Al igual que el ecommerce, los medios de pago digitales fueron uno de los grandes ganadores de la cuarentena. La posibilidad de abonar las compras sin contacto fue clave para evitar la propagación del coronavirus.
Mercado Pago, principal proveedor de códigos QR, consiguió una gran expansión de su servicio. Así lo indicó en Twitter el economista Ariel Sbdar, quien afirmó que "hoy en día, en Corrientes, es muy difícil encontrar un quiosco, supermercado, peluquería, etcétera que no acepte Mercado Pago. Realmente increíble". Y lo arrobó al CEO del unicornio.
Marcos Galperín no tardó en agradecer el mensaje. "Gran trabajo de todo el equipo de Mercado Pago. Si se pudiesen eliminar o reducir las retenciones de impuestos nacionales, provinciales, etcétera a los pagos de montos pequeños a las MiPymes, estaríamos muy cerca de derrotar al efectivo", remarcó el ejecutivo.
Cuánto se paga de impuestos
Desde Mercado Pago indicaron que pagarán el Impuesto al Cheque por las transferencias a cuentas distintas de las del usuario en bancos los siguientes contribuyentes:
- Responsables Inscriptos en IVA y Ganancias, a la tasa de 1,2%
- Monotributistas, con la alícuota de 0,5%
- Consumidores finales, también a la tasa de 1,2%.
Esto generó polémica entre tributaristas, porque para algunos las transferencias entre consumidores finales (por ejemplo, entre empleados en relación de dependencia), deben estar exentas.
El especialista Marcos Zocaro afirma a iProUP que el impuesto a los débitos y créditos bancarios quizá sea uno de los tributos más distorsivos de la economía. También recordó que fue instaurado en el año 2001, en medio de la crisis económica que afectaba al país.
"Si bien no fue instituido como impuesto de emergencia, se presentó como temporal y se prometía su eliminación en el 2002: pero hoy, el gravamen sigue existiendo", enfatiza Zocaro.
Desde noviembre, puntualiza Zocaro, el impuesto al cheque alcanzará tanto a personas físicas como empresas, siempre que transfieran dinero desde Mercado Pago a cuentas bancarias de terceros. "La transferencia desde mi caja de ahorro en Mercado Pago a cuenta bancaria propia no paga el impuesto", precisa el experto.
Además, remarca que "las transferencias a cualquier CVU quedan exentas. Por ejemplo, si mandamos dinero de Mercado Pago a nuestra cuenta en Ualá o cualquier fintech que posea CVU", añade.
En tal sentido, si las dos partes tienen cuenta en Mercado Pago, lo más conveniente será hacer la operación entre las cuentas del unicornio y que después el destinatario saque el dinero a su propio banco.
Además, desde la firma de Marcos Galperín anunciaron que en caso de ser monotributistas, habrá que indicar en la plataforma que se está inscripto al régimen en Mercado Pago para acceder a la alícuota de 0,5% (en lugar de 1,2%).
Más tributos
Mercado Pago afirma que los monotributistas no sólo abonarán esta tasa, sino también retenciones del Impuesto a los Ingresos Brutos (la fintech es agente de retención de este gravamen) en el caso de que se vendan artículos a través del marketplace. La alícuota dependerá de la normativa de cada provincia.
Además, la compañía informa que los Responsables Inscriptos no monotributistas sufrirán una retención de los impuestos al Valor Agregado (IVA) y Ganancias.
Incluso si una persona no está inscripta en AFIP, pero realiza 10 o más ventas por más de $50.000, se empezará a retener 10,5% de IVA y 2% de Ganancias en todos los cobros. Según Zocaro, las que "zafarán" del impuesto serán las compañías inscriptas como microempresas (MiPyme).
"Supongamos que soy comerciante: al vender algo y cobrar a través de Mercado Pago, me retienen Ingresos Brutos y si soy Responsable Inscripto, también IVA y Ganancias", resume el experto.
Y agrega: "Si después transfiero el dinero que reuní en Mercado Pago a la cuenta bancaria CBU de un tercero, me cobran el impuesto al cheque", resaltó Zocaro.
"Lamentablemente, muchos negocios, aunque tienen sistema QR habilitado de Mercado Pago, prefieren cobrar en efectivo. Si bien declaran esos ingresos y no evaden, se evitan todas las retenciones", lamenta Zocaro, coincidiendo con el escenario planteado por Galperín.
De acuerdo con el experto, "financieramente no les resulta conveniente", ya que "no es lo mismo pagar el Impuesto a las Ganancias una vez al año que ir sufriendo retenciones diariamente", por lo que lamenta que "todo esto juega en contra de la formalidad de la economía y la inclusión financiera".
Por su parte, Lucas Gutiérrez, del estudio Lisicki, Litvin y Asociados, señala a iProUP: "Las transferencias desde una billetera virtual (cuenta con CVU a una CBU o cuenta corriente común) están alcanzadas como cualquier otra acreditación", puntualiza Gutiérrez.
Y agrega: "Lo que hace la fintech como intermediaria de la operación de pagos es cumplir una carga legal establecida por AFIP, que consiste en recaudar el impuesto que genera la operación para ingresarlo al organismo", considera.
En cambio, los envíos entre CVU no se encuentran alcanzados, ya que la ley indica que impactará en "todos los movimientos de fondos, propios o de terceros, aun en efectivo, que cualquier persona efectúe por cuenta propia o de otras".
"Cuando una persona o empresa solicita la transferencia de fondos desde una CVU propia a una CBU de un tercero, eso quedará alcanzado con el impuesto", explica a iProUP el abogado de una fintech, sin disimular su preocupación por cómo afectará al resto de las billeteras.
Según su visión, el interrogante a plantear es "por qué debería pagar el gravamen un consumidor final que comparte fondos con otros consumidores finales". La ley no hace discriminación entre la condición tributaria de la persona. Esto no es nuevo, pero la verdad es que podría plantearse, aceptó.