La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la Resolución General 5599/2024, implementó una nueva regulación que busca formalizar el trabajo autónomo con colaboradores en la Argentina.

La normativa establece el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC), un registro obligatorio para aquellos emprendedores que contraten colaboradores independientes para llevar adelante proyectos productivos.

1. ¿Qué es el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC)?

El PADIC es un nuevo servicio web al que se accede con clave fiscal para registrar a los trabajadores independientes que cuenten con hasta tres colaboradores en sus emprendimientos productivos.

Este padrón centraliza la información de las relaciones autónomas, facilitando así la fiscalización y formalización de las actividades económicas en las que los colaboradores actúan sin relación de dependencia.

El padrón es una base de datos en la que se registran las relaciones entre el titular del emprendimiento productivo y sus colaboradores independientes, dándole a cada proyecto un Código PADIC que lo identifica de manera única.

2. ¿Cuál es el límite de colaboradores independientes?

La Ley 27742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos fija que el límite de colaboradores independientes es de 3 (tres).

La Resolución General establece que cada trabajador independiente puede tener hasta tres colaboradores en un mismo proyecto o en varios simultáneamente.

Los colaboradores pueden desempeñarse en varias actividades de forma simultánea, manteniendo su independencia y libertad para aceptar o rechazar nuevos contratos, sin vínculo laboral con el titular del emprendimiento.

3. ¿Qué datos se deben registrar en el PADIC?

El trabajador independiente, antes de que los colaboradores comiencen a prestar servicios, debe agregar un emprendimiento en el PADIC informando, en carácter de declaración jurada:

Una vez efectuado el ingreso de los datos, los trabajadores independientes y sus colaboradores independientes recibirán una notificación en su respectivo Domicilio Fiscal Electrónico, informando la identificación asignada al emprendimiento productivo, denominada "CÓDIGO PADIC ".

La información brindada tiene como objetivo garantizar la veracidad de los datos aportados y formalizar la relación autónoma en los términos establecidos, permitiendo a ARCA tener registro actualizado de los emprendimientos.

4. ¿Los colaboradores independientes deben realizar algún trámite vinculado al PADIC?

Una vez recibida la notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico, los colaboradores independientes deberán confirmar su participación en el PADIC dentro de un plazo de 72 horas.

El colaborador deberá acceder al sistema con su clave fiscal y confirmar o rechazar la participación. Si el colaborador no completa esta acción en el plazo estipulado, ARCA procederá a darle de baja del registro.

Esta medida asegura que tanto los trabajadores independientes como sus colaboradores estén informados y acepten su inclusión en el proyecto productivo.

5. ¿Cuándo se puede rescindir el vínculo entre las partes?

Ambas partes, tanto el trabajador independiente como los colaboradores, pueden rescindir la relación en cualquier momento.

Para ello, deben ingresar al sistema PADIC y registrar la baja de la colaboración en la opción correspondiente.

Esta posibilidad de rescisión garantiza que la relación sea autónoma y flexible, acorde con el modelo propuesto para proyectos colaborativos sin vínculos de dependencia.

6. ¿Qué requisitos deben cumplirse para la inscripción en el PADIC?

Los trabajadores independientes y sus colaboradores deben contar con CUIT "activo sin limitaciones " y estar inscriptos en el régimen general de impuestos o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Este requisito es indispensable para la inscripción en el sistema y asegura el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.

7. ¿Desde qué fecha resulta de aplicación esta reglamentación?

La Resolución General 5599/2024 entra en vigencia el 8 de noviembre de 2024 y es aplicable para las relaciones autónomas que comenzaron a regir a partir del 26 de septiembre de 2024, fecha en la que el Decreto 847/24 estableció el marco para la modalidad de colaboración entre independientes.

Si bien la norma no establece un plazo especial para registrar las relaciones ocurridas entre el 26 de septiembre de 2024 y el 7 de noviembre de 2024, se recomienda efectuarlas a la brevedad para que las mismas queden regularizadas y cumpliendo las exigencias de la reglamentación.

La implementación del PADIC mediante la Resolución General 5599/2024 es un avance en la formalización del trabajo independiente en el país, especialmente para aquellos que colaboran en proyectos productivos de forma autónoma.

Esta normativa busca asegurar que los trabajadores independientes cuenten con una estructura de registro clara, promoviendo la regularización y facilitando el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.

Es importante recordar que no es posible registrar como colaboradores independientes a aquellas personas que mantienen una relación laboral con características de relación de dependencia.

*Por Sebastián M. Domínguez es CEO de SDC Asesores Tributarios

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