El blanqueo de Bitcoin y otras criptomonedas, que vence el 31 de octubre, tiene como ventaja disponer de los fondos sin contingencias ante la AFIP y sin penalidades hacia el pasado, pero también implicará que a partir del ingreso al patrimonio del contribuyente comenzará a pagar impuestos nacionales y provinciales.

La condición para poder blanquear cripto es que estén depositadas en un proveedor de servicios de activos virtuales (PSAV) registrado en la Comisión Nacional de Valores (CNV). Luego de blanquear las divisas digitales, se pueden sacar cuando termina la Etapa 1, pero la AFIP ya seguirá el recorrido de los fondos y pedirá comprobantes.

Qué impuestos nacionales pagan las criptomonedas

Agustín S. Sosa, CEO de Tributo Simple, identifica a iProUP los impuestos nacionales que pagan las criptomonedas:

Impuesto a las Ganancias: personas humanas

El resultado por tenencia no está sujeto: solo se paga por las rentas obtenidas en la venta de criptoactivos y existe un mínimo por debajo del cual no se genera tributo.

Si se obtiene una renta, habría que abonar el 15% sobre el resultado del precio de venta menos el costo de adquisición. En resumen, los individuos sólo están alcanzados si venden criptomoneda y el precio de enajenación fue superior al de compra.

Claves del blanqueo cripto

Impuesto a las Ganancias: personas jurídicas o empresas

Se debe tributar al generar una ganancia en caso de venta de criptomonedas, que deben revaluarse al cierre de cada periodo fiscal, de modo tal que es factible que se generen beneficios derivados de la mera propiedad.

Personas jurídicas están gravadas a renta progresiva: la alícuota va del 25% al 35%. La Resolución General de AFIP 1415 no contempla la necesidad de emitir comprobantes fiscales (factura o ticket) por la venta de monedas digitales.

Impuesto a los Bienes Personales: personas humanas

Este impuesto grava la tenencia de ciertos bienes al 31 de diciembre de cada año. El mínimo que estableció el paquete fiscal asciende a $100 millones de activos gravados, por debajo de esa cifra no se abona.

Si bien la Ley del impuesto a los Bienes Personales no menciona específicamente a las criptomonedas, dejando un vacío legal en la normativa. La AFIP estableció, a través del dictamen 2/2022 que son una moneda digital (activo financiero) y, por lo tanto, están gravadas. Su valor a declarar estará determinado por la última cotización al cierre de año.

Impuesto a los bienes personales: personas jurídicas

En el caso de sujetos empresa, Bienes Personales es ingresado por la sociedad: 0,5% del valor patrimonial proporcional al 31 de diciembre de cada año.

En resumen, el contribuyente debe declarar las criptomonedas si las posee al final del año. Si sus activos superan los montos establecidos por ley, deberá abonar el tributo correspondiente.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Hasta el momento, al ser las criptomonedas un bien digital y, por tanto, intangible, no están alcanzadas por el IVA.

Impuesto a los Ingresos Brutos

Algunas provincias gravan el resultado entre la venta y compra. Las jurisdicciones que lo aplican son: Córdoba, Catamarca, Neuquén, La Pampa, Entre Ríos, La Rioja, Tierra del Fuego y Tucumán.

La alícuota a pagar varía según el código fiscal de cada jurisdicción y pueden llegar hasta el 9%.

Qué le informan los Exchange a la AFIP

Según Sosa, "existe un régimen informativo por el cual la AFIP recibe cada mes información de clientes de exchanges locales". En caso de ser detectados y no haber declarado las criptomonedas y pagado impuestos, el organismo puede reclamar el tributo no abonado, multas e intereses, asegura el experto.

Añade que si bien es difícil que compruebe la existencia de criptomonedas debido a su anonimato, si se compraron con dinero declarado en un exchange local, es altamente probable que las detecte, por lo que es riesgoso no declararlas.

Sin embargo, "es el contribuyente quien decide declarar sus cripto. Si no lo hizo aún, ahora puede aprovechar el blanqueo, pero deben estar en una exchange inscripta como PSAV ante la CNV. Si ya están ahí, no tiene que moverlas antes", enfatiza a iProUP Carlos Peralta, ejecutivo de Bitso.

El blanqueo cripto terminará con la Etapa 1 (jueves 31). Hay que realizar el paso clave: el depósito de las Bitcoin en un Prestador de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) inscripto en la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Se trata de unas 80 empresas, entre las que cuentan Binance, Lemon, Bitso, Buenbit, Ripio, Cocos Crypto y Decrypto, entre otras. El 31 de octubre es la fecha fijada por la última prórroga del blanqueo en el caso de dólares en efectivo y también para criptomonedas.

En Lemon destacan que después del depósito en un PSAV, se deben cumplir antes del 31 de octubre los siguientes trámites:

"En tanto, para presentar y completar la Declaración Jurada hay tiempo hasta el 30 de noviembre", aclaran en Lemon.

Cómo es el blanqueo cripto

Gaston Miani y Leonel Zanotto, del estudio Tavarone, Rovelli, Salim & Miani, aseguran a iProUP que "los activos deben estar en un PSAV antes de la finalización de la etapa 1 del blanqueo. De esta forma, quienes los tenían en una billetera virtual o en custodia de exchange del extranjero pueden ingresar al régimen" al transferirlos.

"La condición es que queden inmovilizados en el PSAV hasta el fin de la Etapa 1. Asimismo, el esquema será autodeterminativo y podrá deducirse de la base imponible la franquicia de los u$s100.000 prevista en el régimen general".  Juan Pablo Fridenberg, director de Asuntos Públicos en Lemon, precisa a iProUP los siguientes puntos clave:

"Por primera vez, se incluyó la opción de sumar criptomonedas al blanqueo, reconociendo que son elegidas por millones de argentinos para ahorrar e invertir. Este es un paso clave para integrarlos dentro de un marco regulatorio completo, inteligente, claro y confiable", concluye Peralta.

Te puede interesar