El Banco Central implementó la reglamentación del Sistema de Circulación Abierta de Facturas de Crédito Electrónicas (FCE), con el fin de que las MiPyMEs proveedoras de grandes empresas accedan a un mecanismo que brinde mayores alternativas de financiamiento.
La autoridad monetaria aseguró que el objetivo de esta nueva normativa, aprobada por el Directorio es brindar "mayor transmisibilidad a las FCE, ya que en la actualidad sólo circula el 1% de las mismas".
El Sistema de Circulación Abierta equipara a las Facturas Electrónica de Crédito a la operatoria y funcionalidad del Cheque Electrónico (ECHEQ), y permitirá a las MiPyMEs acceder a "una mayor cantidad de fuentes de financiamiento anticipado con mejor certeza de cobro, ya que al vencimiento las FCE serán cobradas mediante compensación interbancaria y su falta de pago se verá reflejada en la Central de Deudores del Banco Central".
En la primera etapa, que entrará en funcionamiento el primero de abril, las FCE se podrán descontar o transmitir a otros sujetos autorizados, como las entidades financieras o proveedores no financieros de crédito, o bien remitir desde el Sistema de Circulación Abierta para su negociación en los mercados de valores, indicó el organismo.
Esas operaciones se podrán realizar a través de una nueva pestaña que tendrán habilitadas las MiPyMEs en su Home Banking.
Las transmisiones serán gratuitas y las entidades financieras no podrán cobrar comisiones, aclaró el Banco Central.
Afirmó que en etapas posteriores se incorporarán nuevas funcionalidades como cesión electrónica y aval, entre otras.
Señaló que otra de las facilidades que brindará esta normativa es la emisión de un comprobante a requerimiento del interesado, que permitirá iniciar acciones judiciales ante el no pago a término de las FCE MiPyMEs. .
"La medida es parte del trabajo conjunto y coordinado entre el BCRA, la AFIP y la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo", remarcó y subrayó que contó con el aval de la Comisión Nacional de Valores.
Las FCE ampliarán las opciones de financiamiento de las Pymes.
Operatoria de las Facturas de Crédito Electrónicas
La utilización de las FCE tiene algunas particularidades, que se detallan a continuación:
Adhesión voluntaria de receptores
Las micro, pequeñas o medianas empresas que opten por adherir al Régimen de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs, en su carácter de compradoras, locatarias o prestatarias, podrán manifestar su voluntad en el portal de la AFIP, ingresando con clave fiscal al servicio Sistema Registral, menú "Registro Tributario" opción "Características y Registros Especiales". Asimismo podrán solicitar, en cualquier momento, la baja del régimen a través del aludido servicio.
Operaciones comprendidas en el régimen
Con carácter previo a realizar la solicitud del comprobante de respaldo de la operación, las micro, pequeñas o medianas empresas deberán consultar con clave fiscal a través del servicio denominado "Registro de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME" si el comprador, locatario o prestatario se encuentra obligado al régimen.
Emisión de comprobantes electrónicos
Se podrá hacer de diferentes formas, como el servicio con clave fiscal Comprobantes en Línea, Intercambio de información basado en el "WebService", cuyas especificaciones técnicas podrán consultarse en el micrositio de Factura Electrónica.
Las facturas de crédito se podrán negociar en mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores.
Cómo se obtiene la información de la factura / nota de crédito / débito generada
A la fecha de emisión o rendición de un comprobante electrónico de crédito "MiPyME", ya sea autorizado con CAE o rendido por CAEA, respectivamente, se pondrá a disposición en el "Domicilio Fiscal Electrónico" del receptor un archivo conteniendo todos los datos qué conformen el archivo de respuesta del Organismo al momento de la aceptación conjuntamente con un pdf de la representación gráfica del mismo cuando fuera generado mediante el servicio "Comprobantes en Línea".
Las facturas de crédito electrónicas se considerarán recibidas a la hora 24 del día inmediato siguiente al de su puesta a disposición en el Domicilio Fiscal Electrónico.
Transferencia de una Factura de Crédito a un Agente de depósito colectivo
Todas las facturas aceptadas, tácitas o expresamente, "sin cancelación" podrán ser transferidas al "Agente de Depósito Colectivo" (Caja de Valores) en el servicio con clave fiscal "Registro de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME", inclusive luego de la fecha de vencimiento del pago consignada en el comprobante. A tal fin se deberá seleccionar una de las cuentas comitentes qué tenga habilitada según la información suministrada por la 'Caja de Valores'.
El comprador, locatario o prestatario, obligado al pago de la factura, recibirá en el Domicilio Fiscal Electrónico una comunicación informando sobre la mencionada transferencia de la factura de crédito electrónica "MIPyME" a la 'Caja de Valores'.