La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que será disuelta y reemplazada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), extendió el plazo para adherirse al Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP) hasta el jueves 31 de octubre.
Esta decisión fue oficializada en las últimas horas a través de la Resolución 5588/2024, publicada en el Boletín Oficial. Originalmente, el plazo vencía el 30 de septiembre.
Según la AFIP, aquellos contribuyentes que se adhirieron al REIBP hasta el 30 de septiembre, pero no pudieron completar el trámite, podrán hacerlo hasta fin de mes.
Además, la medida permite que quiénes presentaron la declaración del Impuesto a los Bienes Personales en septiembre puedan rectificarla y acceder al REIBP hasta la fecha prevista.
Cabe recordar que el Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales es un esquema voluntario que ofrece el pago anticipado del impuesto por cinco años, con una alícuota del 0,45% anual para los períodos 2024-2027.
Además, quienes utilicen este régimen tendrán estabilidad fiscal hasta 2038 y, en caso de adherirse al blanqueo de capitales, podrán acceder al REIBP con una alícuota unificada del 0,6%.
Bienes Personales: hasta cuándo se puede adherirse al REIBP tras los cambios anunciados
Tras la extensión del plazo para adherirse en el Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales dispuesto por AFIP:
- Los contribuyentes que hayan adherido al REIBP antes del 30 de septiembre, pero que no completaron el pago anticipado, el saldo o la presentación de la declaración jurada, podrán regularizar su situación hasta el 31 de octubre tras la disposición del Gobierno Nacional.
- Aquellos que no hayan optado por el régimen antes del 30 de septiembre, pero que hayan presentado la declaración del Impuesto a los Bienes Personales para el período fiscal 2023, también podrán adherirse al REIBP y realizar el pago inicial hasta el 31 de octubre.
Bienes Personales: quiénes pueden ingresar al REIBP y cuáles son los requisitos
Según AFIP, pueden acceder al REIBP los siguientes beneficiarios durante cinco años:
- Personas humanas que al 31 de diciembre de 2023 no eran residentes fiscales en Argentina.
- Beneficiarios de sucesiones radicadas en el país al 31 de diciembre de 2023.
- Aquellos que al 31 de diciembre de 2023 no eran residentes fiscales, pero que revirtieron su condición antes de esa fecha.
Mientras que los residentes fiscales en Argentina al 31 de diciembre de 2023 deben cumplir con los siguientes requisitos para acceder al REIBP:
- Contar con CUIL o CUIT.
- Poseer Clave Fiscal con un nivel de seguridad 3, como mínimo.
- Tener el domicilio fiscal actualizado.
- Declarar el código de actividad económica correspondiente según el "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)".
- Poseer domicilio fiscal electrónico.