En medio de la crisis que enfrenta el Gobierno a causa del dólar, a través de un decreto de necesidad y urgencia publicado este domingo se establecieron una serie de restricciones en el mercado de cambios. 

Según trascendió, el Gobierno dispuso un tope de compra mensual de u$s10.000 para personas físicas

En paralelo, fuentes oficiales informaron que "no podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de u$s10.000 por persona por mes".

Sin embargo, desde el Banco Central aclararon que "nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas" y que tampoco habrá restricciones sobre viajes. 

Desde la entidad que conduce Guido Sandleris especificaron además que que "las empresas no podrán comprar dólares para atesorar" y que el Banco Central deberá autorizar la compra de moneda extranjera y las transferencias al exterior en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario.

En tanto, aclararon que "no hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento". 

 

Además, según informaron fuentes oficiales, los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque.

En este contexto, se dispuso que el horario de atención público de las entidades se extenderá durante un mes: a partir del lunes, los bancos que así lo establezcan podrán permanecer abiertos desde las 10 de la mañana hasta las 17.

La decisión responde a las crecientes quejas por parte de ahorrisats que en los últimos días no pudieron retirar dólares debido a la cantidad de gente que iba a los bancos. 

Según supo iProfesional, fueron los propios bancos los que pidieron la posibilidad de extender el horario durante un mes. Y, para el Gobierno, también es una forma de reducir la tensión entre los ahorristas y mostrar que quien quiere dólares, los tiene. 

Además, se establece que se podrán pagar a la AFIP deudas de la seguridad social con los títulos públicos reperfilados. 

Según explicaron desde el organismo, "el Gobierno habilitó hoy la posibilidad de que los contribuyentes que tienen títulos de deuda pública nacional cuyo vencimiento fue reperfilado la semana pasada puedan utilizarlos para pagar los aportes y contribuciones a la seguridad social adeudadas hasta el 31 de julio último". Se trata de las Letes, Lecaps, Lelink y Lecer. 

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