La ex AFIP confirmó quiénes serán las personas que no podrán usar tarjetas de crédito ni hacer transferencias en marzo. ¿Por qué están "excluidos"?
21.02.2025 • 07:26hs • ATENCIÓN
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ARCA: estas personas tendrán prohibido el uso de tarjetas y transferencias en marzo
Aunque aún restan un par de días para que comience marzo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que, en el tercer mes del 2025, se mantendrá una de sus más polémicas medidas fiscales, que puede afectar el uso de tarjetas de crédito y débito, así como las transferencias a ciertos contribuyentes.
Es que el organismo, ex AFIP, confirmó que se mantendrá la vigencia de la disposición del Banco Central (BCRA), que instruye a bancos y fintech a bloquear las cuentas de aquellos usuarios que formen parte de su "Base de Contribuyentes no Confiables".
De esta manera, todas las personas y empresas cuyos CUIT se encuentren en este listado, por haberse detectado irregularidades por parte de la entidad, no podrán realizar operaciones como:
- Pagos con transferencia (PCT): transferencias de dinero entre cuentas bancarias o fintech, como el QR.
- Adquisición de bienes y servicios con tarjetas: uso de credenciales de crédito, débito o prepagas.
Esta medida, oficializada en diciembre pasado mediante la Comunicación "A" 8144, continuará efectivamente en marzo, tal como lo confirmó el organismo.
Esta no es una noticia bien recibida por muchos, ya que dificulta el desarrollo normal de las actividades comerciales de este grupo de personas. Como si fuera poco, hay casos en los que estas presunciones de incumplimiento son erróneas, lo que genera un perjuicio innecesario.
ARCA: cómo salir de la "lista negra" de la ex AFIP
Cabe destacar que los incumplimientos que pueden llevar a que una persona 'caiga' en la lista negra de ARCA incluyen la falta de registro del domicilio fiscal electrónico (obligatorio y sujeto a verificación) o la no presentación de declaraciones juradas de impuestos vencidos, entre otros.
En concreto, las faltas que pueden afectar la calificación y deben evitarse están enumeradas en la Resolución General Nº 3832/2016, en una lista que incluye:
- Constituir el domicilio fiscal electrónico.
- Registrar y aceptar los datos biométricos.
- Actualizar en el Sistema Registral el código de actividad.
- Declarar y actualizar, cuando corresponda, el domicilio fiscal, así como los domicilios de los locales y establecimientos.
- Dar de alta los impuestos según la forma jurídica adoptada por el responsable.
- Contar con una cantidad mínima de integrantes según el tipo societario declarado.
- Presentar las declaraciones juradas determinativas vencidas en los últimos 36 meses.
- Presentar las declaraciones juradas informativas vencidas en los últimos 12 meses.
Según especificó el BCRA, las entidades financieras están obligadas a consultar de forma periódica la lista en la que se encuentran las personas con "mala nota" por tener alguno de estos incumplimientos y bloquear tanto los pagos como los cobros a quienes estén en ella.
La solución para estos inconvenientes dependerá de que los contribuyentes regularicen las irregularidades detectadas por ARCA, con el objetivo de restablecer el estado activo de su CUIT y habilitar el acceso a todos los servicios asociados.
Para ello, se debe enviar una Presentación Digital con el trámite "Estado administrativo de la CUIT. Reactivación presencial", que será evaluado y cuya decisión será posteriormente comunicada por la ex AFIP a través del Domicilio Fiscal Electrónico de la persona responsable de la Clave Única.