El presidente Javier Milei envió formalmente al Congreso de la Nación la Ley Ómnibus, llamada "Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos".
"Con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al Honorable Congreso de la Nación el adjunto proyecto de ley y manifestamos nuestra firme voluntad de emprender, inmediatamente y con instrumentos idóneos, la lucha contra los factores adversos que atentan contra la libertad de los argentinos; que impiden el correcto funcionamiento de la economía de mercado y son la causa del empobrecimiento de la Nación", escribió el mandatario en redes sociales.
Se conocé como "Ley Ómnibus" a un conjunto de iniciativas centradas en cambios estructurales votadas en conjunto y presentadas, generalmente, en un nuevo mandato. En este caso, son más de 360 leyes que Milei busca derogar o modificar para reconstituir la economía nacional, agilizar la discusión legislativa y destrabar el tratamiento de posibles normativas
Entre varios puntos a tratar, uno de los más importantes es blanqueo de capitales, que prevé medidas fiscales para que quienes tengan sus bienes no declarados, los sinceren.
Ley Ómnibus de Javier Milei: en qué consiste el blanqueo de capitales
Los bienes que está previsto que se blanqueen dentro de la Argentina son, entre otros, dinero en efectivo, participaciones accionarias, inmuebles, títulos valores (bonos, acciones, entre otros) y activos intangibles.
Entre los bienes argentinos que se podrán blanquear figuran:
- Moneda nacional o extranjera
- Inmuebles ubicados en Argentina
- Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares
- Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares
- Otros bienes muebles no incluido en incisos anteriores
- Créditos de cualquier tipo o naturaleza
- Derechos y otros bienes intangibles
- Otros bienes ubicados en el país susceptibles de valor económico, incluyendo bienes y/o créditos originados en pólizas de seguro contratadas en el exterior
Blanqueo de capitales: incluyen a las criptomonedas en la norma
Todos ellos se podrán declarar si se encuentran en el exterior, a lo que se suman las tenencias en criptomonedas. De todas maneras, la normativa prevé que en ningún caso se puedan blanquear fondos en paraísos fiscales.
Para establecer cuál es la base imponible, el Poder Ejecutivo estipulará un "tipo de cambio de regularización". La adhesión al régimen implicará que esos contribuyentes quedarán "liberados de toda acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas que pudieran corresponder por el incumplimiento de las obligaciones vinculadas o que tuvieran origen en los bienes, créditos y tenencias que se declaren", detalla la norma.
El blanqueo estará dividido en tres etapas, con sus respectivas alícuotas en caso de que se incumplan los plazos de adhesión:
- 5% sobre el excedente de u$s100.000 (del 1 de enero al 31 de mayo de 2024)
- 10% sobre el excedente de u$s 200.000 (del 1 de junio al 31 de agosto de 2024)
- 15% sobre el excedente de u$s300.000 (del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2024)
El proyecto de ley excluye a los "funcionarios públicos", que hayan desempeñado funciones desde el 30 de diciembre inclusive, hasta la fecha de entrada en vigencia de la norma. También, contempla a familiares de funcionarios, tanto cónyuges como ascendientes, descendientes y excónyuges, "que hubieran sido cónyuges durante el tiempo en el que dichos sujetos se desempeñaron en los cargos detallados".
El plazo para adherir al blanqueo será de 90 días corridos, contados a partir de la publicación de la ley en el Boletín Oficial.