El Banco Nación designó a Manuel Ignacio Calderón, Rodolfo Nicolás Carvajal, Miguel José White y Alejandro Guillermo Henke como nuevos directores, pero también nombró a una ejecutiva que podría tener un rol clave en el blanqueo cripto que lanzó el Gobierno.

Blanqueo cripto: quién será la "encargada" de llevarlo a cabo

Entre los funcionarios de "cargo jerárquico" que designó el BNA, se destacó el nombre de Solana Pelayo, quien lideró el departamento de Legales de Brubank, el banco digital creado por el ex Citi Juan Bruchou.

La entidad fue la primera en ofrecer criptomonedas a sus usuarios mediante un convenio con la firma Lirium, creada por varios ejecutivos argentinos que formaron parte de Patagon y de Xapo, el banco cripto de Wenceslao Casares. No sólo eso, también forma parte de Lirium el abogado e influencer Carlos Maslaton.

El Galicia también había lanzado ese servicio. Sin embargo, el Banco Central terminó prohibiendo la operatoria para estar en sintonía con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y el Fondo Monetario.

Según indica LPO, Pelayo fue socia de los estudios jurídicos Bruchou, Fernández Madero & Lombardi, y Bruchou & Funes de Rioja. Este último habría participado en la redacción de la Ley Ómnibus que incluye el blanqueo.

La misma versión remarca que la funcionaria participaría de la reglamentación de la repatriación de fondos cripto, luego de considerar como un "guiño" de la Comisión de Valores de EEUU (SEC) la aprobación de los fondos cotizados (ETF) de bitcoin al contado.

Santiago Bausili, presidente del Banco Central sería el encargado de los pormenores del blanqueo de monedas digitales, más teniendo en cuenta que se estima que los argentinos tienen más de u$s100.000 millones en activos digitales sin declarar. 

Se trata de una suma considerable teniendo en cuenta que el Gobierno calcula en 272.000 millones los dólares que los ahorristas locales tienen en sus cuentas o en el colchón.

Blanqueo cripto: qué dice el proyecto

La Ley Ómnibus propone que se blanqueen dentro de Argentina dinero en efectivo, participaciones accionarias, inmuebles, títulos valores (bonos, acciones, entre otros) y activos intangibles, a saber:

El plazo para adherirse será de 90 días corridos, contados a partir de la publicación de la ley en el Boletín Oficial. Juan Pablo Fridenberg, director de Asuntos Públicos en Lemon, indica a iProUP que "en materia de criptoactivos, el proyecto solo indica que son activos susceptibles de exteriorización, sin importar quién ha sido su emisor o dónde estuvieran depositados, custodiados o guardados, y que se deberán considerar a valor de mercado a la fecha de regularización o a su valor de adquisición, el que fuera mayor".

En este punto, critica que "exige considerar el mayor precio entre el del momento de adquisición y regularización, discriminando su tratamiento con relación a otros activos, que deben valuarse a valor de mercado a la fecha de regularización. Los beneficios para criptoactivos son iguales que para otros tipos de activos incluidos", puntualiza. 

"Esto quiere decir que los activos exteriorizados no se considerarán incrementos patrimoniales no justificados, y a los sujetos comprendidos se los libera de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados", recalca.

El experto advierte que también "se los exime de otras consecuencias tributarias. En contrapartida, quienes exterioricen activos por más de u$s100.000 deberán integrar un impuesto especial de entre el 5% y el 10%, según la etapa en que decidan ingresar al régimen".

Luis Caputo, ministro de Economías; y Santiago Bausilli, presidente del BCRA

Según Fridenberg, "este blanqueo puede ser una medida interesante y necesaria, especialmente por los cambios interpretativos publicados por la AFIP en los últimos años sobre la gravabilidad de los criptoactivos en Bienes Personales".

Sin embargo, remarca: "Las ventajas son coyunturales para alguna persona que tenga contingencias impositivas, pero el ecosistema cripto argentino necesita una regulación estratégica en materia tributaria, que le permita competir con jugadores internacionales como Binance".

"El proyecto de ley, si bien clasifica a activos virtuales como 'bienes en el exterior', aclara que son susceptibles de regularización 'sin importar quién ha sido su emisor, quién es su titular o dónde estuvieran depositados, custodiados o guardados'. Y no distingue ni discrimina el tratamiento para bienes en el país y en el exterior", considera.

De todos modos, el ejecutivo recuerda que "los acuerdos de intercambio de información automáticos vigentes no incluyen activos virtuales. Esto es algo que se proyecta recién para 2027, con el Marco de Comunicación de Información sobre Criptoactivos (CARF) aprobado recientemente por la OCDE".

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