Los monotributistas de todas las categorías que están registrados en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deben emitir facturas electrónicas para registrar sus operaciones con consumidores finales.
La factura electrónica es un comprobante digital que es funcional y legalmente equivalente a los emitidos en formato papel.
Este medio de facturación permite la gestión, almacenamiento e intercambio de comprobantes por medios electrónicos o digitales sin necesidad de impresión, pudiéndose gestionar desde una computadora, una tablet o un smartphone con conexión a internet.
Factura electrónica AFIP: qué necesito para empezar a emitirlas
Para poder emitir una factura electrónica de AFIP, el contribuyente debe contar previamente con:
- CUIT, CUIL o CDI
- Clave fiscal habilitada con nivel de seguridad 3
- Los servicios "Comprobantes en línea" y "Administración de puntos de ventas y domicilios" incorporados a la clave fiscal
Factura electrónica AFIP: cómo dar de alta un nuevo punto de venta
Sin embargo, antes de hacerlo, también deben previamente dar de alta un nuevo punto de venta, diferente al que utilizaban para facturar manualmente.
Esto se puede llevar adelante entrando al sitio web del organismo con CUIT y Clave Fiscal.
Tras entrar, se debe seleccionar "Comprobantes en línea". Luego de ingresar, hay que seleccionar la opción "Datos Adicionales del Comprobante" y completar con los datos personales.
Los pasos para seleccionar el Punto de Venta son:
Factura electrónica AFIP: paso a paso, cómo emitirlas
Tras esto, ya se puede emitir facturas electrónicas de AFIP. Para hacerlo, se debe:
Factura electrónica AFIP: quiénes deben emitirlas
Según indica el sitio web del organismo, deben emitir factura electrónica o utilizar controladores fiscales para respaldar todas sus operaciones realizadas aquellos:
- Inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado.Exentos en el Impuesto al Valor Agregado
- Monotributistas
- Que desarrollen alguna de las actividades comprendidas en el anexo de la Resolución General N° 3749/2015
- Exportadores, por la Resolución General N º 2758/2010
- Comercializadores de bienes usados no registrables, enmarcados en la Resolución General Nº 3411/2012.
Por su parte, deben emitir obligatoriamente facturas electrónicas:
- Quienes desarrollen alguna de las actividades comprendidas en el anexo de la Resolución General N° 3749/2015
- Exportadores, por la Resolución General N º 2758/2010
- Comercializadores de bienes usados no registrables, enmarcados en la Resolución General Nº 3411/2012
Factura electrónica AFIP: cuáles son los límites de facturación
Por su parte, los monotributistas tienen un límite de facturación anual, que varían según la categoría y el tipo de actividad. En julio 2024, están establecidos de la siguiente manera:
- Categoría A: $6.450.000
- Categoría B: $9.450.000
- Categoría C: $13.250.000
- Categoría D: $16.450.000
- Categoría E: $19.350.000
- Categoría F: $24.250.000
- Categoría G: $29.000.000
- Categoría H: $44.000.000
- Categoría I: $49.250.000
- Categoría J: $56.400.000
- Categoría K: $68.000.000