La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prolongó el plazo para la recategorización del monotributo. La nueva fecha tope para la finalización de dicho trámite será el 2 de agosto.
De esta manera, el organismo liderado por Florencia Misrahi concederá más tiempo a los contribuyentes en virtud de la ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), que contempla los nuevos montos máximos de facturación, entre otros beneficios fiscales.
Es importante señalar que la recategorización es un proceso obligatorio que deben llevar a cabo los monotributistas cada seis meses para determinar si, conforme a los ingresos de los últimos 12 meses, les corresponde cambiar (o no) de categoría. En caso de mantener la misma categoría, no es necesario realizar ningún trámite.
En cuanto a las obligaciones de pago resultantes de la recategorización, estas tendrán efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025. A través de la Resolución General 5523/2024, la AFIP estableció que la nueva fecha límite para completar este trámite será el 2 de agosto.
Paso a paso: cómo recategorizarse
A continuación, en esta nota de iProUP te contamos los pasos a seguir para poder recategorizarse en AFIP:
- Acceder al Portal Monotributo: Ingresar con la clave fiscal. Si no se posee una clave fiscal o se ha perdido, es necesario gestionarla nuevamente
- Ingresar a la opción recategorización: Detallar el monto facturado en los últimos 12 meses
- Imprimir la nueva credencial de pago: Una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible
Es importante tener en cuenta que el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.
Para calcular la recategorización del monotributo, es fundamental revisar el cuadro de Montos y categorías vigentes disponible en el portal de la AFIP. Este cuadro permite establecer los parámetros y valores a abonar por los monotributistas según sus ingresos brutos.
Monotributo AFIP: cómo quedan las cuotas y los topes de facturación
Las cuotas mensuales del monotributo varían según la categoría y el tipo de actividad (venta de productos o servicios). Los nuevos montos estimados son:
- Categoría A: $26.600
- Categoría B: $30.280
- Categoría C: $35.458 para productos y $34.658 para servicios
- Categoría D: $45.443,80 para productos y $44.343,80 para servicios
- Categoría E: $58.148,18 para productos y $64.348,18 para servicios
- Categoría F: $69.783,00 para productos y $80.983,00 para servicios
- Categoría G: $85.296,20 para productos y $123.696,20 para servicios
- Categoría H: $170.734,68 para productos y $280.734,68 para servicios
- Categoría I: $255.108,55 para productos y $517.608,55 para servicios
- Categoría J: $311.931,97 para productos y $626.931,97 para servicios
- Categoría K: $377.084,75 para productos y $867.084,75 para servicios
Por su parte, la facturación máxima anual por categoría queda establecido de la siguiente manera:
- Categoría A: $6.450.000
- Categoría B: $9.450.000
- Categoría C: $13.250.000
- Categoría D: $16.450.000
- Categoría E: $19.350.000
- Categoría F: $24.250.000
- Categoría G: $29.000.000
- Categoría H: $44.000.000
- Categoría I: $49.250.000
- Categoría J: $56.400.000
- Categoría K: $68.000.000
Cabe destacar que el monotributo tiene como fecha límite de pago el 22 de julio.