Los instagramers, bloggers, influencers y otros sujetos que crean o difunden contenido audiovisual en redes y plataformas digitales deben inscribirse en los impuestos, a nivel nacional y provincial, y empezar a pagarlos, junto con el aporte jubilatorio.
Qué obligaciones tienen los influencers ante ARCA
Florencia Iaciancio y Fernando López Chiesa, del estudio Lisicki Litvin & Asoc, afirman a iProUP: "Influencers y youtubers deberán inscribirse ante ARCA, dando de alta su actividad económica. Recientemente, a través de la Resolución General (ARCA) 5607, se incorporó la actividad '731002 servicios de creación, edición, producción, difusión y/o publicidad de contenido audiovisual que sean utilizados y/o reproducidos a través de redes sociales, aplicaciones tecnológicas y/o plataformas digitales y otras actividades económicas vinculadas a creadores de contenido'" .
Según los expertos, "incluye redes sociales y cualquier plataforma digital de difusión masiva, así como actividades conexas". También, "servicios de comunicación, publicidad y/o contenido audiovisual efectuados por aquellos sujetos que poseen una presencia en las redes y/o plataformas sociales -youtuber, instagramer, blogger, influencer, entre otros-, y cuya utilización y/o exhibición posterior se efectúan a través de cualquier medio y/o plataforma digital y/o tecnológica".
Se trata de una adecuación mediante la actualización del Nomenclador de Actividades económicas (CLAE), que toma en cuenta la transformación digital que ha generado las nuevas formas de negocio y modelos de servicios, integrando tecnologías en diversas áreas de la economía.
La AFIP incluyó a los influencers en el nomenclador de actividad económica
Al otorgar un código CLAE a nuevas operaciones vinculadas con la economía digital, ARCA identifica de manera precisa a los contribuyentes que deben pagar impuestos por ventas y envíos por Mercado Libre; streaming; transacción, custodia y minado de criptomonedas; influencers y youtubers, entre otros.
Influencers: qué impuestos deben pagar a Nación
Iaciancio y López señalan que, luego de registrar la actividad económica, los influencers deberán inscribirse ante los siguientes impuestos nacionales:
1. Monotributo
Si los ingresos anuales son inferiores a $68 millones, podrán inscribirse en el régimen simplificado, que incluye un componente impositivo en su cuota mensual para cubrir las obligaciones respectivas a IVA y Ganancias.
El importe total de cuota en la categoría K, que es la más alta, es de $867.084.
2. IVA e Impuesto a las Ganancias
Si tuviera ingresos superiores a $68 millones, deberá inscribirse como responsable inscripto y determinar:
- IVA, de manera mensual
- Ganancias, de forma anual, con 5 anticipos para las personas humanas que tributan como autónomos
3. Contribuciones de la seguridad social:
Este aporte se incluye en la cuota del Monotributo, pero si se tributa por el Régimen General de IVA y Ganancias, también se debe contribuir a la Seguridad Social bajo el régimen de autónomos.
4. Facturación
Deberá facturar los ingresos que perciba por su servicio.
5. Canjes
Si el pago fuera en especie (lo que comúnmente se denomina "canje" en el rubro), el importe a facturar será el precio de mercado del bien recibido.
Influencers: qué impuestos deben pagar las provincias
Una vez que el contribuyente está identificado a nivel nacional en ARCA, las provincias también van a exigirle el pago de sus tributos como sigue, afirman los expertos:
1. Ingresos brutos
Si ejerce actividades en una sola provincia, deberá inscribirse como contribuyente local en la misma. Si ejerciera sus actividades en más de una jurisdicción, en el convenio multilateral.
2. Monotributo provincial
Algunas provincias, como Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, Mendoza, San Juan, Jujuy, Salta, Río Negro, Neuquén, Santa Cruz, Chaco, Catamarca y Tierra del Fuego, se encuentran adheridas al monotributo unificado. Esto implica que, junto con la cuota del Monotributo nacional, se cancelan las obligaciones respectivas al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
ARCA también alcanza a las criptomonedas
También las operaciones con Bitcoin, ya sea a través de billeteras, plataformas persona a persona (P2P) o minado, ahora tienen más claro cómo identificarse ante ARCA (ex AFIP) y, por lo tanto, establecer si están gravadas o no en impuestos como Ganancias y Bienes Personales.
Germán Nlhoul, contador especializado en activos digitales, afirma a iProUP: "ARCA por fin actualizó el nomenclador de actividades relacionadas con criptoactivos. La inclusión tiene mucha relevancia debido a que, la mayoría de las actividades realizadas hoy con criptomonedas está gravada en distintos impuestos, como Ganancias y Bienes Personales".
"Sin embargo, hasta esta reforma, las operaciones cripto se debían incluir en actividades 'genéricas', como por ejemplo Actividades ncp, portales web o servicios financieros, cuando en realidad el ecosistema cripto y sus actividades son complejos. Por eso debe existir claridad en cuanto a su encuadre para luego determinar su gravabilidad o no", afirma.
Según el experto, "ahora se incluye, entre otras operaciones, la compraventa e intercambio de criptoactivos por cuenta propia. En Argentina, el arbitraje (comprar monedas para venderlas más caras) se volvió una actividad muy popular y es absolutamente legal, pero hasta esta modificación se debían dar de alta en alguna otra actividad general".
Nlhoul señala que se aclara que en esos códigos se contempla el arbitraje "cualquiera sea la modalidad de esta compraventa", incluyendo operaciones persona a persona (P2P), que hoy son difíciles de rastrear para ARCA.
También por primera vez se incorporan a las actividades realizadas por exchanges, al establecer códigos para 'Servicios destinados a facilitar la gestión de transferencias, compraventa, inversión o intercambio de criptoactivos'. Esto en consonancia con la nueva regulación de los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV)", aclara.
Por último, destaca, "se incluyen las actividades de minado de criptomonedas, en las que se hace una subclasificacion dependiendo de si se realiza con equipos propios o bien alquilando el poder de minado (los equipos computacionales)".
"Es un paso más para continuar avanzando en el ordenamiento regulatorio del sector cripto en la Argentina. Este cambio especifica algunas actividades que antes no estaban incluidas. Hay que luego analizar su impacto desde el punto de vista tributario", asegura a iProUP Carlos Peralta, líder de Asuntos Públicos de Bitso Argentina.
Y remarca: "Desde Bitso, junto a la Cámara Fintech, estamos impulsando un marco fiscal específico para cripto para igualar las condiciones con otros sectores del sistema financiero. Creemos que es clave una regulación inteligente y que vaya creciendo de forma gradual con esta nueva industria para aumentar la adopción de activos virtuales de manera segura, lo que contribuirá a la inclusión financiera y construcción de una infraestructura financiera más rápida y eficiente".
"Sin embargo, es fundamental que esta regulación no imponga una carga excesiva que pueda sofocar la innovación o empujar a los usuarios hacia plataformas no reguladas, con los riesgos que esto conlleva", concluye.