La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) continúa reforzando su control sobre las transferencias, una de las operaciones más comunes entre los argentinos, tanto desde cuentas bancarias como desde billeteras virtuales, como Mercado Pago, Ualá o Naranja X.
Esto, en conjunto con la Unidad de Información Financiera (UIF), que afecta tanto a las entidades tradicionales como al ecosistema fintech, tiene como objetivo:
- Fortalecer el control sobre la emisión de comprobantes.
- Proteger el sistema financiero.
- Prevenir el lavado de activos, garantizando que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales.
Es importante recordar que una transferencia consiste en el envío de dinero entre dos cuentas, ya sean propias o de terceros, virtuales o bancarias.
AFIP controlará todas las transferencias en octubre 2024: ¿desde qué monto?
Tras la última actualización del organismo, los bancos y billeteras virtuales deberán enviar, a partir de octubre de 2024, informes sobre las transferencias de sus usuarios cuando los montos superen los $400.000.
Esto implica que si una persona o empresa realiza una transferencia que esté por arriba de este umbral, deberá contar con la documentación que respalde la operación, demostrando el origen de los fondos y cumpliendo con las normativas fiscales. Cabe remarcar que este límite aplica tanto para ingresos como para egresos de dinero.
De este modo, si una persona tiene un salario, o es monotributista o responsable inscripto, y sus movimientos están debidamente informados (en el caso de los haberes, por el empleador) no debería haber problema alguno con el organismo tributario.
Por su parte, cuando el monto sea igual o superior a $1.400.000, el banco o la billetera virtual deberá informar el tipo de transferencia, el CBU o CVU utilizado y el monto transferido en pesos, según lo indica el organismo en su sitio web oficial.
Además, la AFIP establece que los saldos finales mensuales, al último día hábil (que en octubre será el jueves 31), iguales o superiores a $700.000 también estarán sujetos a esta obligación de reporte.
Si se trata de montos en moneda extranjera o criptomonedas, como USDT (dólar cripto) o Bitcoin (BTC), deberá realizarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, según el tipo de moneda a informar.
¿Qué billeteras virtuales están controladas por AFIP?
En cuanto a qué wallets son vigiladas por la AFIP, y a cuáles se aplicarán los límites de transferencia y consumo, la respuesta es clara: todas.
Las billeteras virtuales, como Mercado Pago, Ualá y Naranja X, entre otras, deben informar, desde 2019, los movimientos y saldos de las cuentas cuando superen los montos previamente determinados.
AFIP controla todas las transferencias: ¿qué información pide?
La AFIP podrá solicitar a individuos o empresas, que realicen transferencias superiores a $400.000 en octubre, que presenten documentación para justificar el origen de los fondos.
Esta información puede incluir:
- Facturas o recibos que respalden el pago de un servicio o producto.
- Contratos que detallen la naturaleza de la transacción.
- Declaraciones juradas con los ingresos y egresos correspondientes.
- Registros contables, en el caso de las empresas.
En caso de que se detecte una transferencia sospechosa cuyo origen no pueda ser justificado, pueden generarse consecuencias graves.
Entre las posibles sanciones se incluyen:
- Multas, que varían según el monto de la operación y la gravedad de la infracción.
- Ajustes fiscales, donde la AFIP podría exigir el pago de impuestos adicionales si determina que hubo evasión.
Si el usuario no puede justificar total o parcialmente el origen del dinero, es probable que el banco emita un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) y lo notifique a la Unidad de Información Financiera (UIF).