En Argentina, conseguir empleo en un supermercado como Coto es una puerta de entrada al mercado laboral, especialmente en el sector del Comercio, que se destaca por ofrecer salarios atractivos, beneficios laborales y seguridad social.
Sin necesidad de contar con un título universitario ni experiencia previa, es posible obtener ingresos competitivos.
Coto, como una de las principales cadenas de supermercados en el país, es un empleador de referencia en este sentido.
Detalles de los sueldos en Coto
El salario mensual de un empleado en Coto puede variar significativamente según varios factores, como su cargo, antigüedad y horas extras.
Además, los acuerdos salariales en las paritarias también tienen un impacto en los ingresos de los empleados.
La mayoría de los trabajadores de Coto se rige por las escalas salariales del sindicato de Comercio, uno de los más grandes de Argentina con más de 1,2 millones de afiliados.
En la última negociación paritaria, se acordó un aumento del 27% dividido en tres partes, lo que resulta en un incremento salarial adicional para cajeros y empleados de Coto en septiembre.
Como referencia, estos son algunos salarios en Coto para septiembre según revelan desde iProfesional, teniendo en cuenta el último aumento y sin considerar ingresos variables:
- Maestranza: Categoría A: $264.190,20 / Categoría B: $264.955,01 / Categoría C: $267.634,51
- Administrativos: Categoría A: $267.060,91 / Categoría B: $268.210,13 / Categoría C: $269.358,01 / Categoría D: $272.803,66 / Categoría E: $275.674,37 / Categoría F: $279.885,49
- Cajeros: Categoría A: $268.017,58 / Categoría B: $269.358,01 / Categoría C: $271.080,83
- Auxiliares: Categoría A: $268.017,58 / Categoría B: $269.931,61 / Categoría C: $276.248,64
- Auxiliares especializados: Categoría A: $270.315,36 / Categoría B: $273.760,34
- Vendedores: Categoría A: $268.017,58 / Categoría B: $273.761,01 / Categoría C: $275.674,37 / Categoría D: $279.885,49
Feriados en el Comercio: ¿cuánto se paga si se trabaja?
La legislación argentina establece que en los días feriados nacionales, se aplican las mismas normas que en los días de descanso dominical. Los trabajadores que no descansan en esos días reciben el salario correspondiente al feriado, incluso si coincide con un domingo. Además, si trabajan en un feriado, tienen derecho a un recargo del 100% sobre su jornada laboral normal.
El Día del Empleado de Comercio conmemora la Ley N° 11.729 de 1934, que estableció la estabilidad laboral, la indemnización por despido injustificado y las vacaciones pagadas para los trabajadores del sector. Esta ley fue suspendida durante la última dictadura y restaurada en 2010, designando el 26 de septiembre como el día de descanso para los empleados de comercio