En la Argentina, las pequeñas empresas o comercios contratan empleados de forma informal, como consecuencia de la alta carga impositiva, la gran cantidad de impuestos y de cargas sociales.

Los ingresos del trabajador, entonces, terminan por no ser declarados entre estos empleados, una situación que es seguida muy de cerca por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

En este contexto, y ante la elevada inflación, la AFIP elevó los montos mínimos mensuales de los clientes por los cuales los bancos deben informarle.

Anteriormente, el valor mínimo que debía notificarse al fisco era de $90.000, lo que hoy no cubre ni siquiera un salario mínimo, vital y móvil ($87.987).

En la actualidad, el límite de lo que se puede depositar sin declarar es de $200.000.

La AFIP ajustó los montos mínimos que se pueden depositar sin declarar

Este nuevo monto dispuesto por la agencia corre para todo el mes, por lo que si se realizan dos depósitos que juntos superen los $200.000, el banco tendrá que informarlo.

La AFIP elevó los montos mínimos por los que los bancos deben notificarla.

La cifra máxima, además, incluye todo tipo de acreditación mensual, como por ejemplo las transferencias recibidas.

Asimismo, el valor límite comprende a los saldos en cuenta y plazos fijos, por lo que no representa un monto demasiado elevado.

"Las modificaciones permiten a las entidades financieras agilizar su operatoria y el organismo optimiza la información que recibe en forma automática y permanente sobre acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas", comunicó la AFIP.

Los gastos con tarjeta de crédito y débito por los que se debe declarar se incrementaron de $10.000 a $30.000.

La declaración de los bancos a la AFIP

Una vez que superan el monto establecido por la AFIP, los bancos, como agentes de información, tienen la obligación de comunicar todos los movimientos al fisco.

Entre ellos, pueden encontrarse la compra de moneda extranjera, nuestros saldos en cuenta y otros apartados como por ejemplo los movimientos de nuestra cuenta, acreditaciones de dinero, y otros.

Los bancos, como agentes de información, están oblicados a comunicar todos los movimientos a la AFIP.

Y en el caso particular del dólar, la normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA) marca que solo se podrá recibir una transferencia en esa moneda por cada mes.

Si se llega a exceder de esa cantidad, el BCRA deberá solicitar la documentación que justifique esa operación.

En caso de no presentar el documento de respaldo, el banco rechazará la transferencia y le devolverá el monto original al dueño.

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