Para fomentar el blanqueo de dinero en efectivo, los bancos deberán aceptar billetes deteriorados, como aquellos manchados, escritos o dañados, hasta diciembre de 2024.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) se hará cargo de los costos para enviar estos billetes a la Reserva Federal de Estados Unidos y recuperar su valor, como incentivo para declarar los dólares guardados sin declarar por muchos argentinos.
El BCRA ha emitido una normativa específica detallando cómo deben acondicionarse estos billetes para su depósito, garantizando así un proceso ordenado y transparente.
¿Qué billetes aceptarán los bancos?
El Banco Central ha implementado medidas para permitir el depósito y blanqueo de dólares antiguos, incluidos los de la serie "cara chica", a pesar de que estos billetes estén en buen estado.
Aunque la normativa vigente no especifica estos billetes antiguos, se espera que los bancos acepten todos los dólares, ya que la Reserva Federal asegura que su valor de circulación permanece intacto, independientemente de su antigüedad.
Esta iniciativa del Banco Central busca limpiar las grandes cantidades de dólares en efectivo que poseen los argentinos, tanto los deteriorados como los de series previas, evitando a los bancos el costo de su envío a Estados Unidos para su acreditación.
El blanqueo ofrece a las entidades financieras una oportunidad para deshacerse de los billetes antiguos que enfrentan rechazo en el mercado del dólar "blue", donde el valor de los dólares "cara chica" es más bajo que el de la serie nueva.
Para que un billete dañado sea aceptado para el blanqueo, debe tener al menos el 50% de su superficie intacta, y su denominación y medidas de seguridad deben ser identificables.
Además, se aceptarán billetes que, aunque no aptos para circulación debido a su estado físico, cumplan con estos criterios.
Sin embargo, los dólares "mutilados", aquellos con menos de la mitad del billete restante o en condiciones cuestionables (quemados o dañados por líquidos), no serán aceptados.
Requisitos del régimen de blanqueo
A continuación, se detallan los requisitos de cada categoría y los puntos clave del régimen:
- Criptomonedas y activos virtuales en el país: Las criptomonedas, criptoactivos y demás activos virtuales serán considerados ubicados en Argentina si están bajo custodia y/o administración de un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales registrado ante la CNV al 31 de diciembre de 2023.
- Criptomonedas no custodiadas: Criptomonedas y activos virtuales que no estén custodiados por una entidad autorizada, tanto en Argentina como en jurisdicciones no identificadas como de alto riesgo por el GAFI, solo podrán ser regularizados si se transfieren a entidades cumplidoras antes del 30 de septiembre de 2024. Deben permanecer depositados ahí hasta esa fecha, sujeto a prórroga y definiciones pendientes de la CNV.
- Bienes registrados a nombre de varios titulares: En situaciones donde los bienes están registrados a nombre de múltiples titulares, como cuentas bancarias conjuntas, la regularización implica que cada titular puede declarar los activos que le corresponden al 31 de diciembre de 2023. La reglamentación determinará cómo acreditar la titularidad en la declaración jurada del blanqueo, considerando la posible participación igualitaria en la ausencia de pruebas claras.
- Uso del tipo de cambio en la regularización: El valor de los bienes blanqueados se establece en dólares estadounidenses, utilizando un tipo de cambio de USD 1 = $1.000 para la conversión de activos valuados originalmente en pesos argentinos, salvo excepciones específicas.
- Bienes de cambio para empresas: Las empresas pueden regularizar sus bienes de cambio, aunque estos no podrán ser considerados como existencias iniciales para el siguiente período fiscal, evitando así una reducción en el pago de impuestos de hasta el 35% después de aplicar el 5% del blanqueo.
- Valuación de inmuebles: Los inmuebles urbanos y rurales en Argentina deben valuarse según el mayor valor entre el de adquisición, el valor fiscal o un mínimo determinado por la reglamentación al 31 de diciembre de 2024. La valoración de mercado puede ser probada mediante avalúo de un corredor inmobiliario certificado.
- Blanqueo por grupo familiar: La ley contempla la franquicia de USD 100.000 sin impuestos entre ciertos familiares, siempre que todos los involucrados adhieran al régimen. La reglamentación aclarará el concepto de "tener a cargo" a efectos de esta disposición.
- Destino del efectivo blanqueado sin impuestos: El efectivo regularizado puede ser utilizado para transferencias vinculadas a operaciones documentadas, como la compra de bienes en la economía real, bajo condiciones específicas que serán detalladas por el Ministerio de Economía.
- Exención del impuesto al cheque: Las cuentas especiales abiertas bajo el régimen de blanqueo están exentas del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
- Blanqueos parciales y pérdida del beneficio fiscal: Si la AFIP detecta bienes no declarados que superen el 10% del valor total de los bienes blanqueados al 31 de diciembre de 2023, se perderá el beneficio del "tapón fiscal", establecido para proteger a los contribuyentes hasta cierto umbral de detección de activos no regularizados.
Este conjunto de normativas y procedimientos busca facilitar la regularización de activos en Argentina, ofreciendo claridad sobre los requisitos y obligaciones para aquellos que desean adherirse al régimen de blanqueo establecido.