El certificado para los viajeros internacionales entrará en vigor el 1 de julio, aunque sigue dejando en los países la capacidad de cerrar las fronteras
21.05.2021 • 08:17hs • Viajes
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Si querés viajar, tenés que saberlo: así será el Certificado Digital COVID de la Unión Europea
Mientras la Argentina ingresa en una nueva etapa de duras restricciones a la circulación, en Europa los países se encuentran en medio de negociaciones para reestablecer los viajes por ocio y turismo desde afuera del bloque común.
Esta semana se conoció que la Unión Europea abriría sus fronteras a turistas de afuera del bloque que presentaran certificado de vacunación completa (las dos dosis)
Ahora, tras una negociación de meses entre el Parlamento Europeo, los gobiernos nacionales y la Comisión, las autoridades europeas llegaron a un acuerdo para que el Certificado Digital COVID de la UE entre en vigor el 1 de julio.
El objetivo era claro (llegar al verano con "una herramienta para recuperar la movilidad", para simplificar trámites y agilizar la llegada a la normalidad); los resultados finales están siendo más modestos.
¿Cómo funionará el Certificado Digital?
Así será el certificado digital de COVID de la UE que estará vigente 12 meses a partir de julio
¿En qué consistirá finalmente el certificado digital de la Unión Europea? En un documento gratuito emitido por las comunidades autónomas que, con los datos personales mínimos, aclare si la persona ha sido vacunada (cuándo, dónde y con qué vacuna), si ha superado la enfermedad en los seis meses anteriores y tiene anticuerpos y los resultados de las PCR que se haga. Todo con un código QR que podrá ser digital o estar impreso en papel.
Funcionará durante doce meses e incluirá tanto las vacunas aprobadas por la Agencia Europea del Medicamentos (Pfizer-BioNTech, Moderna, AstraZeneca y Jannsen) como aquellas aprobadas solo por algún país miembro (como en el caso de Hungría que ha aprobado también la vacuna rusa Sputnik V y la china de Sinopharm).
No obstante, cada país podrá decidir si considera válidas éstas últimas.
¿Este certificado permitirá moverse por toda la UE? Sí y no.
Tal y como se recoge en el texto pactado (que será refrendado la semana que viene) los países de la UE, como norma general, no podrán ni deberán exigir una PCR o una cuarentena obligatoria a quien disponga del certificado de vacunación.
El énfasis es nuestro porque en la práctica el acuerdo deja un espacio enorme a que cada país actúe como crea conveniente según su situación epidemiológica concreta.
Es cierto que habrá criterios objetivos, pero según Xataka, todo parece indicar que el texto fue redactado para que los Estados puedan hacer y deshacer sin más condicionantes que "notificar a sus socios y a la Comisión Europea con 48 horas de antelación" y justificar "las razones para imponer (las restricciones), su alcance, su duración y qué portadores del certificado quedan sujetos o exentos" de ellas.
Llegar a un acuerdo para establecer este certificado digital de COVID requirió una dura negociación. Fue uno de los grandes escollos para alcanzar un acuerdo: aunque hay un consenso generalizado en que era necesario un mecanismo que simplifique el proceso transfronterizo y permita que todo aquel que esté vacunado, tenga una PCR reciente o acabe de superar el virus y tenga anticuerpos pueda evitar trámites, cuarentenas y pruebas extra, los países miembros han sido muy reticentes a ceder la capacidad de limitar la movilidad de estos certificados.