La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este viernes 12 julio el programa de repatriación de activos, incluido en el paquete fiscal de la Ley Bases, siendo el último paso para que los contribuyentes blanqueen sus tenencias no declaradas.

En ese listado de bienes, se incluyen los criptoactivos, una medida que fue celebrada por la Cámara Fintech Argentina.

Blanqueo cripto: qué dijo la Cámara Fintech

"Celebramos esta medida, que fortalece la confianza en la industria cripto como parte de un ecosistema financiero más robusto y en constante desarrollo", resaltaron desde la Cámara Argentina de Fintech.

Además, la entidad resaltó que la regularación de hasta u$s100.000 en cripto no pagará impuesto y que el plazo para adherirse es hastas el 30 de abril de 2025.

El decreto reglamenario del paquete fiscal, al tratar del blanqueo, afirma en un apartado de criptomoneda que "estos bienes se considerarán del país en la medida en que se hubieren encontrado en custodia y/o administración, a la fecha de regularización (23 de diciembre 2023), de un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (exchange) que esté inscripto ante la Comisión Nacional de valores".

Esos PSAV locales son 56, divididos en 50 empresas y seis personas humanas, entre los que se cuentan: 

"Respecto de la valuación, deberá considerarse su valor de mercado al 31 de diciembre de 2023 o su valor de adquisición, el que fuera mayor, convertido al tipo de cambio de regularización, en ambos casos, de corresponder", indica el decreto.

Carlos Peralta, responsable de Políticas Públicas de Bitso Argentina, subrayó a iProUP que "por primera vez, se incluyó la posibilidad de sumar cripto al llamado blanqueo, reconociendo que son instrumentos elegidos por millones de argentinos para ahorrar e invertir y llegaron para quedarse. Es un paso clave para integrarlos dentro de un marco regulatorio completo, inteligente, claro y confiable". 

"Además, se establece que sólo posible si los activos quedan custodiados en Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) locales en el registro recientemente creado. Bitso ya presentó toda la documentación y estamos esperando obtener nuestro número de registro. Esto fortalece el ecosistema cripto local, promoviendo una sana competencia entre los PSAV, lo que al final del día garantiza mayor seguridad para los usuarios y fomenta la inclusión financiera, permitiendo el uso de criptomonedas", agregó.

Blanqueo cripto: qué otros activos entran

Además de criptomonedas en el país, el se incluyen los siguientes bienes:

Además, las personas habilitadas para el blanqueo:

  • Residentes en el país
  • Personas que perdieron la residencia en el país antes de la fecha de regularización (31 de diciembre de 2023). Pero, de ejercerse esta opción, se considerará que han adquirido nuevamente la residencia tributaria en el país a partir del 1 de enero de 2024
  • No residentes que tengan bienes en el país. Estos sujetos no están habilitados para blanquear moneda nacional o extranjera en efectivo
  • El proyecto original permite repatriar u$s100.000 sin alícuota, pero el dictamen de la UCR pretende bajar ese límite a la mitad

    Además, los sujetos no residentes no podrán declarar propiedades que se encuentren en posesión, anotados, registrados o depositados a nombre de terceros. Esto tiene por finalidad impedir el lavado de dinero del narcotráfico.

    Los contribuyentes locales que declaren inmuebles a nombre de terceros tendrán la obligación de transferirlos a su titularidad, dentro de los dos años contados a partir del 31 de diciembre de 2023.

    Si no se efectúa en el plazo previsto, se pagará un impuesto adicional equivalente al 5% de su precio de mercado, de adquisición o valor mínimo, el que sea superior.

    Cómo se paga el impuesto especial

    Los pequeños contribuyentes que blanqueen hasta u$s100.000 no pagarán el impuesto especial del blanqueo. Los montos a ingresar en concepto de Impuesto Especial de Regularización deberán ser calculados e ingresados en dólares estadounidenses.

    Se prevén tres etapas para manifestar tal adhesión, las que determinan las alícuotas aplicables del impuesto especial de regularización:

    El impuesto a ingresar se calculará sobre el total del valor de los bienes, tanto en Argentina como en el exterior. Además, se debe ingresar el 75% del impuesto como adelanto al momento de manifestar la adhesión.

    Además, quienes adhieran al régimen tendrán beneficios como la liberación del pago de tributos que hubieran correspondido y la exoneración de toda acción civil por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas.

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