La pugna por el decreto de necesidad y urgencia que estableció a las telecomunicaciones e Internet como "servicios públicos" suma un nuevo episodio.
Esta vez, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de Argentina le dio un revés al Gobierno y dio lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa Telefónica en contra del decreto de necesidad y urgencia 690.
Se trata de la segunda instancia que se da a 16 meses de la declaración de las telecomunicaciones como servicio público. La primera instancia había sido desestimada.
De esta manera, la compañía quedó exceptuada de cumplir con los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto y también declara la inaplicabilidad de la resolución 1466/2020, que disponía límites máximos en los aumentos; la 203/2021, de adecuación de precios minoristas para proveedores de servicios móviles; y de la 204/2021, de adecuación de precios minoristas para otros servicios, entre otros.
El fallo tuvo coincidencias con las medidas cautelares similares que dictó previamente la Sala II de la Cámara Federal y la Justicia federal de la provincia de Córdoba para Telecom, DirecTV, Telecentro y la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC).
Primer fallo en contra de Telefónica
En la primera instancia de este episodio, el revés había sido para Telefónica. En septiembre, la titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal n° 5, María Alejandra Biotti, había rechazado el pedido cautelar solicitado por las firmas Telefónica de Argentina S. A. y Telefónica Móviles Argentina S. A. El grupo español quería que se declarase nulo e inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20 y de tres resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).
En este caso, Telefónica pidió además la inconstitucionalidad del artículo 14 de la ley 26.122 de "régimen legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia, de delegación legislativa y de promulgación parcial de leyes".
A través del polémico DNU, el presidente Alberto Fernández había declarado como servicios públicos esenciales a los servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), además del acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios y licenciatarias de servicios TIC.
La norma del Gobierno fue pronto cuestionada en distintos tribunales por las distintas empresas prestadoras de servicios, con resultados varios, a favor y en contra del DNU. De esta forma, es esperable que, tarde o temprano, la cuestión escale hasta la Corte Suprema.
La jueza Biotti había indicado en ese entonces que en la demanda no se cumple con la acreditación de la existencia de un daño que pudiera producirse durante el transcurso de la causa que torne la decisión a tomar como de imposible cumplimiento, por lo que no considera cumplido el peligro en la demora.
En este sentido, la magistrada indicó que el asunto excede ostensiblemente el instituto cautelar, ya que las cuestiones planteadas (inconstitucionalidad y arbitrariedad) importarían necesariamente avanzar sobre la cuestión de fondo.
Asimismo, Biotti resaltó que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional que debe ser visto como ultima ratio del ordenamiento jurídico y que, además, debe recordarse la presunción de legitimidad de que gozan los actos administrativos y las leyes cuando fueron dictados de acuerdo con los mecanismos previstos en la Constitución Nacional.
Pérdidas y desinversión: batalla entre el Gobierno y las telcos
Que la conectividad ya es el eje central de nuestras vidas es un hecho innegable. Que la Capital Federal y los grandes centros urbanos viven el tema del acceso a Internet de manera diferente que el interior del interior, también.
Desde el Gobierno consideran que la brecha digital que hay en Argentina es alarmante porque en algunos lugares, como Formosa o la Patagonia, la conectividad a Internet no llega al 30% o 40%.
Pero para las empresas de telecomunicaciones, la solución no es declarar a Internet como servicio público ya que sería un error que favorecerá la desinversión por lo que no se generaría la tan ansiada universalización del acceso como pretende el Gobierno.
Para el Enacom, este argumento es "falaz": las empresas no pueden dejar de cumplir con sus obligaciones de inversión y además, dicen, no se frenan los desembolsos si el contexto macro-económico es favorable.
Con respecto a los aumentos de precios, el Gobierno asegura que las empresas pretendían y aplicaron un incremento para recuperar el 2020 en donde tuvieron tarifas congeladas, pero que lo que hay que discutir es el 2021 y dar por perdido el año de la cuarentena, "como están haciendo todas las paritarias de todos los sectores".
No acceder a la red significa que las personas quedan excluidas del sistema educativo, de salud, del trabajo y economía del conocimiento.
Según explicó hace unos meses Gustavo López, vicepresidente del Enacom, a iProfesional, el gran objetivo es que las empresas no puedan aumentar si no justifican dicho incremento.
Además, que el ente regulador sea una mediación entre la empresa y el usuario, porque consideran que los clientes de las empresas telco están muy desprotegidos: "El usuario no tenía quien lo defienda".
"El 690 pretende decir que Internet es un servicio público imprescindible y no se puede aumentar sin que la empresa justifique y sin autorización", explica López.
La "justificación", según el funcionario, tiene que ver con: costos, inversión y tasa de ganancia, costos directos, indirectos , situación económica general. Plan de inversión que hay que justificar con una tasa de ganancia razonable.
"No tenemos un parámetro que determine tasa de ganancia razonable, a nivel internacional tiene que ver con la tasa de retorno, pero acá las empresas nunca mostraron sus números", explica López.
En cambio, Ariel Graizer, presidente de la Cámara de Internet Cabase, analizó ante iProfesional que si el precio es regulado traería muchos problemas para los ISPs, pequeños y medianos jugadores telco.
"No estamos de acuerdo en que sea público, no fuimos así licenciados, nos van a hacer competir fijandonos los precios de manera arbitraria. Esto generará mayor concentración y desaparición de pymes", considera Graizer.