Mercado Libre anunció la eliminación de las retenciones de IVA e Impuesto a las Ganancias a los comerciantes que venden en el sitio, pagos con fondos de la billetera Mercado Pago o tarjetas de débito o crédito.
Sin embargo, queda vigente la percepción del tributo al valor agregado sobre las facturas de ventas en plataformas de ecommerce, tanto para comerciantes como individuos que venden bienes usados. El unicornio es agente de recaudación, de retenciones y percepciones ante la AFIP, para todas las operaciones de compraventa en la plataforma.
"La percepción de IVA que seguirá vigente alcanza a plataformas que perciban una comisión, retribución u honorario por la intermediación en las operaciones comprendidas", revela a iProUP la asesora tributaria Romina Batista.
La experta recuerda que "en su momento, cuando se publicó la percepción del tributo en las facturas de compraventa en las plataformas de ecommerce, también se precisó el listado de sujetos obligados en el cual figuran Mercado Libre, Pedidos Ya, Cabify, Despegar y Almundo, entre otros".
Impuestos en Mercado Libre: qué dice la normativa
Batista indica que "las transacciones realizadas a través de plataformas digitales que perciban comisión por operaciones de venta de mercadería nueva o usada y a las locaciones y prestaciones de obras y servicios que se efectúen a través suyo, quedan alcanzadas por un régimen especial de percepción del IVA".
"Las alícuotas para el cálculo serán de entre 1% y 8%, según la condición fiscal y el resultado del control que detecta si cumple con formalidades requeridas. El importe a percibir se determinará aplicando sobre el precio total", detalla.
Los impuestos que se abonan (y los que no) al usar Mercado Libre y Mercado Pago
Con el fin de "avanzar en la recuperación económica" e impulsar los medios de pago digitales, AFIP eliminó el cobro de retenciones de IVA y Ganancias en los pagos a comercios".
En respuesta a esta medida, publicada la Resolución General 5554/2024 en el Boletín Oficial, Mercado Libre liberó a todas sus operaciones de compraventa de las retenciones sobre los pagos de la plataforma.
Así, los comerciantes que cobren a clientes mediante tarjetas de débito, crédito, Point, QR, link de pago o checkout de Mercado Pago no sufrirán ningún tipo de retención.
Impuestos en Mercado Libre: cómo es la reducción
Agustin S. Sosa, CEO de Tributo Simple, señala a iProUP que "a la hora de desarrollar un emprendimiento y vender a través de plataformas digitales de ecommerce, se debe tener en cuenta la inscripción en impuestos nacionales (IVA y Ganancias, o Monotributo) y provinciales (Ingresos Brutos)".
"Mercado Libre, quien opera con Mercado Pago para realizar los cobros, está designado como agente de recaudación. Actúa como intermediario entre los organismos fiscales y el contribuyente, aplicando retenciones sobre los pagos de acuerdo con la normativa vigente en cada provincia. Por esto, es muy frecuente que los usuarios comiencen a sufrir retenciones y percepciones a medida que su negocio crezca", remarca.
Además, resalta que "el Ministerio de Economía instruyó a la AFIP a eliminar las retenciones del IVA y del Impuesto a las Ganancias que se aplicaban sobre las liquidaciones de pagos realizadas a comercios por medio de tarjetas de débito, crédito, compra y billeteras electrónicas", relata.
"Esta medida representa un alivio fiscal significativo para los comerciantes que operan a través de estos medios de pago electrónicos", ya que la AFIP había implementado un régimen de retención para las billeteras.
"Esta normativa establecía que los sujetos que administran servicios electrónicos de cobro por cuenta de terceros debían realizar las retenciones, siempre que no fueran entidades administradoras de sistemas de pago con tarjetas", remarca.
"Las retenciones del IVA variaban entre 0,5% y 10,5%, mientras que las de Impuesto a las Ganancias oscilaban entre 0,5% y 2%, dependiendo del tipo de sujeto", recuerda.
"Con la entrada en vigor de la Resolución 780/2024, a partir de septiembre se eliminan estas retenciones. Esto puede significar un estímulo para la adopción de pagos electrónicos y reducción de la carga administrativa para comercios. Busca facilitar las transacciones digitales y fomentar la formalización a través de medios electrónicos", sostiene.
El experto alerta que "resta ver si se logrará también laeliminación de retenciones impositivas a nivel provincial. La resolución invita a las provincias y a Ciudad de Buenos Aires a dejar sin efecto los regímenes de retención de tributos locales sobre los pagos electrónicos".
"Esto sugiere un llamado a la coordinación fiscal entre los distintos niveles de gobierno para ampliar el alcance del alivio tributario a nivel nacional", sostiene.
Impuestos en Mercado Libre: qué pasa con productos usados
Si bien la AFIP quiere alcanzar a vendedores habituales que no se inscriben para el pago de impuestos, la percepción de IVA en ecommerce que sigue vigente también alcanza a individuos que deciden vender productos usados por necesidad, por ejemplo, colecciones acumuladas durante años, al prever un mecanismo para "bienes de consumo personal".
"Estos sujetos que no son comerciantes ni tienen habitualidad pasarán a verificar ante la AFIP la situación de personas que incumplen con su obligación de inscribirse en IVA cuando no tienen dicha obligación", subraya a iProUP el consultor impositivo Hernán D'Agostino.
La definición de "habitualidad" de la AFIP puede alcanzar, por ejemplo, a un empleado en relación de dependencia que está inscripto y vende la herencia de la abuela, ya que establece:
- Operaciones en un mes iguales o superiores a 10 e igual o más de $200.000
- Ventas en cuatro meses consecutivos por más de $200.000
- Uso o consumo personal (no registrable) hasta $400.000 y el vendedor queda obligado a presentar una declaración jurada excepcional cada dos años
D'Agostino alerta sobre dos posibles escenarios:
- "Si un particular vende nuevamente algún bien personal que supere el valor de $200.000, ya no tendrá la posibilidad de decir que es usado sin fines comerciales y quedará registrado ante AFIP como un vendedor que no se inscribió en IVA"
- "Si una persona que necesita dinero, vende un equipo de audio caro usado a través de Internet, rápidamente puede exceder los montos máximos, o un juego de vinilos de colección o infinidad de situaciones que pueden superar ampliamente esos valores y que lo dejan pagando un impuesto que no debe abonar"
"La alícuota ya no será uniforme, sino que dependerá del cumplimiento fiscal del contribuyente/vendedor", expresa D'Agostino, quien detalla:
- Variará de 1% a 8% según la condición fiscal
- Las alícuotas máximas serán aplicadas por la plataforma cuando verifique "exceso de parámetros"
- El mínimo retenido no podrá ser inferior a $2.000 por mes
Según la empresa de Marcos Galperin, que superó 14 millones de cuentas a nivel nacional, la quita de la retención de IVA y Ganancias busca simplificar la experiencia para los usuarios, quienes ya no deberán tener en cuenta esas deducciones automáticas. Aunque sigue vigente la percepción de IVA en las facturas.