La entidad tiene previstas varias medidas para las personas que entraron en la lista negra por la cual no se les permite comprar dólares
19.08.2020 • 15:34hs • Saltar el cepo
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Ya no pueden comprar dólares: así operaban los 4.600 "coleros digitales" multados por el Banco Central
En medio de debates internos sobre la continuidad del cupo para comprar dólares ante una demanda desbordada, el Banco Central dio una señal: al menos por el momento el plan es combatir la proliferación de maniobras para embolsar más de los u$s 200 mensuales que habilita esta dura versión del cepo. Es un nuevo capítulo en la batalla por desarticular la red de los llamados "coleros digitales".
Por eso, la entidad monetaria publicó el martes una lista de 4.600 personas a las que les bloquearon las cuentas. Quienes figuran en la lista, identificados con CUIT Y DNI, están suspendidos para operar en dólares. Esto implica que el Banco Central abrió un sumario y lo remitió a la Justicia.
¿Qué fue lo que detectó el Banco Central?
Por un lado, irregularidades en la apertura de cuentas, que se hicieron sin el respaldo necesario. Hoy la primera cuenta se puede abrir sólo con DNI digital pero la segunda cuenta tiene que tener toda la documentación respaldatoria en el marco de la política de "Conozca a su cliente" a la que adhieren los bancos.
Los "coleros digitales" operan para otras organizaciones
Pero además esas cuentas en pesos recibieron una transferencia en pesos, compraron los dólares y remitieron esos dólares a una cuenta recaudadora. Es decir, eran coleros. Personas que reciben pesos para comprar dólares para terceros.
Del otro lado están los organizadores y/o recaudadores, que son los que se valen de este sistema bien orquestado -aunque tan viejo como la City porteña- para recibir varias transferencias de dólares en el mes y poder burlar las restricciones. O bien quienes están en el negocio de alimentar esta red y actúan como intermediarios.
Técnicamente los primeros son acusados por "falsas declaraciones en operaciones de cambio" y los segundos, de "operar en cambios sin autorización". ¿Cómo sigue la historia para quienes entraron en esa lista? Queda en manos de la Justicia. La sentencia la dictan los juzgados penales económicos (CABA) o federales en el interior.
¿Cuáles son las penas?
Las penas que están contempladas son multas de uno a diez veces lo operado y en casos de reincidencias llegan hasta 8 años de prisión de acuerdo a lo estipulado por la Ley Penal Cambiaria. Si no hay fallo judicial, las causas prescriben a los seis años.
Las penas para los que operaban con dólares pueden ser grandes
Para quienes buscan evitar tener problemas, es necesario saber que hoy existe una política muy estricta de monitoreo en los bancos, que proceden a bloquear directamente las cuentas que reciben varias transferencias en dólares al mes. De hecho, es necesario gestionar en la entidad una excepción si por algún motivo se suelen hacer este tipo de operaciones con frecuencia.
Y saber que en el caso de una segunda transferencia en dólares en el mes, el banco difiere la acreditación y solicita información respaldatoria para evacuar cualquier movimiento sospechoso. Además, a las cuentas abiertas en los últimos 180 días ya no se les permite realizar este tipo de operaciones, informó Clarín.