A partir de junio, la tasa de interés que cobra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por las deudas bajará a la mitad
20.05.2024 • 18:37hs • Trámites administrativos
Trámites administrativos
Una buena para deudores: AFIP recorta los intereses a pagar a partir de junio
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció un nuevo recorte para un segmento de aportantes argentinos, en línea con la política del Gobierno de reducir la política tributaria paulatinamente.
La entidad anunció que, desde junio, la tasa de interés que cobra a los deudores se reducirá a la mitad.
La medida se toma luego de conocerse una disminución de la inflación, que en abril tocó el 8,8%, primera cifra de un dígito desde octubre de 2023.
El dato impulsó al Gobierno a bajar la tasa de política monetaria y así, poder reacomodar todas las tasas de interés que cobran los bancos.
AFIP recorta los intereses por deudas impagas a partir de junio
La entidad estatal aclaró que la tasa de intereses resarcitorios aplicable por la falta de pago en término de las obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras disminuiría de 12,7% a 6,41% mensual para el bimestre junio/julio 2024.
Según explicaron, la tasa de interés que fija la AFIP para el bimestre entrante depende de la "tasa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente" que cobra el Banco Nación Argentina (BNA). El 17 de mayo el organismo bajó dicha cifra a 4,931% mensual.
La AFIP reduce a la mitad los intereses de deudas impagas a partir de junio
La disminución en la tasa de intereses resarcitorios será en torno a 49,54%, al tiempo que la tasa de intereses punitorios pasará de 13,93% a 7,39% mensual y quedará en 46,95%.
Sebastián a Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, indicó que "a pesar de esta significativa baja, la tasa de intereses resarcitorios se mantiene superior a la que puede obtener un contribuyente mediante una inversión financiera, lo que busca evitar que algunos contribuyentes se financien con impuestos y realicen inversiones financieras con mayor rendimiento, afectando las cuentas públicas".
En el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, el experto en legales resaltó que existen planes de pago con reducciones de la tasa de interés resarcitorio en 40% y 50%.
También, detalló que "sigue siendo una asignatura pendiente que Ministerio de Economía fije la misma tasa de interés para las devoluciones, acciones de repetición, entre otras que interponen los contribuyentes", algo que no ocurre y ante el nivel inflacionario es un alto perjuicio para el contribuyente.
"No es justo que la AFIP cobre una tasa cuando el contribuyente se atrasa en el pago de sus obligaciones y no pague la misma tasa cuando se demora (y en muchos casos sin razones) en efectuar las devoluciones", concluyó.