No cabe duda que la llegada de la pandemia ha cambiado durante el último año nuestras costumbres a nivel global. Desde las costumbres más básicas como la higiene, relacionamiento con los demás, distanciamiento social, etc., hasta la forma en la que adoptamos costumbres digitales ya sea para capacitarnos, relacionarnos con familiares y amigos, o realizar transacciones financieras en forma remota.

Nuevo contexto

En particular, el mercado financiero digital ha crecido exponencialmente durante el último año, y la velocidad con la que crecieron las empresas que ofrecen este tipo de productos y servicios es directamente proporcional a la creciente necesidad del mercado para adoptar como costumbre las transacciones digitales a distancia.

En cuanto a las opciones de financiamiento digital como el eCheq y la Factura de Crédito Electrónica – cada vez más adoptada por MiPyMEs como medio de financiamiento – los mismos combinan en forma simultánea características fundamentales como seguridad, inmediatez, eficiencia y menores costos asociados a la gestión y operación de esos instrumentos.

La novedad más destacada en estos días y de particular interés para MiPyMEs y grandes empresas tiene que ver con la factura de crédito electrónica. Y es que a partir del 12 de abril de 2021 se actualizó el monto mínimo para el cual se torna obligatoria la emisión de este tipo de comprobantes de facturación.

A través de la Resolución 19/2021 publicada con fecha 31 de marzo de 2021 en el Boletín Oficial, la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (SEPYME) actualizó los montos máximos de ventas totales anuales expresados en pesos para que una empresa pueda inscribirse en el registro MiPyME, según se detalla en el Anexo IV de la resolución expresado en el siguiente cuadro. Dichos montos actualizaron los montos previamente vigentes estipulados por la Resolución SEPYME 69/2020.

A su vez, recordemos que la Resolución 36/2019 de la ex - Secretaría de Simplificación Productiva disponía en su artículo 3° que el monto mínimo para la emisión de una factura de crédito electrónica se actualice en forma anual respetando igual porcentaje de aumento que el que se establezca para el límite establecido para el registro MiPyME para la categoría Micro de la actividad de Servicios según el correspondiente Anexo IV. La misma Resol. 36/2019 establecía a su vez que la aplicación del nuevo monto mínimo para la emisión de facturas de crédito electrónicas debía aplicarse a partir del séptimo día hábil posterior a la publicación de la medida. En base a esto fue que el nuevo monto mínimo tuvo vigencia a partir del 12 de abril de 2021.


El nuevo límite establecido por la flamante Resolución SEPYME 19/2021 para la categoría Micro de la actividad Servicios es de $13.190.000, lo cual lleva el incremento porcentual a 33,23233%.

Esto significa que el nuevo monto mínimo (monto total con IVA incluido) de un comprobante de facturación emitido por una Pyme hacia una gran empresa (o Pyme adherida al régimen de recepción de FCE) para que sea una factura de crédito electrónica pasa a ser de $ 195.698 (o su equivalente en moneda extranjera). Los sistemas de AFIP convalidaron la emisión de estos comprobantes de facturación con el nuevo monto mínimo a partir del día 12 de abril de 2021.

El futuro

Asimismo, tanto empresas MiPyME emisoras de factura de crédito electrónica como grandes empresas receptoras de esos comprobantes deberán tener en cuenta este importante cambio en sus sistemas de facturación, en la interacción con el sistema de AFIP como entidad de registro de facturas electrónicas, y en los procesos de facturación, de retenciones impositivas y procesos operativos correspondientes.

Hacia adelante, es de esperar que la factura de crédito electrónica se siga consolidando como instrumento de financiamiento MiPyMe, gracias al impulso que desde los organismos gubernamentales están dando para el desarrollo del instrumento, y a través de plataformas de negociación como BILL Group (www.bill.com.ar), que brindan servicios integrales desde la gestión de las facturas en stock hasta el proceso completo de negociación y liquidación de fondos en el día.

*Hernán Visconti, CEO & Founder, BILL Group

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