correcta.
"Significa que, si la AFIP detecta que tus ingresos o gastos han aumentado y no has cambiado de categoría, o si la nueva categoría que elegiste es incorrecta, te puede recategorizar de manera automática", detalla a iProUP Culjak.
La AFIP tiene la lupa puesta sobre los movimientos bancarios y las compras con tarjeta de crédito de los monotributistas. Si detectan que tus ingresos son mayores a los que declaraste para tu categoría actual, ¡te pueden recategorizar de oficio!
La recategorización en el Monotributo se realiza de forma automática por la AFIP en los meses de agosto y febrero. Los contribuyentes pueden consultar la nueva categoría asignada a partir del primer día hábil de cada uno de esos meses.
Para saber su fuiste recategorizado hay que acceder al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) con el CUIT y clave fiscal. En el DFE, los contribuyentes encuentran un apartado específico donde se informa la nueva categoría, la fecha en que se realizó la recategorización y los motivos que la originaron.
¿Qué hacer si la AFIP me recategoriza sin aviso y no corresponde?
Si la AFIP te recategoriza de oficio, te notificará por correo electrónico o a través de tu domicilio fiscal. Tendrás 10 días hábiles para aceptar la recategorización o presentar un descargo.
"Si no estás de acuerdo con la recategorización, podés presentar un descargo. En el descargo, tenés que explicar por qué crees que la recategorización es incorrecta. Hay que presentar pruebas que respalden ese descargo, como facturas, recibos, contratos", puntualiza Strasorier.
Los topes de facturación anual para 2024, según la categoría, quedaron del siguiente modo:
- Categoría A: $2.108.288,01
- Categoría B: $3.133.941,63
- Categoría C: $4.387.518,23
- Categoría D: $5.449.094,55
- Categoría E: $6.416.528,72
- Categoría F: $8.020.660,9
- Categoría G: $9.624.793,05
- Categoría H: $11.916.410,45
- Categoría I: $13.337.213,22
- Categoría J: $15.285.088,04
- Categoría K: $16.957.968,71