El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires recordó la entrada en vigencia de la Resolución MTGP 147/24, que establece la creación del Sistema de Trabajo Bonaerense (SISTRADIB).
Este sistema modifica la rúbrica digital del Libro de Sueldos, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 20.744.
El convenio que el organismo mantenía con la AFIP perdió vigencia, y el nuevo sistema digital se implementó a través del Portal de Trabajo creado por el Ministerio.
¿Cómo será el cronograma de implementación?
El proceso de implementación del sistema se desarrollará según el siguiente cronograma con fechas estipuladas:
- A partir del 02/09/2024: De forma voluntaria para todos los empleadores que deseen optar por este sistema
- A partir del 01/10/2024: Obligatorio para los empleadores que anteriormente realizaban la rúbrica mediante microfichas
- A partir del 01/11/2024: Obligatorio para los empleadores con 50 o más trabajadores
- A partir del 01/12/2024: Obligatorio para los empleadores con menos de 50 trabajadores
Para obtener acceso al Portal de Trabajo
Los empleadores deberán acceder al sitio web del Ministerio y clickear "Portal de servicios" e iniciar sesión.
Luego, constituirán un domicilio electrónico provisional y aceptarán los términos y condiciones del portal.
Por último, tendrán que realizar el reempadronamiento o inscripción en el "Legajo Digital del Empleador".
Reempadronamiento e inscripción en el Legajo Digital del Empleador
Los empleadores con domicilio legal o fiscal dentro de la Provincia de Buenos Aires deben estar registrados en el Legajo Digital del Empleador y tendrá que mantenerse actualizado.
Deberán completar el reempadronamiento proporcionando la información requerida y actualizar el registro de usuarios autorizados para actuar en nombre del empleador ante el Ministerio.
Presentación de Documentación para Rúbrica Digital
Para presentar la documentación laboral que requiera rúbrica digital los empleadores deberán:
- Acceder al SITRADIB a través del Portal de Trabajo
- Subir los libros digitales en formato PDF, asegurándose de que estén firmados digitalmente
- Cada folio del libro puede contener hasta tres recibos y debe usar fuentes Times New Roman, Arial o Courier New, con un tamaño mínimo de 10
- Adjuntar la documentación obligatoria, como la constancia de inscripción en AFIP, el Formulario 931 del período a rubricar, y archivos de soporte informático en formato .txt para la liquidación de sueldos
Liquidación de Hojas Móviles
Los empleadores que aún tengan saldos de hojas móviles sin usar podrán utilizarlas hasta diciembre de 2024. A partir de enero de 2025, todas las presentaciones deberán realizarse en formato digital.
Tasas Retributivas y Pagos
El abono de la tasa correspondiente se efectuará al generar el comprobante de pago desde el portal digital, una vez que la documentación haya sido presentada en la plataforma.
Requisitos de Documentación
Para cada trámite, es obligatorio presentar la siguiente documentación:
- Constancia de inscripción en AFIP actualizada
- Formulario 931 del período a rubricar
- Archivos de soporte digital correspondientes a la liquidación de sueldos